DECLARACIÓN DE SAN ILDEFONSO:
Igualdad en la España Nación
Desde
nuestra libertad cívica, singular y grupal, en Castilla La Vieja (de la Corona
Castellana) y en el Reino Leonés (de la Corona Leonesa) manifestamos:
[1º] Que
la Nación
Española deseando establecer la justicia, la libertad y la
seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanía,
proclamó, el 6-12-1978 ( de forma democrática y en libre decisión individual de
cada ciudadano español y, por ende, con los ciudadanos de Castilla La Vieja y
el Reino Leonés ) su voluntad de: Garantizar la convivencia democrática dentro
de la Constitución y de las leyes conforme a un orden económico y social justo.
Consolidar un Estado de Derecho que asegure el imperio de la ley como expresión
de la voluntad popular. Proteger a todos los españoles y pueblos de España en
el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e
instituciones. Promover el progreso de la cultura y de la economía para
asegurar a todos una digna calidad de vida. Establecer una sociedad democrática
avanzada y Colaborar en el fortalecimiento de unas relaciones pacíficas y de
eficaz cooperación entre todos los pueblos de la Tierra.
[2º] Que la legalidad de
todas y cada una de las decisiones, disposiciones e instrucciones, en todas y
cada una de las circunscripciones electorales
de todas las nacionalidades y regiones, están referenciadas, desde el
6-12-1978, por la Voluntad Soberana de la Nación Española, al texto expreso de
la Constitución Española´1978.
[3º] Que el acto de soberanía,
del 6-12-1978, es una acción global y sumatíva que tiene como único sujeto
jurídico al conjunto de todos los ciudadanos españoles { de todas y cada una de
sus regiones y nacionalidades (reconocidas todas ellas por la Voluntad Soberana
de la Nación Española)}, en todas las circunscripciones electorales de España
que son fraternales y solidarias entre si y equipotenciales, en deberes y
derechos, con plenitud de igualdad.
[4º] Que la formación de la
Nación Española, a lo largo del proceso histórico, es una acción
integral convergente de todos y cada una de sus Pueblos, cuyo marco político
actual está fijado en el texto de la Constitución Española´1978, sometido a la
libre decisión de todos sus ciudadanos quienes, en un plano de total igualdad
democrática, expresaron su libre voluntad política.
[5º] Que la pluralidad de todas y cada una de
las diferentes instituciones, entidades y órganos emanados por aplicación del propio texto de la Constitución
Española´1978 están sujetas a la Voluntad Soberana de la Nación Española que es única e indivisible.
[6º] Que
la Constitución Española´1978 se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación
Española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce a todas
las regiones (ya constitucionales por la Constitución Española´1931 y por ende
sujetos jurídicos dentro de la España Nación)
y garantiza el derecho, en su libre voluntariedad, a la autonomía de las
nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas.
[7º] Que todos los ciudadanos españoles,
de todas las regiones y nacionalidades, y los poderes públicos están sujetos,
en plenitud de igualdad, a la Constitución Española´1978 y al resto del
ordenamiento jurídico, en todas y cada una de las circunscripciones electorales
de la España Nación
[8º] Que corresponde
a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la
igualdad del individuo, de los Pueblos españoles (constitucionalizados en 1978)
que se conforman en sus respectivas Regiones Históricas (provincializadas el
30-11-1833) y constitucionales (14-6-1933), así como de los grupos y entidades en que se integra,
sean reales, tangibles y efectivas; y, por ello deben actuar para remover los
obstáculos que impidan su realización o dificulten su plenitud y facilitar
abiertamente la participación de todos los ciudadanos españoles, en todas las
circunscripciones electorales, en la vida política, económica, cultural y
social, desde el máximo respeto a los valores humanos, históricos y
antropológicos de cada una de tales y tan concretos Pueblos Españoles´1978.
9. Que la Nación
Española, desde su Voluntad Soberana, a través de
la Constitución Española´1978 garantiza, en un Estado de Derecho común a todo
el territorio de todas y cada una de las Regiones Españolas´1978 y, por tanto,
a los ciudadanos de todos los constitucionales Pueblos Españoles´1978, el
principio de legalidad, la jerarquía normativa, la publicidad de las normas, la
irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o
restrictivas de derechos individuales, la seguridad jurídica, la responsabilidad
y la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
[10º] Que la Constitución Española´1978 es garante de la
prevalencia de los derechos humanos singulares y grupales de todos los
ciudadanos españoles, categoriza a todas
y cada una de las Regiones Españolas´1978, en el mantenimiento de su
constitucionalidad previa,y proyecta la necesaria convergencia económica de
todos los Pueblos Españoles, fortaleciendo la unidad, desde la asunción de la
diversidad plural, de la España Nación.
Lo que suscribimos a 23 de enero de 2013 en la festividad de San Ildefonso.
Liduvino Barbado Sastre -.-UPS Unión del Pueblo Salmantino;
Francisco Iglesias Carreño-.-PREPAL Partido Regionalista del País Leonés
; Lesmes Peña Hurtado-.-CIBu Ciudadanos de
Burgos pro Castilla La Vieja
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