LA DOBLE FUENTE LITERARIA
LA LITERATURA DE CASTILLA LA NUEVA
El distinto carácter de las dos Castillas culmina en su oposición literaria. En ella se confirma la originaria duplicidad, ya señalada en la geografía, en la historia y en la lengua. El "nuevo" castellano acusa en los textos literarios medievales su fisonomía original y característica, frente al de la meseta del Duero. No se trata de un simple matiz regional, sino de un estilo esencialmente opuesto, colocado en actitud crítica, interesado por otros temas y otras ideas.
No es correcto establecer una sola línea evolutiva, que cronológicamente vaya uniendo a los primitivos autores españoles, relegando a un lugar secundario su procedencia regional. Este procedimiento, habitual en nuestra historia literaria, rompe y desconcierta la verdadera tradición y confunde y hace incomprensible su sentido.
No es viable, en principio, el paso, dentro de una línea continua, de los primitivos autores de la Castilla' burgalesa, a los que más tarde aparecen en la meseta toledana. El Libro de Buen Antor, como más adelante La Celestina y el Quijote, resumen y representan varias tradiciones culturales a las que nunca hubieran podido alcanzar, por su propia evolución, los autores de Castilla la Vieja. Sólo al llegar el siglo xvi, las diversas corrientes regionales del castellano confluyen en una síntesis literaria española. Hasta entonces la desproporción entre ellas y las diferencias en su evolución son grandes. Castilla la Nueva, muy adelantada sobre las demás regiones durante la Edad Media y gran parte del Renacimiento, forma una unidad homogénea y bien diferenciada, que exige un estudio independiente.
Como sucede con los orígenes lingüísticos, la base literaria de Castilla la Vieja es nórdica y occidental, y es en la épica y en las tradiciones religiosas donde encuentra sus fuentes principales de inspiración. Frente a ella, la literatura de la "Nueva" Castilla tiene su origen más remoto en el mozarabismo lírico de las jaryas y en la crítica didáctica de los apólogos orientales.
Regionalismo literario
Hasta el siglo xv la literatura española en una extensísima proporción está en manos de autores que nacen y viven en Castilla la Nueva. No puede extrañar este hecho. Sólo la región toledana reunía las condiciones y la tradición precisas para una intensa cultura literaria. En el Norte, campamento militar, sólo había lugar para cantos épicos y religiosos que estimulasen el espíritu de la Reconquista. En los pequeños círculos conventuales apenas era posible más que salvar las más elementales tradiciones latinas, aun contando con el refuerzo de los religiosos mozárabes emigrados del Sur.
Con un estricto sentido debería considerarse a la literatura "toledana" o "castellana nueva" entre los siglos xii al xvi dentro de unos reducidos límites regionales. Sólo a partir del siglo xvr se produce una verdadera síntesis literaria española.
Los textos y autores que constituyen este núcleo "toledano" -están unidos no sólo por su comunidad regional, sino también por su lenguaje, que, aunque modificado por las variantes de época y estilo, corresponde, en suma, a una misma variante dialectal.
El lugar' de nacimiento o la atribución regional de los varios autores que constituyen este apogeo "clásico" toledano es un plato de primordial interés para la historiografía literaria.
Don Juan Manuel es autor cortesano, nacido en Escalona, pueblo de la provincia actual de Toledo. Su relación con Villena y los dialectalismos que pudiera determinar están contenidos por ,el uso de la Corte (1).
El Libro de Buen Amor es característico de la zona Norte de Castilla la Nueva. Aun cuando no es seguro cuál pudo ser el lugar de nacimiento de Juan Ruiz, son muy claras las referencias regionales en su obra. Alcalá de Henares, Hita y Toledo son los centros en torno a los cuales se desarrolla, principalmente, la vida y la obra del Arcipreste (2).
También desconocemos el lugar de nacimiento del Arcipreste ,de Talavera 3, pero es evidente su relación con la región tole.clana. No obstante, hay datos sobre su larga estancia (1419-1428) en Cataluña, Aragón y Levante, y los recuerdos de esta época aparecen repetidas veces en su obra (4)
De Rodrigo Cota, autor del Diálogo entre el Amor y un Viejo, y probable autor del acto primero de La Celestina, sabemos que era natural de la ciudad de Toledo y que en ella estuvo avecindado (5).
La diversidad e inseguridad de sus autores complican el problema de la localización regional de La Celestina. 'Talavera de la Reina, Toledo y Puebla de Montalbán, es decir, la región de Toledo, puede considerarse como la propia tanto del autor del acto primero como del de los restantes (6).
Algo semejante sucede con el Lazarillo de Tormes, que, aun siendo obra anónima, muestra en su ambiente y en su lengua la localización regional toledana (7).
Respecto al Quijote, son Alcalá de Henares, Madrid y Toledo las ciudades que forman el eje de la vida de Cervantes. En segundo término, Sevilla, Valladolid y Argel ( 8).
Crítica de Castilla la Vieja
La literatura épico-heroica, característica de la Castilla nórdica, no se continúa en la toledana, ni la orientalizada, irónica, picaresca y coloquial literatura de la "nueva" región castellana enlaza con los poemas épicos, sino que les opone a menudo su crítica burlesca y la superioridad incomparable de su técnica. Superioridad que tiene su fundamento en la intensa evolución lingüística de los siglos anteriores.
Esta crítica por el castellano "nuevo" de los idealismos caballerescos y místicos del "viejo" es una constante histórica evidente. Hay muchos motivos para creer que el Libro de Buen Amor esconde multitud de alusiones irónicas al Poema de Mío Cid y a otros poemas épicos. El Lazarillo de Tormes, las "novelas ejemplares" picarescas de Cervantes, y el Quijote, no disimulan su ironía frente a los modelos caballerescos, derivados de la épica, e incluso frente a la mística, que tanta relación guarda con aquéllos. Hasta en el uso de los tratamientos y de las formas verbales es fácil descubrir, en estos autores, una intención humorística, una parodia de las fórmulas reverenciosas y cortesanas, propias del viejo estilo castellano (16).
NOTAS
1 El libro de Patronio ó el Conde Lucanor, compuesto por el Príncipe don Juan Manuel en los años de 1.328-29. Reproducido conforme al texto del códice del conde Puñonrostro, 2.s edición reformada, Vigo, Librería de Eugenio Krapf, 1902.-KNUST, El libro de los enxienplos del Conde I,ucanor et de Patranio, Leipzig, 1900.
2 ARCIPRESTE DE HITA, Libro de Buen Amor. Edición y notas de julio Cejador y Franca. Clásicos castellanos, Espasa-Calpe, Madrid, 1931-2.JuAN Ruiz: ARCIPRESTE DE HITA, Libro de Buen Amor, texte du XIVe siécle, publié pour la premiére f oís avec les leCons des trois manuscrita cofsnus, par Jean Ducamin, Toulouse, Privat, 1901.
3 El Arcipreste de Talavera, o sea el Corbacho de Alfonso Martínez de Toledo, nuevamente editado, según el códice escorialense, por L. Bird Simpson, Berkely, University oí California Press, 1939. Tenemos también presente la edición, muy agotada, de MARTÍN DE RIQUER, Arcipreste de Talavera. Corvacho o reprobación del amor mundano. Selecciones Bibliófilas, Barcelona, 1949, que sigue, salvo pequeñas variantes, el texto de la de Simpson, y la de M. Penna, Arcipreste de Talavera, Milán, 1953.
4 Citas de Barcelona, págs. 78, 79, 1210, 19'4; de Tortosa, 77, 78, 284; de Valencia, 286; de Aragón, 58, edic. L, B. SIbIPSON. Hay, pues, que contar con la probable presencia, en su Libro, de dialectalismos de estas regiones.
5 Diálogo entre el Amor y un Viejo, por RODRIGO COTA. Edición crítica dirigida por Augusto Cortina, anotada por alumnos de la Facultad de Humanidades de la Universidad de la Plata, Buenos Aires, "Con¡", 1929. Cancionero General de Hernando del Castillo (manuscrito de la Biblioteca Nacional de Madrid, R-3377), publicado por la Sociedad de Bibliófilos Españoles, Madrid, 1882.
6 Tragicomedia de Calixto y Alelibea, libro también llamado La Celestina. Edición crítica por M. Criado de Val y G. D. Trotter, C. S. I. C., Madrid, 1958.
7 La vida del Lazarillo de Tormes y de sus fortunas y adversidades. Edición y notas de Julio Cejador y Frauca, Madrid, Espasa-Cálpe, 1952, Clásicos Castellanos, vol. XXV.
8 Don Quixote de la Mancha, tomos I (1928), II (1931), III (1935), IV (1941). Edición de Rodolfo Schevill y Adolfo Bonilla, Madrid, Gráficas Reunidas. El ingenioso hidalgo Don Quijote de la Mancha. Nueva
16 M. CRIADO DE VAL, Lengitaje y cortesanía en el Siglo de Oro español; El futuro hipotético de subjuntivo y la decadencia del lenguaje cortesano, en Arbor, núm. 83, noviembre 1952 (C. S. I. C.).
Fisonomía de Castilla la Nueva
(TEORÍA DE CASTILLA LA NUEVA. Manuel Criado del Val .Madrid 1960,pp. 132 y s.)
CRÍTICA DE CASTILLA LA VIEJA POR CASTILLA LA NUEVA
La picaresca es esencialmente una crítica, un análisis cada vez más despiadado de la vida en torno al protagonista, más que de su pensamiento, su moral o su vida mismas. Crítica social, política, pero también crítica regional.
La controversia regional de Castilla la Nueva frente a Castilla la Vieja alienta en el fondo mismo del género. La ironía toledana no podía por menos de advertir la decadencia del espíritu caballeresco, representativo del viejo castellano nórdico. El ambiente de una ciudad como Toledo, llena de cortesanos y parásitos, era, por otra parte, un campo muy propicio para que abundasen los modelos vivos del pícaro, en todas sus variantes : mendigos, celestinas, rufianes y sus necesarios complementos. escuderos, arciprestes contagiados de goliardismo, bulderos, etc.
No es de extrañar que la geografía regional de la picaresca girase en torno de dos grandes centros regionales: Toledo y Sevilla. De ellos fué pasando a otras ciudades (la picaresca es eminentemente ciudadana), como Segovia, Valencia, Málaga, hasta extenderse por toda la Península. Pero es indudable que su principal y originaria divisoria geográfica fue la Sierra Central.
Esta reacción crítica de Castilla la Nueva frente a su vecino del Norte, ya se inicia en los primeros documentos. El Libro de Buen Amor esconde una reacción frente al problema caballeresco, y en especial frente al Cid. Su intención más aguda no va, sin embargo, dirigida contra la estructura social de la caballería, sino contra la jerarquía eclesiástica. Sus sátiras en este sentido serían imposibles dos centurias después.
Pero la plenitud del criticismo toledano hay que buscarla casi dos centurias más tarde. En el anónimo o anónimos autores del Lazarillo y en la gran parodia castellana de Cervantes. No es casual que este apogeo coincida, más o menos, con la época del Emperador.
(TEORÍA DE CASTILLA LA NUEVA. Manuel Criado del Val .Madrid 1960,pp.334 y s.)
lunes, julio 31, 2006
LA DOBLE FUENTE LITERARIA. LA LITERATURA DE CASTILLA LA NUEVA (Teoría de Castilla La Nueva. Manuel Criado del Val)
lunes, julio 24, 2006
LA OPOSICIÓN CASTELLANA EN' EL CAMPO FONÉTICO (Teoría de castilla la Nueva , manuel Criado del Val)
LA OPOSICIÓN CASTELLANA EN' EL CAMPO FONÉTICO
Incluso admitiendo la posición primordial que a la fonética concede el historicismo, no es en ningún modo evidente que el resultado final de los cambios fonéticos certifique un predominio avasallador del castellanismo cantábrico. Claro está que necesitamos amplíar en gran medida el período de estudio. No es suficiente atender al período preliterario ; ni siquiera a la literatura medieval. En la evolución fonética actúan muchas fuerzas ocultas que tardan en salir a la superficie, y quizás sea procedimiento más seguro estudiar las consecuencias últimas para deducir los orígenes, que viceversa. O al menos conviene utilizar ambos caminos.
Aun limitando de momento nuestra atención al campo fonético, también en él vemos acentuarse la oposición entre ambas Castillas, a pesar de la unidad política que a partir de la Reconquista les fuerza a atenuar sus diferencias.
Durante el período medieval y parte del renacentista (17), la región toledana es más conservadora del fonetismo tradicional que Castilla la Vieja. No cabe dudar que el paso fundamental f->h-, tardó en extenderse desde su original región burgalesa (siglos xi-xii) hasta su total conquista de la literatura toledana que llega hasta el siglo xv. (18)
"También es de origen castellano y de la misma zona burgal—esa del cambio anterior, la igualación b-v, de reflejo documental todavía más tardío (siglo xv) (18).
Sentido conservador de Toledo
La resistencia toledana a admitir estos cambios es fácil de comprender. Su cultura más elevada actúa de freno a toda pérdida o igualación' de los sonidos latinos. Es un proceso normal: la masa popular lleva siempre la iniciativa en los desgastes fonéticos; la minoría literaria, innovadora en la sintaxis y en menor proporción en el léxico, es decididamente reacia a los cambios de pronunciación, que casi nunca añaden expresividad ni obedecen a una necesidad lógica. La Corte toledana siempre tuvo una fuerte influencia literaria.
Desde el momento. mismo de su incorporación a la Reconquista, Toledo es consciente de su misión rectora, no sólo de la política, sino también de la norma cultural, lingüística especialmente, cuyo fin último es la vuelta a un solo patrón peninsular. Esta conciencia centralizadora, que con ayuda de la Corte logra extenderse con rapidez, va unida a otro clarísimo conocimiento: el de la diferencia de "lo toledano" frente a "lo castellano" (19), que a lo largo del siglo xv, xvi y parte del xvii tiene semejante intensidad a la que separa actualmente "lo castellano" (que reúne a ambas Castillas) frente a "lo andaluz". Ejemplo claro de esta consciente actitud de los españoles del siglo xvi es el de Juan Valdés en su Diálogo de la lengua, al proponer la lengua toledana como guía y norma lingüística. Cristóbal Villalón, por su parte, no oculta su bien distinta idea del toledano.
Es precisamente este momento. (fines del xv, xvi y primera mitad del xvii) en el que se está realizando una de las principales evoluciones fonéticas del español, y cuyo desenlace terrninará con la diferenciación de varios sonidos, en especial de las sibilantes. Zona inicial de estos cambios seguirá siendo la región Norte.
Se trata de fenómenos populares, de cómodo ablandamiento en la pronunciación, que atenúan la sonora y resonante habla medieval. Igualaciones s-ss; z-Ç; x-j (similares a la b-v).
La igualación z -Ç pasa, como es lógico, por varias etapas intermedias, más o menos fáciles de precisar en su descripción fonética, su fecha y su geografía regional. Los documentos parecen indicar que tanto C como z eran africadas (sorda y sonora) hasta mediados del siglo xvr; pasan luego a ser fricativas (con anterioridad en Castilla la Vieja que en Toledo); pierden progresivamente su oposición de sonoridad; se confunde un sonido con otro y, al fin, quedan igualados en un solo fonema. Este desenlace final sólo llega a la Corte toledana, que ha opuesto una tenaz resistencia, a mediados del siglo xviii.
Resumen
La teoría de una gran avalancha castellanista, que descendiendo de Cantabria llegase hasta el extremo sur de la Península, no es posible documentarla sobre testimonios de suficiente densidad. Los pequeños indicios que las glosas nos transmiten sólo son resquicios sobre los que no es posible reconstruir la compleja estructura del habla medieval en una cualquiera de las regiones peninsulares. Y desconociendo en una medida tan grande la situación lingüística, fonética especialmente, de la España mozárabe, tampoco podemos dictaminar' sobre la no existencia en ella de fenómenos similares a los que aparecen documentados más al Norte, sin necesidad de recurrir a un influjo directo.
La expansión del dialecto castellano cántabro por las zonas recién liberadas de Toledo y de Andalucía no fué continua ni siquiera en los siglos de hegemonía política de Castilla la Vieja. Por el contrario, van apareciendo testimonios que demuestran cómo la presión mozárabe ascendía hasta el mismo corazón de la reconquista cristiana. Los monasterios e iglesias de la cuenca del Duero, en las inmediaciones de la propia Burgos y en León, guardaban documentos de indudable caracterización mozárabe en su léxico. Palabras indescifrables dentro del exclusivo campo románico aparecen diáfanas a la luz de la lexicografía oriental (33).
No nos debe extrañar este hecho. El que a tanta distancia, de la frontera islámico-cristiana aparezcan testimonios lingüísticos mozárabes se corresponde con la presencia de núcleos de esta misma población atestiguados por la toponimia. Se confirma la extrema permeabilidad que existía entre los dos mundos que luchaban y convivían en la Península, y acreditan las constantes emigraciones mozárabes hacia el Norte. El influjo de estas gentes cristianas, pero intensamente arabizadas, en los cenobios burgaleses por fuerza había de reflejarse en el terreno lingüístico.
El número de españoles (hispano-godos) que islamizaron en los primeros siglos de la dominación fué muy grande. Pero estos núcleos siguieron usando la lengua familiar romance de manera semejante a los "tributarios" (cristianos y judíos). Tanto unos como otros, los conversos como los mozárabes, fueron poderosos focos de irradiación romance, que sólo decayeron al llegar la represión almorávide. No cabe olvidar que Toledo fue el más importante de estos reductos mozárabes en la Península, aun cuando la documentación sobre él sea menor que la de otras comunidades del Sur, como la cordobesa o la sevillana. Ni tampoco debe olvidarse que la importancia del mozarabismo en las dos mesetas centrales es radicalmente diferente, ya que apenas tienen interés los núcleos mozárabes de Castilla la Vieja.
El siglo xi y parte del xii esconden el proceso interno de la asimilación castellana por Toledo. Una vez salvado este largo período surge vigoroso en las centurias siguientes el "nuevo` castellano, que en la lengua literaria terminará su proceso formativo (34).
Cabe prever, aun cuando sea larga y difícil su comprobación, que el mozarabismo toledano fué el fermento activo de la lengua vulgar durante los siglos xi y xii, impulsado por la fuerte tradición cultural de la ciudad. Puede aplicarse a este proceso la noción, tan cara a Menéndez Pidal, del "estado latente" en que puede vivir un fenómeno lingüístico. La resistencia de la región toledana frente a la hegemonía de sus reconquistadores Cántabros, de más inferior tradición cultural, está bien probada en el mantenimiento y en la posterior imposición de su vieja legislación del Fuero juzgo. También conservaron los mozárabes toledanos sus propios estatutos hasta bien entrado el siglo xiv, sin confundirse con los pobladores de otras regiones (35).
Sólo más tarde se unificará su propia literatura con la corriente literaria del Norte. Quedará, no obstante, como residuo de la duplicidad originaria, una clara oposición entre las tendencias lingüísticas del castellano "viejo" y las del castellano "nuevo", con progresiva influencia andaluza; oposición que ya vislumbraron los teóricos gramaticales del Renacimiento.
En realidad, la insistencia en los orígenes cantábricos del español busca la correspondencia con la concepción histórico-literaria que ve en la Reconquista un solo movimiento político, procedente de ese mismo punto, y que ha hecho del Pompa del Cid y de la propia figura del héroe la representación esencial del castellanismo. Cabe ciertamente señalar una activa presencia de los núcleos cantábricos frente al anterior predominio toledano al fin de la Reconquista. Cabeza de ella, es lógico que Castilla ampliara su expansión lingüística en esta "segunda" fase de los orígenes, pero nunca este influjo pudo suponer el predominio, ni menos la anulación de la poderosa tradición toledana.
Este mozarabismo sólo en apariencia fué barrido por el castellano reconquistador. Todo parece indicar, por el contrario, que hubo una fusión final del dialecto cántabro con el toledano y, más tarde, ya muy avanzado el período medieval, con el andaluz.
A fines del siglo xiv el castellano tiene ya todos los recursos expresivos necesarios para dar forma a una creación literaria de la complejidad del Libro de Buen Antor, y a fines del siguiente puede dar su cima literaria en una obra como La Celestina y asimilar un movimiento poético, ajeno a su tradición, como es el Renacimiento, sin peligro para su estructura. La evolución lingüística del castellano a partir de este momento no se detiene, como es lógico, ya que cada época imprime sus rasgos peculiares en la lengua, pero ya no podrá considerarse como proceso de formación o crecimiento, sino como alteraciones en un organismo enteramente formado. El lenguaje de La Celestina, el del Quijote y el actual son variantes dentro de un semejante nivel.
NOTAS
17 A. ALONSO, De la pronunciación medieval a la moderna en espaítol, Madrid, Gredos, 1955.-T. NAVaxxo Tomás, A. M. ESPINOSA y L. RODRícIE,z CASTELLANOS, La frontera del Andaluz, en R. F. E., XX, 1933, páginas 225-277.-H. GAVEL, Essai sur l'évolution de la pronotiation du castillan depuis le XIT7me siécle, París, Champion, 1920'.-R. MENÉNDEZ PIDAL, Manual de Gramática histórica, Madrid, E.spasa-Calpe, 1944, 7' ed.
18 A. ALONSO, De la Pronunciación medieval a la moderna, págs. 23-71.
19 Castilla la Nueva es denominación tardía. En el período medieval, aparte el título fundamental de "Reino de Toledo", eran habituales los nombres de "Tras-sierra" y "Alíen-sierra".
33 A. STEIGER, Un Inventario Mozárabe de la Iglesia de Covorrubias en Al-Andalus, 1956, XXI, págs. 93-112.
34 Siento disentir del criterio de D. Ramón Menéndez Pidal, cuando afirma que la "lengua del toledano Cervantes, admirada en el mundo, no es otra que la lengua del burgalés Fernán González, murmurada por los cortesanos de León" (Castilla, la tradición, el idioma, ?" ed., Madrid, Col. Austral, pág. 32). Creo, por el contrario, que la diferencia entre ambas lenguas es enorme, y que el leonés, por sus propios medios, hubiera llegado a una meta muy distinta de la que es muestra el Quijote. Estaba demasiado alejado el espíritu medieval leonés del toledano para que hubieran podido coincidir, sin antes mediar un largo conflicto.
35 Ell mozarabismo no sólo es 'puente entre la cultura islámica y la cristiana, sino que es también el depositario del neoclasicismo isidoriano; el lazo principal que, durante el largo corte musulmán, mantuvo la tradición románica en las zonas dominadas.
(TEORÍA DE CASTILLA LA NUEVA. Manuel Criado del Val .Madrid 1960,pp. 107 y s.)
DIFERENCIAS DE SUSTRATO ENTRE LAS DOS REGIONES CASTELLANAS (Teoría de Castilla la Nueva, Manuel Criado del Val)
DIFERENCIAS DE SUSTRATO ENTRE LAS DOS REGIONES CASTELLANAS
Una oposición fundamental entre ambas Castillas es la que establecen los diversos sustratos que actúan en su formación lingüística (12). En la región norteña, separada de la del Sur en un período decisivo de evolución por factores tan poderosos como la frontera militar, la sierra, y la despoblación de una extensa zona intermedia, es preciso contar con dos probables sustratos:
el cantábrico y el de los primitivos dialectos ibéricos (13). En la región toledana la presencia de pobladores prerromanos, iberos y celtas, pudo también influir en determinados procesos fonéticos.
Pero no es la diversidad de sustratos prerromanos la qué esencialmente opone a Castilla la Vieja frente a Toledo. Hoy apenas es posible deducir consecuencias acerca de la nebulosa influencia de unas lenguas prehistóricas cuya estructura desconocemos (14) sobre las variantes regionales del castellano. La más profunda diferenciación originaría está determinada por unos bien conocidos y poderosos "adstratos" : el vascuence, extendido durante la Edad Media por una amplia población bilingüe y adentrado en los actuales de Castilla y de Aragón, y el árabe, cuya influencia desde los principales centros andaluces tuvo un largo período de irradiación.
De la influencia del primero parece cada día ser inás evidente que presionó sobre cambios tan importantes como el de f-> h-; b-v. Hay también muchas probabilidades de que influyera en la sonorización de las oclusivas sordas detrás de las nasales y líquidas; en la evolución de la s apical ; en la palatalización de las geminadas: ll,-n, l, n. Naturalmente, es difícil separar lo que corresponderá en estos cambios al primitivo elemento ibérico que en gran parte sería común a otras regiones de la Península, y lo que obedecería a una presión del bilingüismo castellano-vascuence en época medieval y en el área norteña (16).
La influencia del árabe en toda la región islamizada actúa en una doble vertiente: el mozarabismo romance, forzado asimilador de la escritura y de algunas características de la lengua conquistadora, y el árabe español, contaminado, a su vez, por las especiales condiciones de los nuevos hablantes peninsulares.
Pueden, no obstante, atribuirse al contagio árabo-romance varios fenómenos cuya correspondencia en ambas lenguas es notable. En especial algunos fonemas españoles han debido ser interferidos por el fonetismo árabe o hispano-árabe. El proceso de paíatalización tanto puede atribuirse a un a un proceso latino como a un contagio de cambios similares ocurridos en el árabe . La correspondencia arábigo-española en los sistemas de sibilantes observada por Amado Alonso es otra hipótesis sugestiva (RFH, 146, VIII, página 68.)
Es fácil imaginar la larga cadena de dificultades que nos impiden todavía una observación clara de este campo. Diferencias radicales en el vocalismo y en su trascripción; oposición intraducible entre el sistema de las consonantes árabes, en las que el énfasis y la velarización son características, frente al sistema románico de articulación más adelantada.
Esta dificultad, no sólo de determinar los mutuos influjos, sino la equivalencia de sistemas tan diversos, todavía se acrecienta a causa de la escritura árabe, en que aparecen transcritos los textos mozárabes. No sólo es dudosa la trascripción de los sonidos; también el acento, muy fluctuante en el árabe, plantea difíciles problemas. Es necesaria una labor previa para fijar las diversas equivalencias que todavía está lejos de haberse terminado.
NOTAS
12 F. H. JUNGEMANN, La teoría del sustrato y los dialectos hispanoronances y gascones, Madrid, Gredos, 1955.
13 A. TOVAR, Estudios sobre las primitivas 'lenguas hispónicas, Buenos Aires, "Con¡", 1949.-1DEM, El Euskera y sus parientes, Madrid, Minotauro, 1959.
14 Solamente se ha logrado transcribir el alfabeto ibérico. Ver M. GqDIEZ MORENO en sus tres artículos: RFE, IX, 341-366; Hom. M. lPidal, 111, 475-499, y BRAE, XXIV, 275-288. Crítica de J. VALLEJO en Ernerita, 1947, XI, 461.
15 J. B. MERINO URRUTIA, El vascuence en el Valle de Ojacastro (Rioja Alta), Madrid, Soc. Geo. Nac., 1931.-R. MENÉNDEZ PIDAL, Orígenes, pág. 55.
16 Aparte de la correspondencia entre las áreas geográficas de los cambios f-la, b-v y el sustrato ibérico, pudo influir en dichos cambios la falta de labiodentales característica de las lenguas ibéricas. Cabe también pensar que la evolución de determinados fonemas hispano-romances haya sido interferida por el fonetismo árabe o hispano-árabe. Ciertamente, algunos sonidos latinos tienen gran parecido en su evolución con la que podría derivarse de un proceso propio del árabe (palatalización), lo cual permite la hipótesis de un contagio.
viernes, julio 14, 2006
Lucha de Toledo por la supremacía (Teoría de Castilla la Nueva , Manuel Criado del Val)
LUCHA DE TOLEDO POR CONSEGUIR LA SUPREMACÍA. LA IDEA IMPERIAL
Uno de los puntos de apoyo principales a que se aferra Toledo para defender su supremacía, luego de su incorporación a la reconquista cristiana, es la del viejo imperialismo peninsular.
La persistencia de las tradiciones visigodas en la España medieval es uno de los fenómenos más interesantes que se ha planteado nuestra historiografía. Don Ramón Menéndez Pidal es el más entusiasta defensor de la que él denomina "idea imperial", que sitúa inicialmente en la Corte leonesa, para volverla a descubrir en la toledana del siglo xrr, y a la cual estima clave decisiva de la historia medieval española (21).
La necesidad de la Corte leonesa de rodearse de una majestad que amparase su decadencia militar, fué haciendo habitual el título de "Imperator" entre los reyes leoneses. Junto a esta necesidad seguía latente una jerarquía entre los reinos peninsulares que permitía considerar a varios de los reinos como teóricamente sometidos a un solo emperador. Sería Toledo, con Alfonso V I' y Alfonso VII la encargada de intentarlo en la realidad. Al incorporarse al nuevo reino castellano, Toledo no sólo recupera la capital, sino que da la auténtica base y finalidad a la idea del Imperio, que antes había existido en León como delegación del goticismo toledano.
El sentirse dueño de Toledo (Magnificas Triumphator) fué lo que en realidad animó a Alfonso VI a lanzar por la Península su arrogante título Totius Hispaniae Imperator (22), que si no fué aceptado de hecho por todos los otros reinos peninsulares, inició el vasallaje aragonés y abrió el camino a las posterior unidad de los Reyes Católicos.
Pero, probablemente, la persistencia de esta "idea" en las monarquías medievales no tuvo una efectividad popular ni constante. Su aparición parece más bien esporádica y resultado del influjo de minorías intelectuales en reinados de signo favorable.
Mucho más constante y más arraigada en la conciencia regional toledana está otra "idea" y, más propiamente, otro "interés", que puede confundirse con la "idea imperial". Toledo nunca abandonó el recuerdo ni la ambición de volver a ser la "capital peninsular" ; el centro político de España. Su vida misma en la Edad Media depende de esta dramática alternativa: ser la capital o vivir la constante inquietud de su fortaleza fronteriza. Hasta la época moderna conservará esta tradición, y su ruina final, al perder definitivamente la capitalidad en beneficio de Madrid, confirmará la razonable de su temor.
La constante lucha de Toledo frente a Córdoba en el período musulmán esconde con toda probabilidad una competencia entre las dos ciudades. Si Toledo hubiera conservado su rango de capital durante la dominación islámica, el signo religioso de España es posible que fuese hoy distinto.
Pero lo cierto es que ni por su posición, demasiado alejada de las bases africanas, ni por su espíritu, demasiado rebelde ( 23), podía interesar como capital, tanto al emirato orientalista como al califato hispánico.
El Islam, por su parte, enraizado en Córdoba, a un extremo de la Península, estaba colocado en una pésima situación estratégica para dominar la resistencia mozárabe y lograr una consistente unidad hispánica.
Toledo frente a Burgos
Una vez incorporada definitivamente al campo cristiano de la Reconquista, Toledo cambia su frente defensivo. Ya no es peligrosa la competencia con zonas o poblaciones del Sur, sino la que amenaza con relegar a una equívoca situación de tierra recién conquistada, de "nueva" Castilla, a la antigua capital visigoda. Afortunadamente, ni dentro de la ciudad ni en la región del Norte se había perdido la tradición visigótica que reconoce este derecho a la villa carpetana.
En la inevitable concurrencia que muy pronto se inicia entre Toledo y Burgas, esta última ciudad esgrime como primer argumento de su predominio el hecho positivo de ser cabeza de Castilla, representación de los conquistadores. Toledo ha de recurrir al peso de una tradición indiscutible pero que precisa salvar un paréntesis de más de trescientos años. Ha de enfrentarse también con el equívoco, que Burgos impulsa complacidamente, entre lo que significa su incorporación al reino de Castilla y a la región de Castilla. Ya se vacila entre mantener la peligrosa denominación de "reino de Toledo", lleno de reminiscencias islámicas, frente al impropio y secundario de "nueva Castilla".
Esta competencia secular entre Burgos y Toledo tiene un claro y bien documentado reflejo en la lucha de ambas ciudades por lograr un predominio, o al menos una posición más honrosa en las Cortes (24) . Inicialmente, parece adelantarse Burgos en esta curiosa carrera. En las primeras Cortes, apenas diferenciadas de los viejos Concilios (25), en Burgos recaía la precedencia en el lugar y en el uso de la palabra. Hasta mediados del siglo xiv, en las Cortes de Alcalá de Henares de 1348, no hay noticia de que se suscitase por parte de Toledo protesta alguna. La discordia en presencia de Alfonso XI se resolvió en aquella ocasión con una ingeniosa fórmula real, que no debió satisfacer enteramente a los procuradores toledanos, pero que se hizo clásica e insustituible en ocasiones similares: "Los de Toledo farán lo que yo les mandare, e así lo digo por ellos, e por ende fable Burgos" (Crón. del Rey don Pedro, año II, cap. XVI).
Se renueva la porfía en las Cortes de Valladolid en 1351, y el rey don Pedro sosiega a los procuradores con la misma fórmula de Alfonso XI. Una carta suya dirigida a la ciudad de Toledo estando celebrándose Cortes en Valladolid a 9 de noviembre de 1351 es el documento más antiguo que da noticia de la disputa suscitada por 'Toledo contra la prerrogativa de Burgos: "Don Alfonso, mío padre, en las Cortes que fizo en Alcalá de Henares, et en la contienda quellos (los de Toledo) fablarian primera mientre en las Cortes... tuvo el por bien de fablar en las dichas Cortes primera mientre por Toledo. Et por esto tuve por bien fablar en 'las Cortes que agora fiz en Valladolit primera mientre por Toledo" (Actas de las Cortes de Castilla, 1, nota pág. 17).
La razón de los procuradores de Toledo para ocupar la preferencia se apoyaba en su mayor antigüedad y nobleza y en haber sido la "Corte de los Godos" y sin duda correspondía su argumento al espíritu inicial de las primeras convocatorias. Ya a partir del siglo viii, Alfonso II el Casto (791) al restablecer en Oviedo la tradición visigoda daba a Toledo esta preeminencia "Omnem Gothorum ordinem, sicuti Toleto fuerat, tam in EcClesiam quam Palatio, in Oveto. cuncta statuit" (Chron. Albeldense, V Flórez, España Sagrada, XIII, 453).
Los incidentes entre Burgos y Toledo por ocupar el primer banco; por la prerrogativa de hablar por el estado general; por la prioridad en el juramento, en el pleito homenaje y en otros actos de las Cortes, se suceden a partir del famoso Ordenamiento de Alcalá. En Valladolid (1351); en Toledo (1402-3), donde es el propio rey Enrique III quien ha de expulsar a los procuradores toledanos del asiento de los de Burgos. Se repiten los incidentes en 1406 y 1442, hasta transformarse en una tradicióncasi inescusable. Hasta en las propias Cortes del siglo xvi, bajo el Imperio, que había de ser mortal para Toledo, de Carlos V, se conserva viva la rivalidad de las dos ciudades, según puede apreciarse en muchos pasajes de las Actas (26).
Perfil invariable de Toledo.
Ya hemos indicado hasta qué punta la historia ciudadana de Toledo depende de su tenaz particularismo, invariable a través de los distintos períodos. Esta continuidad tiene un efecto todavía hoy a la vista, en la especial estructura urbana de la ciudad, concebida con un minucioso y eficaz sentido defensivo. Apenas se advierten modificaciones importantes al comparar la actual topografía de la villa con la que aparece reproducida en el plano del famoso cuadro del Greco e incluso con el bosquejo que de la Toledo mozárabe en los siglos xr y xii hace González Palencia. Similar extensión del recinto amurallado, prueba clara del muy semejante volumen de su población; idéntico aprovechamiento y orientación de su posición estratégica. Destaca el perfil amplio y bien definido de la judería y el no muy extenso del Arrabal. La doble preocupación defensiva, frente al enemigo de fuera y a las facciones internas, que es rasgo peculiar en la historia militar de la ciudad, está bien manifiesta en la situación de la Alcazaba y en la complicada distribución de las calles, que permite establecer sucesivas y diversas líneas de defensa (27).
Esta casi inapreciable variación de sus rasgos topográficos es un factor utilísimo para la localización, en Toledo, de varios importantes textos medievales y renacentistas. Lástima que todavía esté por hacer una toponimia histórica de sus calles.
Resumen
En resumen, vemos caracterizarse la historia de Toledo por una inmutable persistencia de unos pocos, pero fundamentales, propósitos. Su participación en la Reconquista será de distinto signo religioso que la de Castilla, y en algunos momentos no parecerá tener conciencia de ella. Hecho nada extraño cuando tantos olvidos semejantes se producían en las regiones cristianas. Pero no deja de ser extraño que nuestra historia tradicional haya desatendido la semejanza entre el proceso político de incorporación de Toledo a Castilla y el que se realiza entre Castilla y León. o entre Castilla y Aragón.
La firme tradición visigoda que impulsa a Toledo a recobrar su capitalidad hubiera podido desviarse hacia la España musulmana si el predominio cordobés y el excesivo alejamiento fronterizo de Toledo, no hubieran descartado su candidatura. La permanente rebelión de la antigua capital postergada haría caso omiso más tarde del signo religioso al tener que enfrentarse con una nueva amenaza, procedente esta vez del Occidente germánico. Rebeliones frente al Califato y comunidades frente al Imperio son signos de una misma tendencia.
La dualidad histórica entre Toledo y Castilla se resuelve de acuerdo con estas directrices en una' oposición regional y en la concurrencia política de dos ciudades, Toledo y Burgos, que aspiran, en la renovada unidad peninsular, a ser cabeza de la monarquía. En esta rivalidad no estará ausente la confusa estructura racial toledana, aceptada sólo en apariencia por la tolerancia alfonsí. La trágica lucha entre las minorías religiosas, que acabó eliminando a los núcleos judíos e islámicos, y el traslado de la Corte a Madrid, fueron los hechos decisivos que terminaron con la gran historia de Toledo.
NOTAS
21 No parecen ser falsos los diplomas en que aparece el de título de Imperator (referido a Alfonso III, a Ramiro III y a Ordoño II), así como tampoco los que aluden al "Ius imperiale" de los soberanos leoneses. Sin embargo, a partir del siglo x, el título de Imperator se aplica por los escribas a descendientes de condes y reyes con claro matiz diferenciador. Cabe pensar, según todos los indicios, que existía una idea imperial que no alcanzó a cristalizar.
22 R. MENÉNDEZ PIDAL, El Imperio hispánico y los Cinco Reinos, Saeculum, III, 1952, 345-348.-Idem, Adefonsus, imperator toletanus inagnificus triunaphator, BRAH, 1932, 521-522.-Idem, Idea imperial de Carlos V, Madrid, Espasa-Calpe, Col. Austral, 1940.-A. GARCÍA GALLo, El Imperio medieval español, en Historia de Espam1a, de "Arbor ".A. STEIGER, Alfonso X el Sabio y la idea imperial, en Historia de España, de "Arbor ".
23 Según el juicio de Ibn Alcutía, "jamás los súbditos de monarca alguno poseyeron en tan alto grado el espíritu de la rebeldía y la sedición" (Ed. de la Academia, págs. 45-6; SIMONET, Historia de los Mozárabes, pág. 300).
24 Cortes de los antiguos reinos de León y de Castilla. Introducción por Manuel Colmeiro, Madrid, Real Academia de la Historia, 1883.
25 Es muy difícil, dentro del carácter de las instituciones medievales, determinar el momento "en que Ios Concilios pierden su carácter mixto y son reemplazados en el orden político por las Cortes" '(Colmeiro, 9).
26 La violencia de esta disputa no se detiene ni ante el Emperador, poco favorablemente dispuesto a estos conflictos:
"Y llegados á la quadra de su Magestad, se pusieron por órden en sus vancos, comennando desde Burgos, y los de Toledo,estuuieron arrimados á la pared, fuera del vanco: y salió su Magestad y con él el Príncipe don Carlos, nuestro señor, y sentáronse, y mandó su Magestad á los procuradores que se sentasen: y entonces arremetieron los de Toledo á los procuradores de Burgos y se asieron de los bragos para quererlos quitar de donde estauan, diziendo que aquel era su lugar, y los procuradores de Burgas defendiéndose, anduuieron forcejando tanto, que pareció demasía; y su Magestad les mandó parar y que se guardase lo que se acostumbraua hazer; y aun fué necesario que dos alcaldes de córte que allí estauan, llegasen á ellos para los desasir. Y en esto se fueron los procuradores de Toledo á lo más bajo de los vancos, donde estaba puesto un vanquillo solo, y se sentaron en él y pidieron por testimonio lo que auia pasado y lo que su Magestad mandaua, para guarda de su derecho, y justicia." (Actas de las Cortes de Castilla, Congreso de los Diputados, tomo I, Madrid, 1861, págs. 16-7.)
Surge también la inevitable disputa por la preferencia en hablar, y ha de intervenir, según tradición, el propio monarca:
"Acabada de leer la proposición se leuantaron los procuradores de Burgos para responder á su Magestad y lo mismo hizieron los de Toledo, y comengaron los unos y los otros á hablar, y entonces su Magestad dixo: `Toledo hará lo que yo le mandare; hable Burgos." Y Toledo pidió por testimonio cómo su Magestad hablaua por él." (Actas de las Cortes de Castilla, tomo I, pág. 28.)
La irritación del Emperador, poco partidario de la limitación que para su autoridad representaban las Cortes y enemigo por varias causas de Toledo, se manifiesta en una de sus clásicas medidas "políticas"
"Los procuradores quedaron aguardando al marqués de Mondejar que saliese, y salido dixo, que su Magestad mandaua que se quedasen allí en la quadra los procuradores de Toledo, y entonces algunos de los demás dezian que no querian salir de allí sin Toledo, creyendo quedar presos: y el marqués les dixo que no quedauan presos y que no tenían para qué aguardarlos allí, y con esto se fueron con el dicho marqués. Y llegado á su casa mandó a lose alcaldes de córte que hiziesen lleuar presos á los dichos procuradores de Córtes de Toledo, al uno á su casa y al otro á casa de un alguacil, y con esto se concluyó lo deste día." (Ibídem, págs. 28-29.)
Esta lucha entre las Cortes y el Emperador, que acabará con el triunfo de éste, era impulsada por los consejeros flamencos de Don Carlos. Según la Historia de Sandoval, estos cortesanos, con Chevres a la cabeza, "hicieron en Burgas los días que el Emperador allí estuvo, brava instancia porque el regimiento nombrase procuradores a su voluntad", consiguiendo que fuese nombrado el Comendador Garci Ruiz de la Mota "del Consejo del Emperador". Por otro. lado, el propio Carlos V, irritado con la resistencia de los procuradores de Toledo, trató de desembarazarse de ellos, llamándoles a la Corte, para que "en su lugar fuesen otros que andaban en la Corte criados de su Magestad, porque sacando unos y entrando otros, se pudiese hacer lo que su Magestad mandaba" (ibídem, V, XIII).
La finalidad premeditada del Emperador, que logró imponer a sus sucesores en la casa de Austria, era desembarazarse de la molesta traba que suponía para su política alemana la convocatoria de unas Cortes de natural orientación peninsular. Al fin logró reducirlas al trámite de prorrogar el servicio y oír las peticiones de los procuradores, dilatando indefinidamente la respuesta. Dentro de esta misma rutina, cada vez más acentuada, quedó la antigua pugna entre Toledo y Burgos.
27 La fortificación romana amuralló- la parte alta del cerro, convirtiéndola en ciudadela militar. La dominación visigoda amplió notablemente el casco de la ciudad que se extendía por la parte baja, y dejó indefenso el interior frente a las revueltas partidistas. Los árabes corrigieron este fallo mediante un doble recinto que dividía a la ciudad en dos distritos: uno alto y otro bajo Los mozárabes y judíos fueron relegados a la parte baja.
Las callejas cerradas e irregulares, las puertas internas de la ciudad, las casas convertidas en pequeñas fortalezas, entre las que era fácil el paso por las azoteas, y los amplios aleros, facilitaban la defensa callejera. Además, el sistema defensivo exterior se entrelazaba con los del interior, en previsión de las continuas sublevaciones. Se contaba con numerosos algibes con pozos artesianos y con enormes silos, que permitían un larguísimo asedio. Todos estos factores acabaron convirtiendo a Toledo en una plaza inexpugnable, no sólo para las posibilidades militares de la Edad Media, sino incluso para gran parte de las modernas, según lo ha probado la última campaña.
(TEORÍA DE CASTILLA LA NUEVA , Manuel Criado del Val , Madrid 1960, pp.93,101)
jueves, julio 13, 2006
INFLUJO DE LOS CAMINOS EN LA DUALIDAD CASTELLANA (Teoría de Castilla la Nueva, Manuel Criado del Val)
INFLUJO DE LOS CAMINOS EN LA DUALIDAD CASTELLANA
A todo lo largo de su historia ha sufrido Castilla la Nueva las consecuencias de ser lugar principal de paso y cruce estratégico de la Península. Su población desistió pronto de emigrar a cada avalancha invasora y prefirió resistir y acomodarse a las nuevas condiciones. No se despobló como las regiones del Duero, bien protegidas en su retirada hacia las bases montañosas del Norte.
Entre las dos Castillas fueron así progresivamente estableciéndose diferencias tan esenciales que pueden observarse en cualquier aspecto de su cultura. Frente a la fuerte vinculación europea de Castilla la Vieja, la Nueva opone su extraño carácter mixto de rasgos orientales y occidentales, escéptico y picaresco, plagado de contradicciones, y nunca enteramente cristianizado. En esta región tendrá su asiento natural una literatura desarraigada y picaresca, poblada de protagonistas equívocos. Será el diálogo su propia expresión estilística, normal en un pueblo callejero, habituado durante siglos a la dialéctica, al cambio brusco de situaciones y al trasiego continuo de gentes y de ideas.
Es natural que en la Castilla del Norte, encerrada en un círculo de montañas, que domina con su mayor altitud los estrechos accesos periféricos, como una enorme atalaya defensiva sea, por el contrario, campo propicio al desarrollo de una épica caballeresca, europea y cristiana, y a una mística encastillada e inaccesible a todo intento de heterodoxia.
Castilla la Vieja se repliega y despuebla en su línea fronteriza del Sur cuando la fuerza expansiva del Islam está en su plenitud, pero mantiene intacta su personalidad preislámica durante la Reconquista. Cuando en el siglo xi los castellanos "viejos" descienden a la meseta toledana se encuentran con gentes de mentalidad muy distinta de las que allí habían dejado tres siglos y medio antes, pero muy pronto serán asimilados y sufrirán la misma transformación que los anteriores conquistadores. A cambio del dominio político verán confundirse sus ideales caballerescos y místicos, y su organización, todavía llena de resabios germánicos, se mezclará con modos y estructuras orientales. La ironía, el escepticismo crítico, la dialéctica y el sensualismo picaresco de los "nuevos" castellanos señala la frontera espiritual entre ambas Castillas. Sólo una visión superficial puede desmrientarse por su aparente unidad. Por debajo de su ficticia asimilación se mantienen, al menos durante las cuatro centurias siguientes a su conquista, las invariables características toledanas. Tan sólo la expulsión de judíos y moriscos, la Contrarreforma y la fuerte emigración toledana hacia el Norte consiguen unificar algunas de sus grandes diferencias.
(TEORÍA DE CASTILLA LA NUEVA. Manuel Criado del Val .Madrid 1960,pp. 70,71)
martes, julio 11, 2006
TEORÍA DE CASTILLA LA NUEVA (Manuel Criado del Val)
TEORÍA DE CASTILLA LA NUEVA
(La dualidad castellana en los orígenes del español)
Manuel Criado de Val
Biblioteca Románica Hispánica
Editorial Gredos
Madrid 1960
INTRODUCCION.
Ninguna preocupación parece ser más viva en los críticos e historiadores españoles, de la ya casi pasada generación, que la definición de España. Se suceden los grandes libros, en apariencia objetivos, que esperan apasionada, obsesivamente, afiliarnos a un concepto más o menos extremado; a una ambiciosa síntesis española.
En el extraño pleito que sobre el tema de España han entablado Américo Castro (1 ) y Claudio Sánchez Albornoz (2 ) queda, al fin, deformada la figura histórica de nuestro país; oscurecidos sus rasgos por unos juicios demasiado rotundos y contradictorios, encaminados, ante todo, a rebatir una tesis antipática en todos sus puntos y sobre todos los terrenos.
La historia española se aleja así de su misión. La creación artística, llena de novedades valiosas, de Américo Castro, se envuelve en un ropaje erudito. La reseña crítica de Sánchez Albornoz se hace obsesiva, demasiado larga y personalista. Lástima que tanto esfuerzo y tanta inteligencia sean desvirtuados por la excesiva y mutua parcialidad.
Los críticos y novelistas del 98 son, sin duda, los antepasados directos de esta ansia renovada por explicar la fórmula que ha hecho posible la contradictoria historia española. Predomina desde entonces el pesimismo; la sospecha de que hay una dolencia en nuestro organismo físico o moral. A la quiebra económica y a la mezcla de razas se ha cargado, de manera no muy clara, el peso de la principal responsabilidad.
En la ambiciosa pretensión de definir la imagen de España se suele incurrir en un grave error metodológico : se confunden unidades heterogéneas al unir determinadas épocas y regiones de características muy diferentes, sólo asimiladas en fecha reciente. A las mismas grandes denominaciones de Castilla o de España sólo es posible darles su sentido actual si se escoge el momento con prudencia.
Desde Saussure, los estudios lingüísticos esquivan cuidadosamente este peligro y separan los planos sincrónicos (especie de cortes longitudinales en la Historia) de la evolución diacrónica, concepto este último cada día más propicio a reducirse a la simple suma de estados sucesivos. Sin duda, los historiadores políticos españoles tienen un criterio más o menos similar formado sobre sus propios problemas, pero en su aplicación práctica apenas se advierten los efectos. La proyección horizontal y vertical de que habla en algunas ocasiones Sánchez Albornoz, está prácticamente ausente de su esencial versión histórica.
Pero es lo cierto que una historia tan varia y accidentada como la nuestra exige una extrema precisión a la hora dé clasificar sus distintas unidades, tanto geográficas como políticas o lingüísticas. La unidad española es hoy un hecho real, pero la causa principal de sus innumerables vicisitudes está en la múltiple personalidad de sus regiones, que, a su vez, procede de sus variadas épocas históricas. El establecimiento de unos períodos claros y precisos es una de nuestras principales finalidades. Castilla la Nueva es por ello, en nuestra teoría, un concepto restringido al período que media entre la reconquista de Toledo (1085) y la expulsión de los moriscos (1609). Naturalmente, que el rigor de estas fechas no delimita, en la realidad, una frontera insoslayable.
Al estudiar el complicado marco de culturas y de razas, que está en la base de la historia española, es, asimismo, indispensable atender a sus varias estructuras transitorias y locales. No es lícito confundir con la actual conciencia española la de otros pueblos que vivieron en la Península con distinta raza, religión, lengua y cultura; lo cual no impide que puedan tener con nosotros rasgos familiares. La historia de romanos, visigodos, árabes y judíos en la Península no debe confundirse con nuestra historia de España, aunque forme parte de su sustrato.
Como es extremoso unificar cuanto ha sucedido en la geografía peninsular, también lo es la visión, parcial, que hace dependiente de una zona o de una época determinada el resultado moderno que se considera definitivo. Para que el análisis histórico sea eficaz, es preciso establecer una periodicidad rigurosa y considerar dentro de sus propias circunstancias las épocas de formación: la clave histórica de un largo período medieval no tiene exacta continuidad con nosotros, y su estudio nos obliga a considerar una doble y aun triple orientación; a combinar la historiografía cristiana de la reconquista con la versión musulmana, aun a pesar de la difícil conciliación de las crónicas con los relatos islámicos. Es preciso reunir sobre una base ideal la .comunidad y la lucha medieval de las tres religiones; dar su situación y valor reales a la persistente población indígena. Sólo merced a un gran esfuerzo: erudito nos será posible comprender ese mundo peninsular medieval, tan distinto del nuestro, ya que de éste han sido desplazados radicalmente dos de sus elementos formativos: el judío y el musulmán.
No sabemos, realmente, en qué puede fundarse la tajante afirmación de Américo Castro, según la cual "en el año 1000, la España cristiana era ya en la esencia como en el 1600" (3). A falta de los seis siglos más decisivos, de transformación más intensa de la estructura social española, no son necesarias muchas pruebas para desmentir esta afirmación. Es criterio muy pelígroso prescindir del análisis minucioso cuando se trata de realidades tan complejas como España, que obligan a pasar por los siglos mucho más despacio.
La confusión a que conduce esta mezcla heterogénea de unidades históricas se hace todavía mayor al mezclarse las regiones, que sólo en época relativamente reciente han logrado su verdadera y firme unidad, y que representan dentro de la síntesis española aspectos bien diferenciados. Nuestros historiadores, y también nuestros filólogos, han incurrido en el grave error de considerar en forma unitaria a las dos Castillas, a pesar de que están bien definidas, tanto en su historia como en su geografía. Y no debe considerarse como un simple problema local la diferenciación castellana, ya que no es dudoso que en las dos mesetas centrales se forjó, en proporción esencial, la gran historia peninsular.
En torno a Castilla giran obsesivamente tanto la tesis cristiano-islámico-judía de Américo Castro como la occidentalista de Sánchez Albornoz. Su diferencia principal está, probablemente, en que mientras la primera tiende a la imagen preferente de Toledo, en Sánchez Albornoz domina la figura representativa de Burgos (4). Podían haber llegado a un acuerdo si en lugar de una falsa generalización hubieran separado la Vieja Castilla, de predominio cristiano occidental, de la Nueva, descendiente directa del complejo mozárabe-judaico-islámica del Reino de Toledo.
Pero lo cierto es que en la diferenciación de estas regiones se esconde uno de los más decisivos problemas de la historia española, aunque, naturalmente, España es algo más que Castilla, del mismo modo que el español es algo más que el castellano. El afortunado concepto lingüístico que define a este último como un complejo dialectal puede aplicarse, ampliado, al proceso de unidad-diversidad que define nuestra síntesis regional.
Es bien de lamentar que la confusión entre las dos Castillas se encuentre en el punto central de la historiografía española. La oposición entre Castilla (como término genérico) y León, aun siendo menos significativa, ha predominado sobre la de Burgos frente a Toledo. Ninguna frontera geográfica establece, no obstante, un límite entre la región leonesa y la castellana, ni su historia deja de ser un progresivo avance cristiano hacia la Cordillera central, verdadera frontera entre el Islam y el Occidente. Oviedo, León y Burgos ven pasar una misma corte pasajera, cuyo definitivo emplazamiento, y su todavía más definitiva transformación, sólo vendrán con su llegada triunfal a Toledo.
Algo semejante sucede con el idioma, y no es la menor de las desviaciones a que nos ha llevado la confusión regionalista, la que fija los orígenes del castellano. La cuna del idioma ha sido delimitada, de acuerdo con la cuna de la reconquista, en una pequeña zona cántabra, cuya fuerza expansiva es indudablemente exagerada. Sin embargo, ni el castellano vulgar ni el literario tienen un origen tan simplista. Su base principal no es la invasión del dialecto cantábrico, sino el encuentro y la fusión de éste con el mozárabe toledano y el andaluz. Correspondería al primero la inicial evolución fonética y morfológica modificada, a raíz de la conquista de Toledo y del establecimiento de la Cancillería Imperial, por las características mozárabes de los dialectos del Sur. La presión de estos dialectos hacia el Norte no sólo llega a neutralizar el avance cántabro, sino que inicia una influencia andaluza, que todavía se mantiene en nuestros días.
El criterio, excesivamente fonético, de nuestros lingüistas de principios de siglo, ha desequilibrado este problema, al desatenderse los importantes cambios léxicos, morfológicos y sintácticos que se operan en el castellano de la Baja Edad Media. Lástima grande, asimismo, ha sido que junto al modelo lingüístico del Poema del Cid y de la primitiva epopeya, no estuvieran presentes en semejante grado de atención los fondos mozárabes, que todavía esconden una de las principales fuentes del castellano, y, salvando su distanciamiento histórico, los documentos de la Cancillería de Alfonso X.
Algo semejante sucede en el aspecto literario. En la épica y más concretamente en el Poema y en la figura del Cid se ha situado la más genuina representación de lo "castellano". Pero lo cierto es que Castilla la Nueva no tiene parte activa en esta epopeya. Más aún, en tierras del Reino de Toledo aparecerá, más tarde, la crítica irónica del idealismo caballeresco que toda epopeya representa. Literariamente -dice Menéndez Pidal- se distingue Castilla por "haber sido la única que dentro de la Península heredó la poesía heroica de los visigodos" (5). Convendría explicar que es a Castilla la Vieja a quien únicamente puede referirse esta afirmación y añadir que no hay posible conjunción entre el Cid y Don Quijote.
La literatura de Castilla la Nueva no tiene su verdadero origen en el Poema del Cid, sino, más tardíamente, en la literatura alfonsí y, sobre todo, en la obra de Juan Ruiz, representativa del espíritu toledano del siglo xiv, que continúan sin quiebra otros autores de esa misma región: El Arcipreste de Talavera, Rodrigo Cota, los autores de La Celestina y del Lazarillo, Cervantes, hasta desembocar en el gran apogeo dramático, madrileño, de los siglos xvi y xvii.
La confusión ha nacido, sin duda, del deseo de enlazar en una sola cadena la sencilla literatura épica y religiosa de la Castilla nórdica con la compleja y equívoca de la Castilla del Sur. No se ha visto, o no se ha querido ver, que había demasiada distancia para saltar del Poema del Cid y de las ingenuas canciones de Berceo al universo irónico de Juan Ruiz, ni que el abismo que separa el concepto polar de la mística, de la encrucijada tortuosa de La Celestina, el Lazarillo y el Quijote, es casi infranqueable. Frente a frente, las dos Castillas han opuesto durante varios siglos sus modos de ser, y, a pesar de ello, los términos de "Castilla" y de "castellano" les han sido aplicados sin apenas distinción por nuestros más altos historiadores y filólogos.
Una vez establecida la delimitación regional, nuestro primer objetivo será "caracterizar", dar al concepto genérico de Castilla la Nueva los rasgos personales de un organismo con vida histórica real. A la "teoría de Castilla la Nueva", fundada sobre bases geográficas e históricas, seguirá su "fisonomía", que, contra el parecer de Sánchez Albornoz( 6), se puede identificar con tanta o mayor exactitud y objetividad a través de los documentos lingüísticos y literarios que por intermedio de la más lejana, arriesgada y subjetiva interpretación de la historia política. Las fuentes históricas de nuestra Edad Media están entretejidas con relatos literarios; y, por su parte, nuestra literatura medieval se caracteriza por un fuerte realismo, por una "actitud" histórica, que la convierte en un indispensable y seguro testimonio.
De acuerdo con la procedencia regional, no sólo de los autores, sino de determinados géneros y temas literarios, podremos llegar a una precisa exposición de nuestra historia literaria, actualmente confusa por falta de perspectiva regional. Podrán resolverse problemas tan interesantes como la interpretación del Libro de Buen Amor, hoy desarticulado por una larga cadena de exégesis extremistas, que olvidan o desconocen el cerrado y directo localismo del Arcipreste, que es, ante todo, un castellano "nueva", y su libro un reflejo fidelísimo de la vida en las villas alcarreñas y serranas en el siglo xiv. Podrá, al fin, deshacerse esa colosal falsificación crítica, cometida contra Juan Ruiz, al convertirle en discípulo de un lírico erótico y decadente, como Ibn Hazm (7), o en secuela de un goliardismo transpirenaico (8).
La fisonomía equívoca del reino toledano, todavía no bien incorporada al cristianismo, llena de signos contradictorios, se traducirá en el extraño sentido de La Celestina y en el no menos equívoco del Quijote. De igual manera que el deambular aventurero de los nuevos castellanos por la gran vía central de la Península, lo veremos descrito en la picaresca del Lazarillo y del Buscón.
Todavía con mayor precisión podremos conseguir, gracias al análisis de la lengua, ya sea vulgar o literaria, una caracterización de las unidades regionales. Si a través del lenguaje se puede
identificar, como hemos comprobado recientemente, la personalidad de un autor (9), de igual forma se revelan en él las fisonomías históricas y locales. En la síntesis dialectal toledana pueden encontrarse los diversos elementos que estuvieron presentes en sus orígenes. En el diálogo especialmente, máxima creación estilística de Castilla la Nueva, aparecerá reflejada su esencia psicológica. Por un camino semejante se podrá llegar, más tarde, al hoy prematuro propósito de definir y caracterizar la fisonomía total de España, frente a la de otras unidades europeas o mediterráneas. Pero, para que esta fisonomía sea verdadera, habrán de recogerse sin confusión todas sus variantes regionales y todas sus cambiantes modalidades históricas.
NOTAS
1 España en su Historia, Cristianos, moros y judíos, Buenos Aires, Losada, 1948. La segunda edición lleva por título: La realidad histórica de España, México, Porrúa, 1954.
2 España, un enigma histórico, Buenos Aires; Editorial Sudamericana, 1956.
Teoría de Castilla
3 España en su Historia, Prólogo, pág. 11. Menéndez Pidal dice acertadamente lo contrario: "En esta época, la más crítica de todas las reseñadas, el mapa lingüístico de España sufre mudanzas fundamentales. Este cambio del mapa lingüístico es 'parejo al gran cambio que sufre el mapa político entre 1050 y 1100; no hay otros cincuenta años en la historia de España que presenten tantas variaciones de Estados como esta segunda mitad del siglo xl." Orígenes del español, 5.1 ed., pág. 512.
4 Es expresivo el que Toledo no figure en el "índice temático" del 'libro de Sánchez Albornoz más que en tres referencias (1, 252; I, 254; 11, 121), frente a las 116 en que aparece Castilla.
5 La epopeya castellana a través de la literatura española, Buenos Aires, Espasa Calpe, 1945, pág. 45.
6 España, un enigma histórico, cap. I.
7 A. CASTRO, La realidad histórica de España, cap. IX.
8 F. LECOY, Recherches sur le Libro de Buen Amor de Juan Ruiz, Archipréte de Hita, París, Droz, 1938.
9 M. CRIADO De VAL, Análisis verbal del estilo. Anejo LVII de la RFE, 1953; Indice verbal de "La Celestina". Anejo LXIV de la RFE, 1955.
lunes, julio 03, 2006
El proceso de las autonomías dentro del marco constitucional ( Ansemo Carretero)
EL PROCESO DE LAS AUTONOMÍAS DENTRO DEL MARCO CONSTITUCIONAL
La Constitución de 1978 reconoce como fundamental el derecho de todas las nacionalidades y regiones históricas que integran España a constituirse en comunidades autónomas, con el propósito de que puedan ejercer el autogobiemo en sus asuntos !tomos, transformando así e¡ Estado español, hasta entonces unitario y centralistas, en un Estado de comunidades autónomas.
La configuración de algunas de estas entidades autónomas fue -y continúa siendo- objeto de múltiples debates y discusiones que obedecen a causas y razones mucho más complejas de lo que generalmente se cree; tanto que en ciertos casos tales entidades presentan características muy incoherentes con lo que la Constitución proclama como su voluntad al instituirlas.
Los acuerdos políticos de la etapa preconstitucional llevaron a una etapa de preautonomías que se inició en Cataluña y el País Vasco, que ya tuvieron regímenes constitucionales autonómicos durante la II República, y continuó con las preautonomías de Galicia, Aragón, Canarias, Valencia y las demás regiones tradicionales de España. Y aquí surgieron novedades e invenciones que no sólo rompían la continuidad histórica, sino que entrenaban fundamental contradicción con las respectivas historias nacionales. Tales fueron los intentos de absorción de Navarra por el País Vasco (rotundamente fracasados) y las arbitrarias eliminaciones de los viejos reinos históricos de León, Castílla y Toledo, para establecer en su lugar en el mapa de España cinco entidades autónomas de nueva invención.
En el estudio de] proceso de las autonomías es preciso tener en todo momento presente que la Constitución de 1978 es el resultado de largas, duras y muy difíciles discusiones entre diputados de opiniones tan diversas como las de quienes, por considerar a España como una nación varia y plural, preconizaban un Estado federal, y las de quienes, firmes en la idea de la nación una y homogénea y el Estado unitario y centralista, se oponían a todo lo que implicara federalismo y autonomias. Por ello la Constítución resulta ambigua en algunos aspectos que la dejan abierta a diversas posibilidades de desarrollo, y falta de vigor en algunas instituciones, como por ejemplo el Senado, de tanta importancia en los regímenes federales.
La Constitución no define cuáles son las denominada "nacionalices" ni cuáles las regiones" autónomas que componen el Estado español; ni establece cuál es el territorio que a cada una de las entidades autónomas corresponde. La delimitación de estas entidades en el mapa de España, es decir, el mapa político español, se hizo, tras muchas discusiones y confusos conflictos, de acuerdo con un pacto político concertado entre el partido del Gobierno entonces en funciones y la oposición parlamentaria, es decir, un pacto político principalmente entre la Unión del Centro Democrático (UCD) y el Partido Socialista Obrero Español (PSOE): los "acuerdos autonómicos" del 31 de julio de 1.981 que delimitaron el mapa autonómico de España (15).
Según estos acuerdos el estado español quedó organizado en las siguientes Comunidades Autónomas: 1. Andalucía. 2. Aragón, 3. Asturias, 4. Baleares, 5. Canarias, 6. Cantabria, 7. Castilla-La Mancha, 8. Castilla y León, 9. Cataluña, 10. Extremadura, 11, Galicia, 12. La Rioja, 13. Madrid, 14. Murcia. 15. País Valenciano, 16, País Vasco. 17. Navarra (en el caso de esta se procedió por vía del Amejoramiento Foral dentro de la Constitución).
Los "acuerdos autonómicos" respetaron once de las quince regiones históricas de España de conformidad con los límites provinciales de 1833, sin alterar ni un metro sus contornos geográficos regionales: Andalucía (provincias de Almería, Cádiz, Córdoba, Granada, Huelva Jaén, Málaga, y Sevilla), Aragón (provincias de Huesca, Teruel y Zaragoza), Asturias (provincia de Oviedo), Baleares, Canarias, Cataluña (provincias de 'Barcelona, Gerona, Lérida y Tarragona), Extremadura (provincias de Badajoz y Cáceres), Galicia (provincias de Coruña, Lugo, Orense y Pontevedra), Murcia (la provincia de este nombre; la región histórica abarcaba la provincia de Murcia y parte menor de la de Albacete), Navarra (provincia de Pamplona), País Valenciano (provincias de Alicante, Castellón de la Plana y Valencia), País Vasco (viejas provincias vascongadas, antiguas comunidades autónomas de Álava. Guipúzcoa y Vizcaya).
Como consecuencia de estos "acuerdos" fueron suprimidos, sin ser mencionados los antiguos reinos de León, Castilla y Toledo, y su lugar en el mapa de España fue ocupado por cinco regiones, Comunidades Autónomas, de nueva invención: Castilla-La Mancha (compuesta por las provincias de castellanas de Cuenca y Guadalajara, y las toledano-manchegas de Albacete, Ciudad Real y Toledo); Castilla y León (conjunto de las provincias leonesas -León, Zamora, Salamanca, Valladolid y Palencia- y las cuatro castellanas de Burgos, Soría, Segovia y Ávila); Cantabria (hasta entonces provincia castellana de Santander, antigua Montaña de Burgos); La Rioja (antes provincia castellana de Logroño, antiguas comarcas de La Rioja y los Cameros); y Madrid (hasta entonces provincia de Madrid, creada en 1833 con tierras castellanas de Segovia, Guadalajara y Madrid).
La aplicación de las denominaciones de "nacionalidades" y regiones, que la Constitución establece, quedó al libre criterio de los propios estatutos de autonomía. Hay que consultar éstos para saber qué comunidades autónomas se denominan regiones y cuales otras se autocalifican de nacionalidades.
El Estatuto vasco dice, en su Art. 1º', que el pueblo vasco se constituye en comunidad autónoma dentro del Estado español como expresión de su nacionalidad.
El de Cataluña declara en el Preámbulo que la libre solidaridad entre las nacionalidades y regiones es la garantía de la auténtica unidad de todos los pueblos de España. Y en el Art. 1º dice que, como nacionalidad y para acceder a su autogobiemo, se constituye en comunidad autónoma.
El de Andalucía, en su Art. 1º declara que, como expresión de su identidad histórica y en ejercicio de] derecho a la autonomía que la Constitución reconoce a toda nacionalidad, se constituye en comunidad autónoma.
El de Valencia declara, en el Preámbulo, que el moderno País Valenciano proviene del histórico Reino de Valencia. Y en el Art. 1º establece que el pueblo valenciano (... ) se constituye en comunidad autónoma (... ) como expresión de su identidad histórica, en el ejercicio del autogobierno que la Constitución reconoce a toda nacionalidad.
Los de Cantabria, La Rioja, Murcia, Baleares yExtremadura mencionan su identidad regional histórica.
Los Aragón y Canarias dicen que como expresión de su identidad histórica y para acceder a su autogobiemo se constituyen en comunidad autónoma.
Los de Asturias, Castílla-La Mancha y Madrid no emplean calificación alguna al declarar que se constituyen en Comunidad Autónoma.
El Estatuto de Castilla y-León declara en su Art. 1º que Castilla y León se constituyen en comunidd autónoma de acuerdo con la vinculación histórica y cultural de las provincias que la integran.
Inteligentemente los autores de la Constitución renunciaron a definir qué entendían por nacionalidad y qué por región (el asunto se presta a toda clase de lucubraciones) dejando a cada comunidad- autónoma que se autocalificara como quisiera, con lo que reafirmaba la equivalencia de ambas denominaciones ante la Constitución.
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No nos detendremos sobre los procesos autonómicos que, de acuerdo con los preceptos constitucionales, dieron por resultado el reconocimiento de Andalucía, Aragón, Asturias, las Islas Baleares, las Islas Canarias, Cataluña, Extremadura, Galicia, Murcia, Navarra, el País Valenciano y el País Vasco (conjunto de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya) como Comunidades Autónomas del Estado español y la concesión de sus respectivos Estatutos autonómicos. Todo ello concuerda con la realidad evidente de todos estos pueblos, regiones o nacionalidades cuyos orígenes históricos y existencia actual -geográfica y humana- nadie puede cuestionar.
Sí resulta asombrosa, al grado de inconcebible, la eliminación en el conjunto de los pueblos de España de los antiguos reinos de León, Castilla y Toledo (o Castilla la Nueva), tan reales, tan históricos y tan eminentes, por lo menos, como cualquiera de los antes mencionados.
¿Puede alguien en sus cabales pensar en separar las provincias de Cataluña, Galicia o Andalucía y agregarlas a las de una región vecina o dejarlas sueltas para crear nuevas comunidades autónomas?
¿Cómo han sido posibles tamañas incongruencias? se pregunta uno con estupor. ¿Es que León y Castilla no son nacionalidades o regiones que integran España y sí lo son los recién concebidos conglomerados castellano-leonés y castellano-manchego?.
Por otra parte la Constitución proclama, en su mismo Preámbulo, su Voluntad de proteger a todos los pueblos de España en el ejercicio de sus culturas y tradiciones; y con tal fin en el Art. 2 reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de todas las nacionalidades y regiones que integran la nación española. Peregrina manera de proteger la personalidad colectiva de los pueblos leoneses y castellanos y sus respectivas culturas y tradiciones esta que elimina el antiguo reino de León como tal, y divide el de Castilla en cinco pedazos, de los cuales uno lo junta con León, tres quedan sueltos como nuevas regiones- y el quinto lo agrega al antiguo reino de Toledo, que también desaparece como tal. El resultado de este monumental embrollo -además de suprimir milenarias entidades nacionales históricas para formar otras nuevas arbitrariamente concebidas- ha sido aumentar a diecisiete el número de las nacionalidades o regiones que componen el Estado español, que por antiquísima historia política son quince. El asunto es grave y requiere atención.
En junio de 1978 se promulgó un Real Decreto-Ley que aprobaba el régimen preautonómico para Castilla y León, el cual no prejuzgaba "la existencia, contenido ni alcance del Estatuto de Autonomía que en su día Castilla y León puedan alcanzar". La preautonomia se establecía a partir de las provincias de Ávila, Burgos, León Logroño, Palencia, Salamanca, Santander, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora, es decir el conjunto de todas las provincias que entonces formaban las regiones de León y Castilla la Vieja; no incluía, pues, las tierras castellanas de las cuencas del Tajo y el Jucar. Se creó un Consejo General de Castilla y León. Participaron en el proceso autonómico los parlamentarios, las diputaciones provinciales y los ayuntamientos de las provincias especificadas en el citado real decreto.
El desarrollo del proceso autonómico de esta nueva región fue largo, difícil y estuvo lleno de incidentes. Las provincias castellanas de Santander y Logroño pronto se apartaron de él. Claro estaba que la gran mayoría de los habitantes de estas provincias se sentían ajenos a esta recién creada entidad regional. También hubo gran oposición al ingreso en la nueva comunidad autónoma en las provincias de León y Segovia, que presentaron sendos recursos ante el Tribunal Constitucional. Por fin el Estatuto de Autonomía de Castilla y León fue aprobado por Ley Orgánica de las Cortes en febrero de 1983. Fue el último y el de tramitación más difícil de los diecisiete establecidos. Segovia no se integró en el proceso autonómico; y posteriormente fue incorporada a la nueva Comunidad Autónoma por Ley Orgánica promovida por el Gobierno central (que alegó para ello motivos de interés nacional) con la oposición expresa de la gran mayoría de los ayuntamientos de la provincia y contra la opinión general de los segovianos. Es este un hecho sobre el que ahora no vamos a insistir; pero la incorporación de un gran territorio de vieja y singular historia, contra la voluntad de sus ciudadanos, a una nueva región que éstos consideran ajena, es algo que desde un punto de vista político y moral no puede considerarse como un mero trámite legal o un incidente baladí.
Otro complejo conglomerado regional es el que con el nombre de Castilla-La Mancha obtuvo su estatuto de autonomía en el verano de 1982. Está formado por las tierras castellanas de las provincias de Guadalajara y Cuenca, la Castilla repoblada y organizada por Alfonso VIII (111 de Castílla), el principal de los reyes castellanos que no reinaron en León, las toledanas y manchegas de las provincias de Toledo, Ciudad Real y Albacete, y algunas comarcas, de estirpe murciana, de esta última provincia.
Es una región hecha precipitadamente con retazos procedentes de los antiguos reinos de Castilla, Toledo y Murcia carentes de unidad histórica, cuya única ligazón -y no completa- es la vasta comarca de la Mancha que abarca parte importante de la provincia de Toledo, toda la de Ciudad Real, parte menor de la de Cuenca y mayor de la de Albacete -incluida la capital-, pero que no toca la de Guadalajara.
Durante el proceso, autonómico de esta nueva entidad, en el que el entusiasmo de los ciudadanos brilló por su ausencia, hubo oposición entre gente de Guadalajara y Cuenca que se considera castellana.
La Montaña cantábrica, que desde la aparición en su suelo del nombre de Castilla y la lengua castellana - hacia el año 800- hasta un milenio después, cuando se creó la provincia de Santander, vivió unida a Burgos, como hermana mayor y marinera, obtuvo un Estatuto de Comunidad Autónoma, con el nombre de Cantabria, en diciembre de 1981. Al igual que la Rioja, ante la perspectiva inmediata de ser incorporada a la nueva entidad castellano-leonesa, ajena totalmente a su historia y tradición comarcal, prefirió acogerse al derecho a la autonomía uniprovincial que la Constitución otorga.
En un principio el Gobierno español, encabezado entonces por Adolfo Suárez, pretendió incluir las provincias de Santander y Logroño en el nuevo ente regional de Castila y León, a lo cual los santanderinos y los riojanos se opusieron. La provincia de Logroño obtuvo su autonomía con el nombre de La Rioja; y en mayo de 1981, en el monasterio de San Millán de la Cogolla -patrono de Castilla- se rubricó el proyecto de Estatuto que al año siguiente fue aprobado por las Cortes.
Es de notar que los mismos partidos políticos que propiciaron la creación del conglomerado castellano-leonés, se opusieron a las autonomías propiamente castellana y leonesa y forzaron la incorporación de Segovia a la ya constituía Comunidad Autónoma de Castilla y León, fueron los que con su gran influencia decidieron las autonomías uniprovinciales de Cantabria y La Rioja. Más adelante veremos los pequeños porqués de estas aparentes incoherencias.
Por último, la provincia de Madrid, formada en la reforma de Javier de Burgos con tierras de antiguo madrileñas y otras de las provincias vecinas de Segovia y Guadalajara "todas ellas inequívocamente castellanas (16)" se convirtió en 1983 en una nueva región uníprovincial autónoma que incluye en su territorio la ciudad de Madrid, capital de España según establece el Art. 5 de la Constitución, la cual, con su aplastante peso demográfico domina y tiene de hecho a su servicio los pueblos de la provincia, que pierden día a día la personalidad que otrora tuvieron en la historia castellana para convertirse en indiferenciados satélites económicos y políticos de la gran urbe metropolitana. Pero esto requiere comentarios aparte.
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La idea de suprimir del mapa de España León, Castílla la Vieja y Castilla la Nueva para poner en su lugar cinco regiones de nuevo invento, mientras se mantenían en su lugar todas las demás regiones históricas de España, no hubiera osado proponerla nadie en 1931, a sabiendas de que habría sido objeto de inmediato rechazo general. (La II República, al establecer el Tribunal de Garantías Constitucionales asignó en él un magistrado en representación de cada una de las entonces quince regiones). ¿Cómo pudo ser una realidad en 1983? En los profundos cambios en el país entre esta fecha y la de 1936, principalmente en los aspectos políticos y culturales, se halla en gran parte la explicación.
Todos los españoles habíamos aprendido entonces, desde la escuela primaria e incluso muchos analfabetos lo sabían, cuáles eran las quince regiones históricas de España y qué provincias incluía cada una de ellas. Era la época en que a la cabeza del Centro de Estudios Históricos de Madrid y de la Academia de la Lengua estaba Menéndez Pidal, y en la Junta para la Ampliación de Estudios, Ramón y Cajal. En los mapas escolares, las publicaciones oficiales (Instituto Geográfico y Estadístico), los atlas geográficos y las enciclopedias (Espasa) entonces en uso el reino de León (las expresiones País Vasco, País Valenciano y País Leonés son más recientes) figuraba con sus cinco provincias de León, Zamora, Salamanca, Valladolid y Patencia (por este orden las indicábamos en el mapa). El conocimiento de los orígenes de Castilla y su desarrollo en la Edad Media, como entidad diferente de la monarquía, leonesa, así como los orígenes del romance castellano en la raya vasco-cántabra de Castilla Vieja y su expansión por tierras de Burgos y la Rioja, había avanzado mucho. Don Ramón ya había publicado La España del Cid y los Orígenes del español, y creaba escuela entre los historiadores y lingüistas. Se habían estudiado las Glosas Emilianenses y las Glosas Silenses, el Cantar de Mío Cid, el Poema de Fernán González y la obra de Berceo, así como multitud de documentos castellanos, desde los puntos de vista histórico y lingüístico. Mucho habían avanzado también las investigaciones históricas sobre los orígenes del reino de León, heredero del de Oviedo. Muy importantes fueron los estudios lingüísticos sobre el viejo romance asturleonés, continuador del antiguo romance hispanovisigodo de Toledo, realizados tanto en documentos escritos (Fueros de Avilés, Zamora, Salamanca, Ledesma, Alba de Tonnés y otros lugares, y documentos notariales) como en trabajos de campo en algunas de las muchas comarcas donde en aquellos años el lenguaje leonés aún estaba vivo. Se conocía bien la personalidad histórica del conde Pedro Ansúrez y la fundación de Valladolid, y las figuras de sus hermanos y sobrinos que de la leyenda literaria habían pasado a la realidad de la historia leonesa.
Era, pues, mucho lo que sobre el antiguo reino de León, su historia y su cultura se sabía; y mucho también lo que de las nuevas generaciones de estudiosos se esperaba. Jóvenes preparados en la nueva escuela que pronto habrían podido continuar, ampliar y corregir la obra de sus maestros con nuevas ideas en un ambiente de mayores recursos y más amplios horizontes que el de la formación de sus padres y abuelos. Todo aquello, trabajos en curso y esperanzas en los noveles historiadores y filólogos, fue interrumpido, arrumbado -y aun prohibido- al final de la guerra civil. Mucho tiempo hubo de pasar antes de que en las universidades españolas los estudiosos de la historia pudieran trabajar con alguna libertad y tener amplio acceso a las fuentes de información nacionales y extranjeras. Algunos de los que iniciaron su formación antes de la guerra civil (Lapesa, Caro Baroja, Tovar, Alvar ... ) llegaron a realizar excelente obra.
Resultado de las graves alteraciones y profundos cambios producidos en toda España y en todos los sectores de la sociedad española en el transcurso de los años 1936 a 1975 fue que, cuando durante la transición de la dictadura al régimen constitucional (1975-1978) reventó la cuestión de las nacionalidades, durante tanto tiempo violentamente reprimida, y se planteó con dramática urgencia la necesidad de las autonomías, primero en Cataluña y en el País Vasco y después en otras partes (Galicia, Andalucía, Canarias, Valencia,...) hasta abarcar todo el territorio nacional, el conocimiento de¡ problema, los criterios para abordarlo y la necesidad de resolverlo eran muy diferente y aun contradictorias en las diversas nacionalidades y regiones. Fue éste, sin duda, uno de los aspectos más dificiles y trascendentales de la transición,
Ya hemos mencionado que durante la dictadura y con motivo del problema de los nacionalismos y los regionalismos se había producido, sorda y lentamente, en la conciencia nacional de los españoles una gravísima dicotomía cuyos efectos aún perduran. El intento de extirpar en toda España los nacionalismos particulares, los regionalismos y las diversas culturas tradicionales e imponer la unidad absoluta de sentimientos y cultura lo emprendió el francofalangísmo de dos maneras: por la violencia, en los países donde las aspiraciones autonomistas tenían mayor arraigo, y mediante el halago y el secuestro de la memoria histórica, allí donde la conciencia regional era más débil. La primera, como era de prever, produjo efectos contrarios a los buscados, pues aumentó el resentimiento de los catalanes y los vascos contra el gobierno central y exaltó el nacionalismo separatista. La segunda sólo consiguió despertar algunas antipatías hacia los catalanes y los vascos a la vez que alejó a los leoneses, los castellanos y los toledanos del conocimiento de sus respectivas regiones y culturas, de tal forma que cuando llegó el momento de la regionalización constitucional de toda España los antiguos reinos de León, Castilla y Toledo eran borrados del mapa y sus lugares ocupados por otros entes regionales establecidos sin consultar siquiera a los pueblos afectados, mientras las demás nacionalidades y regiones surgían a una nueva vida colectiva con su conciencia y sus esperanzas reforzadas. Los leoneses -al igual que sus vecinos los castellanos- "españoles ejemplares, que no querían saber nada de regionalismos ni de federalismos, porque lo único que les interesaba era la unidad de España", tuvieron que ver en 1983 cómo su milenario reino desaparecía del conjunto de los pueblos de España, ante la indiferencia general de los españoles, y su territorio era incorporado a un híbrido conglomerado denominado "Castilla y León" que no es Castilla, ni es León ni es Castilla más León, sino León con una parte minoritaria de Castilla.
En circunstancias de gran confusión, ignorancia y general escepticismo comenzó a sentirse en tierras leonesas la necesidad de abordar la cuestión de la autonomía regional que la nueva organización de¡ Estado español planteaba a todos los pueblos de España. Muchos de los habitantes del País Leonés, desconocían lo que éste era, incluso como mera parte geográfica de la Península Ibérica, y cuál su historia o pasado nacional. Tenían sobre ello ideas confusas y erróneas, entre las que predominaban las que el francofalangismo les había impuesto doctrinalmente, coincidentes en muchos aspectos con las de los caciques agrarios del siglo XIX y primer tercio del XX. La confusión era general, y se extendía por encima de las fronteras ideológicas. La idea confusa de una Castilla que incluía el reino de León y abarcaba la cuenca de] Duero estaba muy generalizada y lo mismo la sostenían los socialistas que los herederos políticos de Onésimo Redondo. La definición geográfica del reino de León que los españoles aprendíamos con las primeras letras antes de la guerra fratricida, en 1976 era "anticuada" para las nuevas generaciones. La visión geográfica de una gran Castilla indiferenciado de León y centrada en torno a la Tierra de Campos era común en esta vasta comarca. Tal era el ambiente general en que habría de desarrollarse el proceso autonómico en el País Leonés cuando en 1978 se proclamó la Constitución democrática.
Mas a pesar de todos los errores y todas las dificultades, el leonesismo - amor al País Leonés, interés por su historia y su cultura, y voluntad de pervivencia como colectividad nacional- no había muerto y, en lo más hondo, sus raíces se mantenían vivas y la conciencia colectiva aún alentaba. La memoria histórica había encontrado refugio en algunos grupos de intelectuales conscientes de su deber de mantenerla y desarrollarla. No sólo en la ciudad de León y su provincia homónima, sino también en otras partes del país, especialmente en tierras de Zamora, no menos leonesas que las de León, y en Salamanca, principalmente en el ámbito universitario.
El proceso autonómico comenzó, pues, en León y en Castilla en muy difíciles circunstancias. En él fueron determinantes la actitud del Gobierno de UCD, que encabezaba Adolfo Suárez y tenía la iniciativa, y la del PSOE, principal partido de la oposición. Como UCD y los dos gobiernos que formó -primero el de Adolfo Suárez y luego el de Leopoldo Calvo Sotelo- tuvieron corta vida, el proceso autonómico hubo de acabarlo el PSOE, de acuerdo con lo que en 1981 había pactado con UCD.
Partido de circunstancias, fonnado precipitadamente para cubrir desde el gobierno la etapa decisiva de la transición pacífica a un régimen constitucional con el apoyo de la oposición, UCD no tenía un pensamiento maduro sobre la España de las nacionalidades y regiones autónomas que, de acuerdo con la Constitución, era preciso establecer.
El PSOE fue el grupo decisivo, tanto en la elaboración del código constitucional como en el desarrollo de los procesos autónomos, siempre dentro del amplio consenso pluripartidista que dominó esta etapa. Partido de larga tradición democrática en 1979 había cumplido un siglo de existencia- y conocedor de la vida y la historia política de España, el PSOE había considerado siempre -hasta 1936- la cuestión de las nacionalidades como asunto de menor importancia. La idea de que el único problema que la sociedad humana tenía planteado para su buen gobierno era el de la lucha de clases general en el socialismo del siglo xix- no le había permitido prestar la debida atención al problema que la pluralidad del país implicaba. Fueron las nuevas generaciones socialistas, que recientemente se habían hecho cargo de la dirección del Partido, las que comenzaron a percibir la importancia que la cuestión nacional tenía en España. La incorporación de los socialistas catalanes, que dieron al PSOE una base popular que nunca antes había tenido en Cataluña (ni hubiera podido tener con su vieja mentalidad centralista) ayudó muchísimo en este vital asunto.
Ya en 193 1 el PSOE, al tratar la cuestión de las autonomías regionales -el término nacionalidades, como el de federalismo eran entonces tabúes- manifestó claramente su criterio en dos puntos: a) apoyar por igual toda reivindicación autonómica encaminada a lograr el reconocimiento de la personalidad regional; b) exigir la previa consulta al pueblo antes de asentir al estatuto autonómico de una personalidad regional.
En 1978 durante la discusión del proyecto constitucional los representantes del PSOE manifestaron reiteradamente que de ninguna manera pretendían dar trato desigual a las diferentes nacionalidades o regiones, pero que si las diferentes condiciones de cada una de ellas podían obligar a distintos procesos, era evidente que cuando todas hubieran llegado a las mismas condiciones tendrían los mismos derechos finales, de manera que en cinco o diez años pudiera estar consolidado el Estado español de las autonomías en un mismo nivel para todas las nacionalidades y regiones. Es decir, reiteraba el reconocimiento de iguales derechos autonómicos para todas.
El principio histórico en el reconocimiento de las entidades autónomas se halla reiteradamente en el texto constitucional, unas veces de manera tácita, otras explícitamente, Hay en muchos casos un enlace con este principio y un claro respeto de la Constitución a la identidad histórica (1 7). El mapa de las actuales Comunidades Autónomas pone a primera vista de manifiesto, en la gran mayoría de ellas, la coincidencia de su demarcación territorial con los límites del correspondiente reino medioeval (Asturias, Galicia, Aragón, Navarra, Valencia, Mallorca, Murcia), o la suma o conjunto de varios (Andalucía es el conjunto de los antiguos reinos de Córdoba, Jaén, Sevilla y Granada, suma a la vez de los más pequeños reinos de taifas), o de antiguos estados independientes (Cataluña es el resultado de la reunión en el gran condado de Barcelona de los primitivos condados catalanes; el País Vasco es el conjunto de las antiguas comunidades, después señoríos, independientes de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa), o de tenitorios históricamente bien diferenciados (Extremadura, procedentes de la antigua Utremadura leonesa; y el archipiélago de las Islas Canarias).
Los Estatutos de Cataluña y el País Vasco mencionan su "nacionalidad"; el de Galicia, su "nacionalidad histórica"; los de Andalucía, Valencia y las Islas Baleares, su 'identidad histórica", como también Aragón; el de Asturias utiliza la denominación de Principado de Asturias (aunque el primitivo reino de Oviedo fue muy anterior); el de Navarra, la de Comunidad Foral. En todos ellos es evidente el reconocimiento de la historia como base fundamental de la respectiva "región" o "nacionalidad". Una vez más, la realidad por todos reconocida: las nacionalidades son, ante todo, productos de la historia.
Promulgada la Constitución que define a España como una nación de nacionalidades y regiones históricas y establece la Estructura del Estado español como conjunto de unidades Autónomas, quedaba a cargo de los españoles instaurar en cada nacionalidad o región la comunidad autónoma correspondiente.
En esta etapa, como en la constitucional, fueron decisivas las actuaciones de la UCD, como partido gobernante, y del PSOE, como principal grupo parlamentario la oposición. La actuación de la UCD se caracterizó por el oportunismo político la improvisación; la del PSOE, sin dejar de utilizar ambos, tuvo más profunda base ideológica.
En 1977 los socialistas propugnaban abiertamente el Estado federal; y así lo afirman Felipe González y Alfonso Guerra en un libro sobre el P.S.O.E. (18).
"Es cierto que en algunos de los pueblos que aspiran a la autonomía se ha hablado mucho durante largos años, para acuñar su propia personalidad, de nacionalidades, en otros de países, y en otros de regiones. Yo no veo ninguna incompatibilidad, a no ser doctrinal, entre el empleo del término nacionalidad, país o regionalidad, y el empleo del término que comprende a todos, como es el de nación española" "El proceso autonómico es muy delicado por eso hay que tratarlo descargándolo de todo contenido demagógico"(19).
El proceso autonómico "podría ser desastroso para el país si se hiciera a la ligera", "Los socialistas no podemos recaer en planteamientos que por demasiado simplificadores aboquen a un sentimiento de frustración subsiguiente a la realización del proceso autonómico" (20).
Felipe González, como dirigente del PSOE, defiende reiteradamente el respeto a los derechos de la personalidad diferenciada de los pueblos que componen España. La autonomía como camino hacia el federalismo es la tesis fundamental del discurso que pronunció en el Congreso de los Diputados en julio de 1978. "Queremos la autonomía para todas las regiones y nacionalidades de España; no un planteamiento autonómico para tal o cual nacionalidad o región". "Nosotros, que tenemos una aspiración que no ocultamos de carácter federalista, hemos comprendido que no es este el momento histórico de hacer una formulación federalista". "Los socialistas hemos defendido, defendemos y defenderemos en el futuro la unidad de España. El federalísrno puede ser el resultante final de un largo proceso histórico que garantice en el futuro esa unidad" sigue diciendo el orador "El Estado de las autonomías en su desarrollo (…) se parecerá mucho, se quiera o no, a un estado federal a ese federalismo que sigue en nuestro programa" (21).
En febrero de 1979, el secretario general del PSOE hace unas declaraciones públicas sumamente prudentes y de gran valor cívico. "El proceso autonómico -dice-, como todo proceso que tiene una dimensión histórica, hay que verlo con tranquilidad y con perspectiva histórica. Creo que lo contrario es hacer una demagogia peligrosa" (22).
Meses después insiste en evitar las precipitaciones: "En el mes de febrero – dide-manifesté mi preocupación sobre las autonomías, problema de dimensión histórica que no puede estar sometido ni a presiones obstruccionistas ni a tensiones demagógicas", "Un proceso autonómico que ha de colocamos en la frontera de un Estado federalizado tiene que evitar las precipitaciones que nacen de fuerzas centrífugas, porque su verdadero sentido es el aumento de la solidaridad entre pueblos diferenciados. Para ello hay que impedir discriminaciones. (…) Pero (…) para que la igualdad sea real, tiene que admitir el derecho a la diferencia (,..) que justifica el desarrollo autonómico. Para que el tratamiento no sea desigual, hay que evitar la discriminación" (23).
Ante la ligereza con que el gobierno presidido por Adolfo Suárez está otorgando preautonomías, el dirigente de la oposición critica: "El gobierno está pagando el precio de habernos colocado en la pendiente de las autonomías de mala manera. Se subió a la cresta de la ola pretendiendo ser más autonomista que nadie (…); de este modo creó problemas ficticios y esto es lo preocupante y de lo que ahora se da cuenta".
Entonces, en un punto importante, cambia de opinión: "Durante mucho tiempo - declara- he pensado que el cambio estructural del Estado nos va a exigir veinte años, Es decir, que al final del siglo podríamos acabar el proceso autonómico. Ahora creo que debe llegarse cuanto antes a estatutos de autonomía en todas las regiones y en todas las nacionalidades de este país con igual techo de competencia".
En la cuestión de las autonomías "hay que respetar la conciencia colectiva". Hay, por otra parte, autonomías muy complejas" (24).
El PSOE insiste en señalar que el fin primordial de los estatutos de autonomía es resolver el problemas de las nacionalidades. El Comité Federal aprueba en enero de 1980 una resolución sobre política autonómica que comienza afirmado: "La actuación autonómica de los socialistas se basa en el respeto a la identidad de los diferentes pueblos que componen España" (25).
En el verano de este año los monárquicos liberales José María de Areilza y Antonio de Senillosa habían aceptado plenamente la definición de España corno nación de naciones (26).
En el mes de diciembre Felipe González hace de nuevo declaraciones que manifiestan la importancia que para él tiene la cuestión de las autonomías: "A mi me preocupa menos -afirma- perder unas elecciones que completar correctamente las autonomís" (27).
Ante nuevas circunstancias - tras el fallido golpe de Tejero- el dirigente socialista declara, en marzo de 1981, que sería un error dramático frenar el proceso autonómico. "Lo que debe hacerse es encauzarlo y darle el ritmo que la historia le exige"(29).
Gregorio Peces-Barba, en una entrevista con motivo de la publicación de su conocido libro La Constitución española de 1978, destaca el concepto constitucional de España como nación de naciones y afirma la equivalencia fundamental entre el federalismo y el Estado de las Autonomías. "El Estado de las autonomías -dice- es el federalismo" (29).
Del propio texto constitucional y de todo lo anteriormente expuesto sobre él se deduce, sin lugar a dudas, que las Comunidades Autónomas a que la Constitución en múltiples artículos se refiere, tienen por objeto primordial resolver la cuestión de las nacionalidades, cuyo origen está en la misma naturaleza plural de la nación española. Todos los demás asuntos (económicos, geográficos, administrativos, etc.) relacionados con las autonomías, por muy importantes que sean -y efectivamente lo son mucho-, derivan de esta cuestión radical: la de las nacionalidades (o su equivalente, las regiones).
En abril de 1981 el presidente del Gobierno español, Leopoldo Calvo Sotelo, y el secretario general del Partido Socialista Obrero Español, Felipe González, decidieron de común acuerdo crear una comisión de siete expertos para elaborar estudios y propuestas sobre la cuestión de las autonomías, todos ellos distinguidos profesores universitarios de derecho público, presidida por el prestigioso jurista Eduardo García de Enterría.
El primer dictamen de los expertos @ayo de 1981- examinaba el llamado mapa autonómico", e indicaba la conveniencia de reducir el número de las comunidades autónomas. Las de Cataluña, el País Vasco, Galicia, Andalucía y Navarra, por una u otra razón, quedarían al margen de la proyectada ordenación. Los técnicos se manifestaban contrarios a la creación de comunidades basadas principalmente en criterios "historicistas", y. consideraban inviables las de Cantabria, la Rioja y Murcia-, e incluso apuntaban la posibilidad de dar marcha atrás en estos casos, utilizando medios políticos (pactos entre partidos) o requisitos legales (mínimos de extensión territorial o de población) para poder acceder a la autonomía. En los aspectos económicos, administrativos y legales expresaban opiniones y hacían propuestas propias de profesionales en sus respectivas materias.
Este primer dictamen de los "expertos" sobre las autonomías es, a todas luces, obra de tecnócratas profesionalmente acostumbrados a considerar los problemas con criterios primordialmente administrativos y financieros, a los que subordinan todos los demás aspectos de la cuestión, incluso el origen, la naturaleza y la finalidad de ésta, es decir: "el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran la nación española" (que el Art. 2 de la Constitución reconoce y garantiza) como instrumento para "el ejercicio de las culturas, tradiciones e instituciones de todos los pueblos de España" (que el Preámbulo proclama proteger). El dictamen refleja el ambiente cultura], universitario y oficial de la España de los autores: concepción unitaria de la nación y el Estado, y función homogeneizadora del Gobierno central. Lo que lógicamente lleva a un enfoque legalista y tecnocrático de las autonomías como un problema de administración territorial, y no de organización de un nuevo Estado idóneo para una nación plural y compleja.
El problema de las nacionalidades en general no se puede entender con criterios legalistas e instrumentos de calibración objetiva, pues es, sobre todo, una cuestión de sensibilidad ante estados de conciencia colectiva, un asunto que requiere ser abordado con receptívidad para el sentir ajeno. El patriotismo no se puede imponer ni prohibir con leyes, y menos con leyes no bien establecidas.
La oposición a los argumentos históricos es frecuente entre quienes quieren crear artificiosamente naciones nuevas a contrapelo de la historia, previa eliminación de su territorio de las entidades de vieja tradición nacional. Los reformadores de los mapas geopoliticos suelen combatir hoy a los defensores de las nacionalidades tradicionales -motejándolos de "historicistas" apegados a lo viejo- en nombre del progreso; "nunca mirar atrás, siempre adelante" es su lema, no exento de demagogia.
Las naciones -y esto es lo único en que unánimemente coinciden los estudiosos del tema- son productos de la historia, de muy lenta y complicada gestación. Sin saber su historia, no es posible entender bien una nación. La voluntad de los individuos que la integran, libremente manifestada, y los antecedentes históricos son generalmente los dos argumentos de mayor validez en las disputas en torno a las cuestiones nacionales. Descalificar por "hístoricistas" a quienes profundizan en la historia de una nación para su mejor conocimiento, es cosa tan carente de razón como lo sería tildar a un matemático de demasiado inclinado al rigor.
España es una realidad nacional muy compleja que la historia ha creado a partir -por lo menos- de la Alta Edad Media'. El número de los pueblos -nacionalidades o regiones- que la componen y sus características (extensión territorial, etc.) son los que la misma historia ha conformado; y no es cosa de cambiarlos porque no sean del agrado de los economistas, los administrativistas o los legistas. Como datos de referencia tenemos los siguientes: En los Estados Unidos, el estado de Rhode Island es territorialmente doscientas veinte veces menor que el de Tejas; y tiene una población dieciocho veces menor que la de California. Australia, con una superficie de cerca de ocho millones de km2, está dividida en seis estados autónomos, un territorio (administrado por el gobierno federal) y un distrito capital. Suiza, en 4 1.000 km' contiene veinticinco cantones autónomos, algunos treinta veces más pequeños que la provincia de Segovia.
El informe de los expertos en los aspectos políticos mencionados denota un gran distanciamiento entre los prejuicios doctrinales de los informantes y la naturaleza del fenómeno nacional español.
El informe propiamente técnico de los expertos lleva fecha de 7 de julio de 1981. Los acuerdos autonómicos firmados por el Gobierno de la nación y el Partido Socialista Obrero Español están fechados el 3 1 de jul io(15).
El asunto del mapa autonómico se planteó mal desde el comienzo. Debió ser un comité de conocedores de la cuestión de las nacionalidades el que hiciera el estudio inicial sobre cuántas y cuáles son las nacionalidades y regiones que de acuerdo con el espíritu y la letra de la Constitución deben integrar el Estado español de las Comunidades Autónomas. Después es cuando habría procedido que una comisión de juristas y economistas propusiera los instrumentos más convenientes para poner en obra el proyecto establecido. Por último no se debió hacer nada sin el previo consentimiento -tras la debida información- de los pueblos afectados, con proceder no menos democrático que en los casos de Cataluña, el País Vasco, Galicia y Andalucía. Y aquí es de recordar que ni los parlamentarios ni los diputados provinciales que decidieron el comienzo de los respectivos procesos autonómicos tenían autoridad para concertar estatutos de autonomía en nombre de los ciudadanos que los eligieron, pues en la campaña electoral no dijeron cómo pensaban ni cual iba a ser su voto – decisivo - sobre tan fundamental cuestión. Probablemente en más de una provincia no hubieran sido elegidos los diputados y los senadores que las representaron si se hubieran adelantado a decir que harían lo que, sin tener en cuenta la opinión popular, hicieron.
Hoy, a pocos años de distancia nos produce estupor y honda amargura pensar que nacionalidades de tan insigne y vieja historia como León y Castilla han sido borradas del mapa por un simple y rápido acuerdo entre un grupo de políticos sin el consentimiento de los respectivos pueblos, explícita, libre y democráticamente manifestado. Esto cuando constantemente los medios de comunicación nos dan noticias, procedentes de muchos lugares de Europa, de ardorosas manifestaciones populares en defensa de la autonomía y el porvenir de nacionalidades y regiones no más ilustres ni de más brillante historia que Castilla o León (Estonia, Letonia, Lituania, Eslovaquia, Eslovenia, Croacia, Moidavia ... ).
La poderosa resurgente Alemania no funde las dos partes en que desde 1945 estaba dividida en una gran Alemania Una, ni inventa nuevas entidades federadas: comienza por restaurar en la Alemania Orienta] los tradicionales países (Laender) autónomos, que individualmente se incorporan a la Alemania Federal.
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Según la Constitución, todas las nacionalidades o regiones de España podían acceder a la autonomía por dos caminos: el ordinario, previsto en el Art. 143.2; y el extraordinario, regulado en el Art. 151.2. Por este segundo procedimiento obtuvieron su autonomía Cataluña, el País Vasco, Galicia y Andalucía. Todas las demás comunidades autónomas tramitaron sus respectivos estatutos según el Art. 143. Caso excepcional fue e] de Navarra, que consiguió la autonomía por una Ley Orgánica especial.
A continuación resumimos brevemente cómo transcurrió el proceso autonómico y cuáles fueron las circunstancias que llevaron a la eliminación del País Leonés del mapa de las comunidades autónomas, y al asentamiento de cinco entidades de nueva invención en el territorio que fue solar patrio de los viejos reinos de León, Castilla y Toledo.
Ya hemos visto cómo los "agrarios castellanos" o "castellano-leoneses" de 1931 -continuadores de los caciques cerealistas del siglo xix- crearon oportunamente un movimiento regionalista "castellano" o "castellano-leonés" para la defensa de sus intereses económicos; y cómo al triunfo de la rebelión militar de 1936 se incorporaron al franquísmo con natural facilidad.
A la muerte del dictador son los herederos de aquellos caciques los que organizan un nuevo regionalismo "castellano-leonés" con asiento en la cuenca del Duero.
En un ambiente de mayor confusión y común ignorancia del pasado nacional que en 1931, surgen en 1975, siempre con centro en Valladolid, tres movimientos en pro de un regionalismo castellano-leonés (lo de leonés ya se hace formalmente necesario):
1. La Alianza Regionalista Castellano-Leonesa (A.R.C.L.) se funda en Herrera de Duero (Valladolid) en diciembre de 1975. Esta Alianza se-presenta como partidaria de la unión de los castellanos y los leoneses en tomo a un proyecto regionalista independiente de toda ideología política. Para la Alianza Regionalista Castellano-Leonesa la llamada región castellano-leonesa constituye un todo homogéneo histórico-geográfico. En la provincia de León no encuentra eco.
En esta provincia las fuerzas se hallan divididas en el enfoque de la cuestión regional. En una mesa redonda que se efectuó en febrero de 1979. La Unión del Centro Democrátíco, el PSOE y el Gal (Grupo Autonomista Leonés) acuerdan promover la autonomía de la provincia de León, dejando la puerta abierta a las de Zamora y Salamanca. Coalición Democráctica y el PCE apoyan la unión con Castilla.
2. El Instituto Regional Castellano-Leonés (I..R.C.L.), con una definición regional análoga a la de la ARCL, se presenta con carácter antifranquista que no se halla en esta última, El IRCL culpa a los "últimos cuarenta años" -los del franquismo- de la degradación de Castilla y León. El Instituto Regional Castellano-Leonés también considera a Castilla y León como una inseparable unidad. Tampoco arraiga en la provincia de León.
La confusión es entonces general y en algunos casos se manifiesta en actitudes contradictorias. Así la Alianza Popular de León opta por defender la autonomía sola para León, mientras la de Valladolid propugna la de "Castilla y León".
Los argumentos de estos grupos regionalistas son todos de naturaleza económica o económico-geográfica, sin ningún fundamento en la nacionalidad histórica; es más combaten reiteradamente lo que ellos llaman "regionalismo historicista" y huyen de todo recuerdo histórico colectivo.
3. El Partido Nacionalista Castellano-Leonés (PANCAL) también se funda en Valladolid, en 1977. Es un partido que defiende un nacionalismo castellano-leonés exaltado que identifica a León con Castilla- con agrias manifestaciones de anticatalanismo y antivasquismo. Realiza activa propaganda y consigue algunas lamentables declaraciones políticas de Sánchez-Albomoz (30). En la provincia de León no tiene influencia alguna.
En torno a la autonomía leonesa surgen entonces grupos y partidos políticos, la mayoría de vida efímera, cuyas actividades son afectadas por multitud de incidentes personales y políticos.
En el verano de 1977 aparece el GAL (Grupo Autonómico Leonés) con propósitos regionalistas inequívocamente leoneses. Los fines de¡ GAL son claros: Difundir la conciencia y el sentimiento regionalista leoneses; promover actividades culturales en la región; propugnar el Estatuto de Autonomía de la Región Leonesa. La afiliación al GAL es compatible con la pertenencia a cualquier partido político.
El GAL parte de los siguientes principios:
León es una entidad regional bien definida en todos sus aspectos y muy concretamente por su historia y su cultura.
León y Castilla son regiones hístórico-geográficas muy diferentes.
Unir a León con Castilla sería crear una región excesivamente amplía y heterogénea, en la que ambos pueblos perderían sus respectivas personalidades.
León debe evitar un nuevo centralismo con sede en Valladolid que, por su mayor cercanía, resultaría más rígido y oneroso que el hasta entonces ejercido sobre toda España desde Madrid.
El Grupo Autonómico Leonés anhela la autonomía regional porque:
León tiene propia personalidad geográfica, histórica y cultural.
La autonomía es la única manera de poder desarrollar plenamente la región respetando sus características.
Los leoneses no quieren que su vieja región histórica desaparezca, ni que sus comarcas sean desmembradas.
La causa de la autonomía regional de León contó siempre con el apoyo de Comunidad Castellana, asociación cultura¡ a que nos referiremos más adelante.
El Grupo Autonómico Leonés y Comunidad Castellana firman, en octubre de 1977 en Benavente un acuerdo en el que ambas asociaciones proclaman que Castilla y León son dos regiones históricas diferentes; que, en consecuencia, rechazan la formación de una supuesta región castellano-leonesa, perjudicial para el desarrollo de cada una de ambas regionalidades; que solamente a los pueblo s leonés y castellano corresponde decidir sobre su respectiva identidad.
En abril de 1978 el Grupo Autonómico Leonés y Comunidad Castellana firman en Arévalo una declaración conjunta en la que manifiestan su rechazo al propósito que algunos persiguen de "secuestrar el significado de la batalla de Villalar y vincularlo a la afirmación de la supuesta región castellano-leonesa", que carece de autenticidad y no tiene más valor que el de la configuración de una nueva división político-administrativa arbitraria y falsa.
En esta declaración se señala que el movimiento llamado de las Comunidades de Castilla no fue exclusivo de Castilla, sino que en él participaron, de una u otra manera, todos los países de los Reinos de León y de Castilla. Por ello Vill alar no puede reducirse a un símbolo exclusivo de las regiones de León y de Castilla propiamente dichas. Se recuerda también que este movimiento no tuvo el mismo carácter en los diferentes lugares, pero que, valorado en conjunto, puede considerarse como una rebelión popular contra el cesarismo del emperador Carlos V y sus ministros extranjeros, y un intento de limitar el poder real. En este sentido, las entidades firmantes afirman su plena y profunda identificación con el movimiento comunero y las víctimas de la represión imperial.
En enero de 1978 el Grupo Autonómico Leonés publica un proyecto de Estatuto de la Región Leonesa.
El Partido Socialista Popular se manifestó desde el primer momento en pro de una región autónoma leonesa. En las elecciones de 1977 obtuvo más de nueve mil votos en la provincia de León. Este partido acordó disolverse en León en abril de 1978. La mayoría de sus miembros se incorporaron al PSOE.
En 1978 aparecen otros dos grupos regionalistas leoneses: Ciudadanos Zamoranos (CC.ZZ.) y el Grupo Regionalista Salmantino. Para evitar cualquier equívoco que el nombre de León puede suscitar, Ciudadanos Zamoranos propicia desde su constitución el uso del nombre de País Leonés para designar a la Región Leonesa. Aunque CC. ZZ. propugna la autonomía del País Leonés su actuación se limita al ámbito geográfico de la provincia de Zamora.
Estos son los principales grupos que surgen en torno a la autonomía leonesa durante el proceso autonómico regional. Ha habido otros de más corta vida que en un resumen como el presente no es posible reseñar. Mencionaremos solamente al PREPAL (Partido Regionalista del País Leonés), apoyado por el GAL y los CC.ZZ. con sede en Zamora.
Durante esta campaña electoral de 1977 ningún partido se habla definido plena y responsablemente sobre la autonomía leonesa, por lo que las posiciones que cada parlamentario adopta posteriormente no cuentan con el apoyo expreso de sus electores.
El primer partido que en León se define sobre la cuestión de la autonomía regional es el Partido Comunista (carente de representación parlamentaria). El PC se opone a una autonomía para León para evitar la "proliferación" de regiones, y se pronuncia por la opción castellano-leonesa. Según el PC en León no hay conciencia leonesa, lo cual permite a los leoneses escoger "racionalmente" lo que crean más conveniente. Este partido, como en el siglo xix el de los "agrarios", está al margen de todo regionalismo histórico y moral y sólo ve en las autonomías regionales una cuestión de conveniencias económicas.
Dentro de UCD todo es confusión, titubeos y cambios frecuentes de opiniones. El hombre más influyente de este partido, Martín Villa, no toma una postura clara. Algunos son partidarios de una consulta popular.
El PSOE también se mostró indeciso hasta muy avanzado el proceso electoral. Entonces considera que el tren de las autonomías está en marcha y que no puede quedarse en el andén. Baldomero Lozano, en una asamblea de-parlamentarios leoneses, propone una composición paritaria, entre Castilla y León, en los órganos de autogobiemo de la proyectada región castellano-leonesa y una Asamblea propia de León. Después, influido por las opiniones en sus viajes por los pueblos de la provincia propone un referéndum para que el pueblo de León decida si se integra en una región castellano-leonesa o pide la autonomía para León (31). Durante la campaña para las elecciones generales de 1979 Baldomero Lozano preconiza la autonomía leonesa.
El proceso para el establecimiento de la autonomía de una región castellano-leonesa comenzó en Valladolid el 31 de octubre de 1977 con una reunión de diputados y senadores de las once provincias de Ávila, Burgos, León, Logroño, Patencia, Santander, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora. Quedaban fuera de este grupo las provincias castellanas de Madríd, Guadalajara y Cuenca, por lo que la denominación de castellano-leonesa resultaba desde el primer momento inapropiado. Los de Logroño comenzaron por manifestar que dadas las características específicas de la Rioja asistían en calidad de observadores; y los de Santander tomaron una actitud parecida. Los de León declararon que en el proyecto de autonomía que se discutiera debían tenerse en cuenta las circunstancias especiales de su región. A esta reunión no asistieron todos los representantes parlamentarios de las citadas provincias. La Diputación Provincial de León manifestó en nombre de la provincia que ante asunto tan serio el pueblo debía expresar su voluntad y que también era obligatorio oír la opinión de los ayuntamientos. Las divergencias entre la mayoría de los parlamentarios y la Diputación Provincial leonesa eran, pues, manifiestas. Las reuniones y las gestiones así iniciadas para la instauración de la autonomía castellano-leonesa continuaron con muchas complicaciones, pero ya con la ausencia de la Rioja y Cantabria.
El 17 de diciembre se reunió en León la asamblea de parlamentarios. Baldomero Lozano expuso la diferente condición de León y de Castilla, y los parlamentarios leoneses reiteraron su opinión de que era el pueblo leonés quien debía decidir si se incorporaba o no la región que se proyectaba. Los principales promotores de] ingreso de León en la nueva región castellano-leonesa eran los políticos de UCD.
El 18 de marzo de 1978 los parlamentarios de las nueve provincias de Ávila, Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora se reunieron en Ávila y aprobaron un proyecto de preautonomía. Los representantes de León insistieron en la necesidad de la consulta popular. Unos días antes se había celebrado en León una manifestación popular convocada por el PSP, los republicanos, el GAL y otros grupos regionalistas en pro de la autonomía de la Región Leonesa y de un referéndum.
El 2 de junio el Consejo de Ministros aprobaba -junto con otras- la preautonomía castellano-leonesa. El ámbito geográfico de esta región lo constituían en principio las once provincias ya mencionadas (incluía, pues, las de Logroño, Santander y León). Los parlamentarios de cada una de estas provincias decidirían por mayoría de dos tercios su incorporación a la proyectada región. Se establecías los órganos de¡ Consejo General de Castilla y León. Pero el hecho es que no se había logrado la adhesión de las provincias de Logroño, Santander y León a este Consejo General. Era evidente que las dos primeras no se incorporarían, dada la manifiesta oposición popular. En cuanto a León, todo estaba indeciso.
En las elecciones generales del 11 de marzo de 1979 resultan elegidos por la provincia de León cuatro diputados: uno de UCD y dos del PSOE; y tres senadores de UCD Y uno del PSOE. Los parlamentarios de UCD entonces elegidos tuvieron una influencia decisiva en el desarrollo de proceso autonómico leonés. La labor del entonces ministro Rodolfo Martín Villa en pro de la incorporación de la provincia al ente castellano-leonés fue decisiva.
Poco después, el 3 de abril se celebraron las elecciones municipales. El resultado de estas elecciones tuvo mucha importancia para el del proceso autonómico, ya que para el ingreso de la provincia en la región castellano-leonesa era necesaria la aprobación de los dos tercios de los municipios.
Veamos cuál fue la postura de los diferentes partidos políticos ante la cuestión de la autonomía leonesa después de las elecciones. Rodolfo Martín Villa, el dirigente más destacado de UCD en la provincia, manifestaba en una reunión de su partido que "toda decisión sobre la autonomía tiene que proceder de la voluntad popular". Pero al mismo tiempo los dirigentes de UCD consideraban más interesante para su partido y sus carreras políticas la integración de León en una gran región castellano-leonesa. A finales marzo se reunían los dirigentes de UCD en la provincia y acordaban apoyar la opción regional Castilla-León; y como la decisión incumbía a la Diputación Provincia] y a ayuntamientos también acordaron recomendar esta opción a los representantes de UC en estas instituciones. Hubo algunos votos en contra, de partidarios de la autonomía leonesa.
Entre los representantes de UCD por León en el Consejo General de Castillo León, que en principio se pensó fueran los tres senadores, no figuraba Justino de Azcárate, hombre de estirpe. liberal que siempre se había distinguido por defender la peesonalidad histórica de León y que entonces creía oportuno esperar a que madurarara el criterio general sobre tan importante asunto.
El PSOE había manifestado durante la campaña electoral su apoyo a la autonomía leonesa si tal era la voluntad de los leoneses de acuerdo con su personalidad histórica Pero después de las elecciones cambió de actitud y acordó aplazar toda toma de decisión, Las agrupaciones locales estaban divididas.
En marzo de 1980 la dirección provincial del PSOE de León, pasando por alto consultar a la opinión popular que repetidamente habla propuesto, decidía la incorporación de la provincia a la región de Castilla y León.
Coalición Democrática, creyendo ver en amplios sectores del pueblo León un considerable sentimiento regionalista, acordó desde las primeras elecciones alzar la banda del regionalismo.
El PC mantuvo en León una actitud claramente favorable a una nueva gran entidad castellano-leonesa. Como en general todos los partidarios de ésta, las razones con que justificaban su opción eran totalmente ajenas a la cuestión de las nacionalidades, razonesnes geográficas, razones administrativas y sobre todo ventajas económicas y financieras. La memoria histórica, la conciencia, el sentimiento y la voluntad colectiva eran totalmente ajenas a sus consideraciones. Con su actitud y sus opiniones los comunistas leoneses demostraban la carencia absoluta de conciencia regional, y su insensibilidad ante la cuestión de las nacionalidades.
Se habían hecho varias encuestas no oficiales (una de ellas promovida por la Diputación Provincial) para conocer -entre varias posibles- cuál era la opción preferida. La incorporación a Castilla-León resultaba minoritaria. La más popular era la de León solo y la de León solo más la de León con Zamora y Salamanca suman más de la mitad de los opinantes.
El sábado 12 de abril de 1980 antes de que los ayuntamientos de la provincia manifestaran definitivamente sobre la cuestión, un grupo de leoneses convocaba a una manifestación pública en pro de la autonomía leonesa, sin que en la convocatoria aparecieran siglas de ningún partido ni firmantes personales. A ella enviaron adhesión los grupos regionalistas GAL, CC.ZZ. y Comunidad Castellana. El Gobierno civil puso toda clase de dificultades para su realización. El resultado sorprendió a todos, autoridades, prensa, partidos políticos, pueblo en general. Jamás en la historia de León se había reunido tan grande y heterogéneo multitud, ni durante el gobierno de Franco, ni el días de la II República. Pero no pudo evitar que los alcaldes y concejales de UCD obedeciendo las órdenes de sus dirigentes y con el beneplácito del PSOE, aprobaran la integración de León en el nuevo ente regional castellano-leonés. Al día siguiente el Ayuntamiento de León con los votos de UCD, PSOE y PC acordaba seguir la actitud de la Diputación Provincial. Los concejales del PSOE y de UCD declararon estar dispuestos a aceptar el resultado de una consulta popular, pero de hecho sus votos ya habían decidido la incorporación de la provincia de León al conglomerado castellano-leonés sin el consentimiento popular democráticamente manifestado.
La incorporación de la provincia de León al pleno del Consejo General de Castilla y se producía en julio de 1980, Y se iniciaba así una nueva etapa en la historia del regionalismo leonés: la de los leoneses que propugnan sacar al País Leonés de una artificiosa región en la que, a su juicio, nunca debió entrar, para recobrar su tradicional personalidad en el conjunto de los pueblos de España.
La tesis del autor de la crónica antes mencionada sobre el proceso autonómico leonés que este proceso fue conducido por los grupos políticos en el poder "sin la aquiescencia popular" (31).
No acabaron aquí las vicisitudes de los procesos autonómicos que llevaron a la desaparición de los antiguos reinos de León, Castilla y Toledo. En enero de 1983 la Diputación Provincia] de León decide dejar sin efecto el anterior acuerdo de adhesión al proceso autonómico castellano-leonés (16.1V.1980) para gestionar la autonomía leonesa y lo hace apoyada por el amplio sector de la población que siempre había preconizado el mantenimiento de la región leonesa. Esta decisión es el origen de un grave conflicto al que pone fin una sentencia del Tribunal Constitucional que reconoce la validez de la incorporación de la provincia de León a la región castellano-leonesa y no prejuzga si esta provincia puede o no segregarse en el futuro de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, ni cual sería la vía a través de la cual podría alcanzar tal objetivo (32)
La nueva región autónoma se denomina oficialmente Castilla y León. Los parlamentarios vallisoletanos usaron en la etapa preautonómica la expresión "Castilla-León"; y fueron los leoneses los que impusieron el nombre "Castilla y León", siguiendo el criterio expuesto por Gumersindo de Azcárate de no considerar el conjunto como una fusión de dos regiones en una sola, sino como un binomio en el que cada una de las dos partes conserva su histórica individualidad, lo mismo que en el escudo de España cada una de las antiguas coronas conserva sus respectivos cuarteles. Reinos de Castilla y León era la fórmula tradicional con que los reyes encabezaban su larga titulación desde la unión de ambas coronas.
Junto con la denominación "Castilla-León" se usó también mucho durante el lapso preautonómico (1975-1983) una llamada enseña de Castilla de color morado con un castillo amarillo. Esta bandera figuró abundantemente en mitines, manifestaciones y actos multitudinarios castellano-leoneses, especialmente en las concentraciones de Villalar. Los grupos regionalistas castellano-leoneses (y muy activamente el PANCAL) trataron de imponer oficialmente esta enseña como bandera de Castilla-León. Sabido es que toda la documentación histórica confirma que el color carmesí -tal como figura en el cuartel castellano del escudo de España- fue desde tiempo inmemorial el color de Castilla y de la ciudad de Burgos, su tradicional cabeza. Ya entrado el siglo xix se divulgó mucho la creencia en la falsa leyenda del ‘pendón morado de Castilla', que fue aceptado por la sociedad secreta "Los Comuneros" -desconocedora de lo que realmente fueron las viejas comunidades castellanas- y por la Milicia Nacional. El color de León, tal como figura en el escudo de España y en multitud de bellos sellos rodados de las coronas unidas, fue blanco. No hay, pues, un color castellano-leonés porque León y Castilla tienen diferentes colores y ninguno de los dos es el morado. Por fin se impuso la verdad histórica y se tomó como bandera la de los cuarteles alteraos del castillo y el león, con los respectivos colores rojo y blanco.
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Castilla es una nacionalidad que se formó en la Alta Edad Media agrupando en torno a un jefe común - conde primero, rey después - un conjunto de comunidades autónomas con vida, fueros y autoridades propias cada una de las cuales tuvo su particularhistoria dentro de la general del Estado castellano.
La Montaña de Burgos fue una de estas comarcas que componían Castilla. Hemos dicho que también tenía otros nombres: Montaña Baja de Burgos (la Alta era la Sierra de la Demanda, sobre la meseta), Costa de la Mar de Castilla, y sencillamente La Montaña. Solía considerarse en ella tres partes: desde el río Deva -frontera con Asturias - hasta la bahía de Santander eran las Asturias de Santillana; desde esta bahía hasta redo, las Asturias de Trasmiera; y al oriente de esta villa, las Asturias de Laredo. Lo que hoy llamamos Asturias, se llamaba entonces las Asturias de Oviedo. Es de recordar que el límite entre los cántabros y los astures fue movedizo en los tiempos antiguos. Desde hace siglos, por lo menos desde el xvi, las gentes de esta tierra se han llamado montañeses, pues este es el gentilicio usado generalmente por los escritores de los Siglos de Oro.
Muy importante fue la actividad de la marina cantábrica, tanto en los famosos puertos de las Cuatro Villas de la Costa de la Mar de Castilla: San Vicente de la Barquera, Santander, Laredo y Castro Urdiales, como en los de la costa vasca (33). (Las costas gallegas y asturianas, pertenecientes a la corona de León, no eran Mar de Castilla). La ciudad de Santander era conocida como Puerto Mayor de Castilla. Este puerto tenía sus oficinas en la ciudad de Burgos (cabeza de Castilla y de su Costa), en el llamado Consulado de Burgos, imitación del Consola¡ de Mar de Barcelona.
Famosísima fue en la Edad Media la Hermandad de las villas de la Marisma de Castilla con Vitoria, pactada en Castro Urdíales en el siglo xiii entre los concejos de Santander, Laredo, Castro Urdiales, Vitoria, Bermeo, Guetaria, San Sebastián y Fuenterrabía, a la que después se unió el concejo de San Vicente de la Barquera (34). El concejo de Vitoria figura en esta hermandad porque en esta ciudad estaba la sede episcopal de la jurisdicción eclesiástica de la costa vasca.
Singular liga anseática vasco-castellana esta Hermandad de la Marisma que ejerció funciones legislativas, judiciales y consulares con fines mercantiles, y defensivos frente a escuadras extranjeras. Sus armas heráldicas eran un castillo sobre ondas. El comercio de la costa de Castilla (lanas del interior de la Península, cueros, vinos, hierro ... ) con los puertos del norte de Europa fue muy grande en los siglos medioevales.
También fue muy importante la flota guerrera de la costa cántabra, cuyas atarazanas estaban en Castro Urdiales. La armada cantábrica (naves de la Costa de Castilla, vizcaínas y guipuzcoanas) se consagró definitivamente en la conquista de Sevilla al mando del almirante Ramón Bonifaz, ciudadano burgalés, con un triunfo que determinó la creación de¡ Almirantazgo de Castilla, también instalado en Burgos. Otro almirante, el almirante de Sevilla, lo era de las armadas del Mediterráneo y Andalucía (35).
Hablar de "vinculaciones" de la Montaña cantábrica con Castilla es diluir la realidad histórica, porque estas montañas fueron el solar originario de la nacionalidad castellana y cuna de su nombre y de su lengua: el "pequeño rincón" del Poema de Fernán González tantas veces mencionado.
Concentrando la expresión podemos decir que Castilla nació cuando los cántabros - cuya lengua desconocemos aunque se supone que se asentaba sobre un substrato eusquérico-, al latinizarse tardíamente, comenzaron a balbucir un nuevo romance, a llamar a sus montañas Castilla y a llamarse castellanos. Romance cuyas primeras palabras escritas aparecerán después en la Rioja, junto a otras en vascuence. Estos primeros castellanos cántabros, junto con sus vecinos vascos, avanzan hacia el interior de la Península por tierras serranas - más asoleadas que las de sus montes de origen- de Burgos, la Rioja y Soria, mezclándose con sus moradores de estirpe ceitibérica. El conde-jefe castellano Fernán González -personaje a la vez histórico y legendario- que proclama la independencia de Castilla del dominio -más nominal que efectivo - de los reyes de León, era él mismo descendiente de cántabros. La Montaña cantábrica no tiene "vinculaciones" con Castilla: ella misma es Castilla, la primera y más vieja Castilla.
A medida que la reconquista y la repoblación vasco-castellana avanzan la Montaña y la costa cántabras quedan cada vez más lejos de los nuevos territorios castellanos donde se asientan las actividades productivas y la dirección del nuevo Estado. Pero la vieja condición de los montañeses, hombres dueños de su libertad - como los castellanos de las tierras comuneras del interior- continúa y se mantiene en forma de hidalguía general. Labradores, ganaderos, herreros o molineros, pero hidalgos, como los hidalgos vascos de quienes tanto se burlaban los aristócratas cortesanos.
Lejos del centro geográfico político de España, la Montaña cantábrica conserva su personalidad singular, pero no como característica excepcional, pues lo mismo ocurre en las demás comarcas castellanas: cada una en su castellanía es diferente de las dernás.
En la Montaña, como en el resto de Castilla, el vie,jo igualitarismo fue cediendo con el tiempo, paso a paso, el terreno a una nobleza de nueva creación o por entronque con familias aristocráticas de la corte regia. En la época de los Trastámara abundaron los despojamientos brutales de bienes comunitarios en beneficio de los voraces partidarios de la nueva dinastía.
La Liébana, que formó merindad aparte, tuvo siempre una vida social política y cultural muy afin a la de las montañas leonesas.
La Montaña cantábrica no sólo fue cuna original de la lengua castellana: siguió dando destacados creadores a lo que después ya era idioma común de muchos pueblos de España y América. En Torrelavega tuvo su origen el apellido de Garcilaso de la Vega, aunque éste nació en Toledo. Oriundo de la Montaña era también Lope de Vega, rnadrileño hijo de padre natural de Vega de Carriedo. Y cosa análoga puede decirse de don Francisco de Quevedo y Villegas, cuyo padre poseía casa solariega en la Montaña. Y de don Pedro Calderón de la Barca, nacido como los anteriores en Madrid, pero oriundo del Valle de Carriedo. Gigantes de la oriundez montañesa decía de estos genios de las letras castellanas otro eminente montañés: Menéndez Pelayo, que menciona a otros muchos insignes literatos paisanos suyos. De origen montañés se dice que era también el Marqués de Santillana. Y hasta nuestros días ha seguido dando la Montaña excelentes prosistas de la lengua que nació en su suelo.
Repetimos las palabras de González Echegaray: "Castilla nació en Cantabria. Castilla puede considerarse como la prolongación de Cantabria" (36).
La Montaña cantábrica obtuvo su autonomía, sin dificultad, por el procedimiento general establecido en los Art. 143 y 146 de la Constitución. Tras el pronunciamiento favorable de la mayoría de los ayuntamientos y la aprobación unánime de la Diputación Provincial, la asamblea mixta de los diputados provinciales, los senadores y los diputados a Cortes redactó el correspondiente proyecto de autonomía que, con la denominación Estatuto de Autonomía de Cantabria, fue aprobado por las Cortes Generales el 15 de diciembre de 1981.
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Desde el punto de vista geográfico el nombre de la Rioja se extiende en algunas partes algo más allá de los límites de la actual comunidad autónoma (Rioja navarra, Rioja alavesa). La comarca de Cameros, hoy parte de la Rioja, tuvo entidad histórica propia; y hasta tiempos muy recientes los habitantes de esta tierra se llamaban siempre cameranos. Razones económicas -la denominación de origen de los vinos de Rioja la principal de ellas- hizo aceptar a los cameranos, sin esfuerzo alguno, la denominación genérica de riojanos.
Desde el punto de vista humano, es muy interesante la condición histórico-geográfica esencialmente castellana de esta comarca. La Rioja es, precisamente, la zona de conjunción de los tres substratos étnicos prerromanos constitutivos de Castilla: los Cántabros y los vascos del norte de la Península, y los celtíberos del interior de ésta. Los riojanos son, pues, castellanos por sus tres viejas raíces.
La Rioja fue zona conflictiva entre la primitiva Castilla y Navarra desde los comienzos de la Reconquista. En 948 Fernán González gobernaba en la Rioja y protegía al monasterio de San Millán de la Cogolla. Se llamaba conde en Castilla, Álava y Nájera. Sancho el Mayor, en los días de su pleno poderío, incorporó a Navarra buena parte de Castilla, incluida en ella la Rioja. Alfonso VI de León y III de Castilla recuperó para ésta los países de lengua vasca que antes habían sido del condado castellano así como la Rioja, que permaneció para siempre castellana. La Rioja fue, pues, en el siglo x tierra disputada por Castilla y por Navarra; y definitivamente castellana en el xi, antes que gran parte de la Castilla central. Por su situación geográfica y por su estirpe los riojanos tienen también parentesco con los vascos, los navarros y los aragoneses.
La provincia de Logroño se creó en 1833 cuando se estableció la actual división provincia¡ de España, y se formó con territorios hasta entonces de las provincias de Burgos y Soria. "El antiguo reino de Castilla la Vieja estaba formado, en el siglo XVIII, por las cuatro provincias de Burgos, Soria, Segovia y Ávila" (37). En 1833 se crearon las nuevas provincias de Santander (con la parte norteña y marítima de Burgos) y Logroño (con partes de Burgos y Soria), por lo que a partir de entonces y hasta 1983 Castilla la Vieja estuvo formada administrativamente por las seis provincias de Santander, Burgos, Logroño, Soria, Segovia y Ávila. Quedaron fuera de ella las tierras castellanas de las actuales provincias de Madrid, Guadalajara y Cuenca.
La Rioja tiene un lugar destacado en la historia cultural de la vieja Castilla. Fue en aquella época relevante foco creador de la cultura de lengua castellana. Aquí aparecen las Glosas Emilianenses, primeras líneas escritas en romance castellano - a mediados del Siglo X- (38); aquí nació el primer poeta de nombre conocido de la literatura castellana Gonzalo de Berceo, primera mitad del siglo xIl-, fue también cuna de Santo Domingo de Silos, eminente figura cultura¡ del Alto Medioevo castellano; de la Rioja era San Millán de la Cogolla -siglo vi-, evangelizador de los cántabros y santo patrono de los castellanos, como Santiago lo era de los leoneses, gallegos y asturianos (39); de aquí que el santuario de San Millán fuera el lugar más venerado de la vieja Castilla.
En Nájera aparece la más norteña de las comunidades de ciudad y tierra con las características propias de estas instituciones castellanas y aragonesas. Vicente de la Fuente señaló hace más de cien años su semejanza con las merindades de Navarra (40)(4 l).
La Rioja manifiesta, pues, en múltiples aspectos las características propias de la primítiva Castilla, entre ellas su particularismo comarcal.
Cuando tras la caída del franquismo, en medio de la mayor confusión, se pretende incluir a la provincia de Logroño en el proyectado conglomerado castellano-leonés que uniría a la Rioja con tierras a ella tradicionalmente tan ajenas como las del antiguo reino de León, los riojanos prefieren acogerse al derecho a la autonomía uniprovincial que la Constitución les ofrece. Una minoría antes que el ingreso en tal inventada región prefieren la creación de otro conglomerado desde muchos puntos de vista más coherente- vasco-navarro-riojano. Pero la opción de la autonomía uniprovincial se extiende rápidamente, y la casi totalidad de los municipios, así como la mayoría de los diputados provinciales, se pronuncian por la autonomía de la provincia con el nombre tradicional de La Rioja. Por fin en abril de 1981, los representantes de la UCD y del PSOE, con el voto en contra de Alianza Popular, aprueban un proyecto de Estatuto de Autonomía que, en el mes de mayo, se firma en San Millán de la Cogolla, por lo que es conocido como Estatuto de San Millán. Por fin, después de algunas dificultades, entre ellas el informe de los expertos que desaconsejaba las autonomías uniprovinciales, el Estatuto de la Comunidad Autónoma de la Rioja entidad regional histórica dentro del Estado español- fue aprobado por las Cortes Generales el 9 de junio de 1982.
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El proceso autonómico de la provincia de Segovia es uno de los que presentan mayor interés para el estudio de la cuestión de las nacionalidades españolas en toda su riqueza y complejidad. Tomado a broma con ligereza por algunos mal informados y objeto de fáciles caricaturas ha transcurrido ante la indiferencia de la mayoría de los políticos, mientras era seguido con apasionado interés por el sector del pueblo segovíano más hondamente vinculado a su país y mejor enterado de su historia. El estudioso de las cuestiones nacionales puede encontrar en él valiosos datos y enseñanzas.
Como en la Montaña cantábrica, en la Rioja y en otras partes de Castilla, la gran comarca segoviana (que en 1833 tenia una extensión de casi 9.000 kM2, más que el País Vasco y casi tanto como la Montaña y la Rioja juntas) (37) ha tenido dentro de Castilla bien definido solar geográfico y, además, una destacada y singular historia: la de la gran Comunidad de la Ciudad y Tierra de Segovia y de la docena de otras comunidades menores (Sepúlveda, Coca, Cuéllar, Pedraza, Ayitón, cte.) de la comarca. De ella nos hemos ocupado en capítulos anteriores y solamente recordaremos ahora que estas comunidades siempre estuvieron libres de todo señorío nobiliario, que la de Segovia fue la más rica, poderosa y mejor administrada de Castilla (40)(42), que tuvo destacado protagonismo en la historia castellana y que su enseña ya se alzó en la batalla de las Navas de Tolosa, dato éste que no está de más mencionar ahora que han sido reconocidas muchas comunidades autónomas de "entidad histórica" que se han visto obligadas a comenzar por inventarse una bandera.
Es sabido que desde el reinado de Alfonso XIII y durante la II República los regionalistas segovianos se manifestaron a favor de la autonomía de Castilla la Vieja y de que ésta se constituyera como unión, en pie de igualdad, de las seis provincias de Santander, Burgos, Logroño, Soria, Segovia y Ávila (mencionadas en este orden histórico según costumbre). Es de señalar que el regionalismo castellano de los segovianos no tuvo filiación política, aunque predominaron en él los intelectuales progresistas (liberales, republicanos y socialistas), muchos de los cuales figuraron entre los fundadores de la Universidad Popular Segoviana en la que, con generosidad y entusiasmo, colaboró don Antonio Machado. Como generalmente ocurría entonces en toda España, los sectores más conservadores de la sociedad eran unitarios y enemigos de las autonomías regionales.
El resultado de cuarenta años de enseñanza oficial manipulada ideológicamente por un régimen de dictadura no fue excepcional en Segovia, y en 1976 la mayoría de los segovianos de las nuevas Generaciones tenían de la historia de España, de la regional de Castilla y de la comarcal segoviana escasa y muy deformada información; y ello tanto en los sectores considerados de "derecha" como en los de "izquierda", aunque unos y otros interpretaran lo aprendido de muy diferente manera. La idea de una gran Castilla que incluía a León y abarcaba la cuenca del Duero era compartida por no pocos segovianos; pero el conocimiento heredado y transmitido de padres a hijos y de amigo a amigo, de una auténtica Castilla, popular, comunera y defensora de su entidad histórica y su cultura, no se había perdido por completo y podía encontrarse en la tradición del país, el recuerdo de los viejos, los rincones de las bibliotecas y los lugares más imprevistos; y lo que es muy importante: estaba vivo en pequeños núcleos esparcidos que lo conservaban como un tesoro espiritual que no desaparece, sino que se acrecienta, al ser entregado a quienes desean conocerlo y lo reciben con fervor.
Por otra parte, el desconocimiento y la confusión imperantes, así como los sentimientos regionalistas A o regionalistas B de los ciudadanos fueron utilizados por los grupos políticos con propósitos electorales de tal manera que lo que el mismo partido consideraba bueno y progresista en Cantabria o la Rioja resultaba, sin explicación alguna, malo y reaccionario en Burgos o Segovia; y lo que allí era un valioso argumento histórico, no tenía aquí validez alguna. Lo importante para los candidatos era ganar las elecciones generales y el gobierno regional en las recién creadas comunidades autónomas.
Esto ocurrió en los lugares donde dominaba la ignorancia y la confusión producidas por el olvido de las regiones históricas y la presentación de otras hasta entonces inexistentes y carentes de tradición, es decir, en los tres antiguos reinos de León, Castilla y Toledo, no en ninguna de las regiones restantes, las cuales, unas más (Cataluña, El País Vasco, Galicia) y otras menos (Extremadura, Murcia), todas conservaban conciencia inequívoca de su entidad histórica.
El fallido proceso para la constitución de Segovia en comunidad uníprovincial autónoma es, por su singularidad y las enseñanzas que de él derivan, uno de los más interesantes de cuantos se han promovido desde la promulgación de la Constitución de 1978.
Los regionalistas castellanos de Segovia en general y especialmente los miembros segovianos de Comunidad Castellana protestaron desde el primer momento por el hecho asombroso de que Castilla fuera eliminada del mapa de las comunidades autónomas y se opusieron a la creación de los conglomerados "castellano-leonés" y "castellano-manchego” .
La provincia de Segovia rechazó legalmente su incorporación al nuevo ente castellano-leonés y, por acuerdo de la Diputación Provincial, inició el proceso constitucional para constituirse en comunidad uniprovincial autónoma ejerciendo el derecho que la Constitución le otorga en su Art. 143, apoyada por otras muchas corporaciones, mandatarios y representantes de los ciudadanos de la provincia.
El acuerdo de la Diputación Provincial había sido precedido por pronunciamientos abrumadorarnente mayoritarios de los ayuntamientos segovianos en contra de la integración en el híbrido castellano-leonés y a favor de la autonomía uniprovíncial.
La actitud mayoritaria de los segovianos era clara, decidida y prudente: a) Rechazo de la eliminación de Castilla para crear un híbrido y arbitrario conjunto castellanoleonés. b) Autonomía de la auténtica Castilla. c) De no ser esta última una realidad, autonomía uniprovincial para Segovia, en espera de un renacer castellano.
Contrariamente a lo ocurrido en la Montaña cantábrica y la Rioja, los dos partidos entonces dominantes (UCD y PSOE) acordaron oponerse a la voluntad manifiesta ' de los segovianos y apoyar la creación del conglomerado castellano-leonés, cuyas dimensiones -"la mayor región de Europa", decían con orgullo sus patrocinadores- hacía muy codiciable su gobierno para los políticos deseosos de poder y prestigio.
El acuerdo de la Diputación Provincia¡ de Segovia -coincidente con la opinión general de los segovianos- declaraba de manera explícita que el Estatuto de la Comunidad Autónoma de Segovia contendría las previsiones necesarias para la posible -y por el pueblo muy deseada- unión con la entidad o las entidades limítrofes que mejor representaran la auténtica Castilla.
El escritor Pedro Altares, castellano muy vinculado a Segovia, publicó un artículo en "El País" en el que protestaba indignado por la frivolidad, la insensatez política y la insensibilidad moral con que, en general, se trataba la cuestión de la autonomía de Segovia (43). "Lo de Segovia -comentaba don Pedro con agudeza- no se entiende porque los políticos han hecho todo lo posible para que no se entienda".
A este artículo de Altares siguió otro en Segovia del jurista e historiador Manuel González Herrero (43-a).
Algunas semanas después publicamos en el mismo diario madrileño una serie de tres artículos sobre "La cuestión de las autonomías y la razón de los estatutos", "Los embrollos en tomo a Castilla" y "Los casos de Cantabria, la Rioja y Segovia" (44).
Posteriormente el tema de la autonomía de Segovia se ha considerado tabú y los medios de información han guardado sobre él un silencio casi absoluto. Se trata, al parecer, de borrarlo de la memoria colectiva, incluso como episodio histórico.
En estas circunstancias, Segovia fue incorporada, mediante una Ley Orgánica (1.111.1983), a la Comunidad de Castilla y León alegando para ello motivos de interés nacional. En junio del mismo año presentó un recurso de inconstitucionalidad que, por razones legales ajenas al fondo de la cuestión, fue desestimado por el Tribunal Constitucional en 1984. La sentencia de este alto tribunal se limita al ámbito estricto de determinados aspectos legales del recurso; y no excluye la posibilidad por parte de Segovia de iniciar un nuevo trámite para acceder a la autonomía uníprovincial. La condición de provincia con entidad regional histórica que le permite constituirse en comunidad autónoma no es en el caso de Segovia menos clara que en los de Cantabria y la Rioja; antes bien, el extenso territorio que en la Edad Media constituyó la Comunidad de la Ciudad y Tierra de Segovia tiene una historia política, social, económica y militar no superada por ninguna otra entidad análoga en la Península. Prueba de ello son: la Historia de Segovia y compendio de las historias de Castilla de Diego de Colmenares (siglo xvIl), la Historia de la Comunidad de Segovia de Carlos de Lecea y los muchos trabajos monográficos de este autor, los de Gabriel María Vergara, Luis Carretero, el Marqués de Lozoya, Mariano Quintanilla, Ignacio Carral, Mariano Grau, Antonio Linage y otros muchos estudiosos; las historias de las comunidades de villa y tierra de Sepúlveda, Coca, Riaza, Ayllón y otras comunidades segovianas, el interesantísimo estudio histórico de Álvarez-Laviada sobre el municipio de Chinchón, los Estudios Críticos sobre la Historia y el Derecho de Aragón de Vicente de la Fuente (Segunda Serie), la rica colección de Estudios Segovianos, editados por la Academia de Historia y Arte de San Quirce, por anotar solamente parte de una amplia bibliografia. Mención especial por su modernidad y adecuación al tema requieren las obras del historiador y jurista Manuel González Herrero: Segovia: Pueblo, Ciudad y Tierra, Historia jurídica y social de Segovia, Memorial de Castilla y La entidad histórica de Segovia.
El Art. 43.c de la Constitución permite, mediante Ley Orgánica, sustituir a las corporaciones locales en la iniciativa del proceso autonómico por motivos de interés nacional. Este apartado, aparentemente inofensivo, fue utilizado como ley de excepción marcial para eliminar rápidamente el proceso autonómico segoviano, igual que se ejecuta sumariamente en caso de guerra a un peligroso enemigo de la nación; y a la vez para incluir a la provincia de Segovia en el conglomerado castellano-leonés contra la voluntad manifiesta de la gran mayoría de los segovianos.
¿Qué es lo que pretendían éstos para que su proceso autonómico fuera condenado rápidamente a la última pena y ellos incluidos a la fuerza en una región de nuevo invento por los destructores de la Castilla tradicional, y cuál fue el resultado de todo ello?
Los segovianos querían, sencillamente, hacer una realidad en su tierra los propósitos proclamados por la Constitución desde el mismo preámbulo, lo que ya había sido concedido a otras provincias (Asturias, Cantabria, Logroño y Murcia) y sería concedido después a otra tan moderna y artificioso como Madrid: ejercer sus derechos humanos, sus culturas, tradiciones e instituciones (Preámbulo) y su derecho a la autonomía(A rt. 2).
Esto y nada más que esto, en medida moderada, es todo lo que los segovianos, con todo derecho, pedían; y esto es lo que el Gobierno español consideró inadmisible por motivos de interés nacional. De aquí, con estricta lógica ajena a consideraciones políticas y legalistas, se infiere que la Constitución española, desde su preámbulo, es contraria al interés nacional (!), algo que en 1978 solamente opinaban los más ultrarreaccionarios.
Este es, a nuestro juicio de estudiosos de la historia y legos en cuestiones de derecho, el fondo ético y nacional del pleito planteado ante el más alto tribunal de la nación por las provincias de León y Segovia, y que dicho tribunal, limitándose al ámbito estrictamente legal de los recursos presentados, sentenció en nuestra opinión con ecuanimidad- salvando lo que moralmente debla sr salvado.
Nos encontramos aquí con una mancha negra, tal vez la única de esta clase, en la labor de aquel Gobierno y de aquellas Cortes durante un período rico en aciertos y buen trabajo, y no carente de humanos errores.
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La Comunidad Autónoma denominada Castilla-La Mancha es una nueva y confusa región formada con tierras castellanas de las provincias de Guadalajara y Cuenca, tierras del antiguo reino de Toledo de las provincias de Toledo, Ciudad Real y Albacete -y parte menor de Cuenca- y tierras murcianas de la parte sur de Albacete. Durante el proceso autonómico hubo alguna oposición al nombre híbrido castellano-manchego. También hubo partidarios de restablecer la llamada Castilla la Nueva con las provincias de Madrid, Guadalajara, Cuenca, Toledo y Ciudad Real. Todo esto sucedía ante la indiferencia de la mayoría de los ciudadanos de estas provincias que, más que entusiasmo "regional", manifestaban indiferencia y confusión. Por el contrario hubo clara oposición y protestas en Guadalajara especialmente en Atienza- donde algunos sectores declararon su condición de castellanos. Se recordó la castellanísima tradición de las tierras comuneras del Alto Tajo, organizadas por Alfonso III el castellano (VIII de la nomenclatura conjunta) que no reiné en León. Incluso se recordó la castellanía de la comarca de Requena y Utiel segregada de Cuenca e incorporada a Valencia en el siglo pasado, y donde nunca se habló el valenciano.
Sin tradición, ni memoria histórica, ni conciencia regional, con algunas protestas de los castellanos de las provincias de Guadalajara y Cuenca y entre la indiferencia de la mayoría de los habitantes de las otras tres, "las provincias de Albacete, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara y Toledo se constituyen en Comunidad Autónoma bajo el nombre Castilla-La Mancha", dice su Estatuto de Autonomía aprobado por las Cortes Generales en agosto de 1982. Lo único cierto es que esta nueva entidad político-administrativa implica el desmembramiento de dos de las nueve provincias del territorio auténticamente castellano.
La provincia de Madrid, con los límites geográficos de la comunidad autónoma de este nombre, es una creación de la división provincia] de España de 1833. En tomo al territorio de la pequeña Comunidad de Villa y Tierra de Madrid, con trozos de las provincias limítrofes de Segovia, Guadalajara y Toledo, se formó una nueva provincia mayor que la primera de estas tres. No es, pues, una región histórica, - salvo en su núcleo verdaderamente madrileño- sino una entidad de reciente formación.
La historia de Madrid, desde su conquista a los moros por las milicias comuneras segovianas en 1083 hasta que Felipe II, en 1561, la convirtió en centro político de sus inmensos dominios, es la de una comunidad castellana de villa y tierra de la familia sepulvedana; muy diferente de lo que fue a partir de esta segunda fecha como corte de todas las Españas mundiales gobernadas desde la celda regia de El Escorial, lugar hasta entonces segoviano.
Desde 1833 hasta 1978 la provincia de Madrid fue parte de la llamada Castilla la Nueva, conjunto de las tierras castellanas de las provincias de Madrid, Guadalajara y Cuenca y de las toledanas de Toledo, Ciudad Real y parte menor de Cuenca.
Pergeñado ya, en líneas generales, el mapa español de las autonomías, ¿qué hacer con Madrid? pensaban los políticos de todos los partidos en aquellos confusos días en que, roto el aparato del Estado unitario y centralista, se trataba de organizar la España de las Españas. Lo que entonces había que hacer con Madrid, como con todos los pueblos de España era, sencillamente, lo que el espíritu y la letra de la Constitución claramente proclamaban: conceder la autonomía a todas las nacionalidades y regiones históricas que integran la nación española para que, mediante el autogobierno, pudieran ejercer sus derechos humanos y mantener y desarrollar sus culturas, tradiciones e instituciones, y hacer de la ciudad madrileña la capital de la nación española.
Pues bien, en el caso de Madrid, como en el de Castilla y León y en el de Castilla-La Mancha, se pensó, al parecer, en todo menos en lo que fundamentalmente había que pensar.
En un principio se habló de restablecer Castilla la Nueva como era concebida en 1931; después de crear una región central con capital en Madrid, ideas pronto desechadas.
Se pensó por fin - pensaron los políticos- que una nueva entidad en torno a Madrid que incluyera la gran urbe y los ocho mil kilómetros cuadrados del territorio de la provincia constituiría una comunidad provincial autónoma de una categoría equiparable, por su demografía y poder político, a Cataluña, el País Vasco, Andalucía o Valencia, es decir que sería una de las principales entidades constitutivas de la España de las Autonomías, con la ventaja singular de tener por cabeza a la misma capital de la nación española. Y así se hizo.
En estas condiciones, contrariando la idea de una capital de España sentida igualmente como propia por todos los españoles y ajena a todo particularismo regional, contribuyendo al destazamiento de Castilla con un pedazo más, y sometiendo a los castellanos de los pueblos de la provincia al dominio político de la gran urbe, y a su cultura y sus instituciones al servicio del cosmopolitismo español de la capital, la Comunidad Autónoma de Madrid obtuvo su Estatuto en febrero de 1983.
Ni la vieja índole castellana casi milenaria- del territorio de la provincia madrileña, ni la condición de capital de una nación de naciones que corresponde constitucionalmente a la ciudad de Madrid (dos razones fundamentales en un enfoque nacional de la cuestión) pesaron poco ni mucho en el ánimo político de los inventores de esta nueva y singular "región no histórica".
Desde entonces, gobernar esta Comunidad Autónoma, Capital a la vez de la Nación, es una de las mayores ambiciones de todo partido político de ámbito ampliamente español.
15 Acuerdos Autonómicos. Servicio de Publicaciones de la Presidencia de¡ Gobierno. Madrid, 1981.
16 Inocente García de Andrés: Madrid, Villa, Tierra y Fuero. Madrid, 1989. pp. 33-59.
17 F. Tomás y Valiente: El reparto competencias... pp. 54-56.
18 Felipe González y Alfonso Guerra: P.S.O.E. Ediciones Albia. Bilbao, 1977. p. 77.
19 Felipe González: Conferencia en el Club Siglo XXI. El Socialista. Madrid, 12. 11. 1978.
20 Felipe González: Socialismo es libertad. Barcelona, 1978. pp. 164-165.
21 El Socialista. Madrid, 23. VI¡]. 1978.
22 Conferencia en el Club Siglo XXI. El Socialista. Madrid. 18. 11. 1979.
23 Conferencia en el Club Siglo XXI. El Socialista. Madrid. 16. X. 1979.
24 Entrevista con Felipe González. El Socialista. Madrid, 6. 1. 1980.
25 Resolución sobre Política Autonómica aprobada en la reunión de¡ Comité Federal de¡ P.S.O.E. Madrid, 19-20. 1. 1980.
26 Cambio 16. Madrid. 31. VIII. 1980.
27 Declaraciones en Nueva York. ABC. Madrid, 4. XII. 1980.
28 Entrevista con Felipe González. Cambio 16. M'adrid. 23. 111. 1981.
29 Entrevista con Gregorio Peces-Barba, Cambio 16. Madrid. 1 1. V. 1981.
30 Claudio Sánchez-Albornoz: Declaraciones. Diario de Burgos, 5. XI. y 7. XII. 1980. Desigualdades fiscales. Excelsior. México, D. F. S. XII. 1980.
31 José David Diez Llamas: El proceso autonómico leonés. León, 1982.
32 Ángel Sánchez Blanco: Artículo en la Revista de Estudios de la Administración Local y las Autonomías.
33 Fernando G. Camino y Aguirre: Quince siglos de historia montañesa, en el libro Lo admirable de Santander. Bilbao, 1935.
34 Antonio Ballesteros Beretta: La marina cántabra y Juan de la Cosa, Santander, 1954. pp. 56-63.
35 íd., ibídern. pp.37-39.
36 Joaquín González Echegaray: Los cántabros. Madrid, 1966. p. 247.
37 Miguel Artola: La España del Antiguo Régimen. Fase. IIII Universidad de Salamanca. 1967. pp, 7-9.
38 Ramón Menéndez Pidal: Orígenes del español. Tercera edición. Madrid, 1950. p. 2.
39 ídem: El imperio hispánico y los cinco reinos. Madrid, 1950, p. 94.
40 Vicente de la Fuente: Las Comunidades de Castillo y Aragán bajo el punto de vista geográfico. Madrid, 1 880.
41 Luis Carretero y Nieva: Las Comunidades castellanas en su historia y esiado actual. Prólogo del Marqués de Lozoya. Segovia, 1922.
42 Vicente de ¡a Fuente: Estudios críticos sobre la Historia y el Derecho de Aragón. Madrid, 1885. T.11. pp. 267-8.
43 El Pais. Madrid. 10. Vi¡. 1981.
43-a El Adelantado de Segovía. 23. Vi¡. 1981.
44 El País. Madrid, 16, 17 y ]S. IX. 1981,
45 El País. Madrid, 16. V. 198 1.
46 Juan Luis Cebrián, en Fspafia 1975-1980. Conflíctos y logros, de la democracia. Madrid, 1982,P. 19.
46-a F. Tomás y Valiente: El desarrollo autonómico a través de] Tribunal Constitucional, (Historia 16.Níimº 200).
47 Diarlo de Castilla. Segovia. 6. Vil. 1977.
48 Julio Escobar: Itinerarios por las cocinas y las @egas de Castillo, Ediciones de Cultura Hispánica.Madrid, 1975.
49 Enrique Ruiz García: España hoy. (Política, economía, y sociedad en transición democrática).UNAM. México, 1979.
50 Guillermo Céspedes del Castillo: La sociedad colonial americana en los siglos xíí y xvíí, Historia Social y Económica de España y América (dirigida por J. V. V.). Tomo 111. Barcelona, 1958.
51 C. Sánchez-Albornoz: Los reinos cristianos españoles. Buenos Aires, 1979. p. 33.
52 ídem: De Carlomagno a Rooseveli. Buenos Aires, 1943. p. 180.
53 Ramón Carnicer: Las Américas Peninsulares. Barcelona, 1986. pp. 55, 67.
54 JullioValdeón Batuque: Castillo y León: la región omnibus se vertebra, (Historia 16. Núm, 200).
55 José Bono Martínez: Un invento constitucional útil. (Historia 16. Núm. 200).
56 Luis Martin Rebollo: U diferencia cántabra. (Historia 16. Núm. 200).
57 Arnando Melón: Geografla histórica española. Madrid, 1928. Tomo 1.
58 José Joaquín Mollinedo Chocano: Rioja: Autonomía contra viento y marea. (Historia 16. Núm.200).
59 Carlos Santos: Madrid, una de la necesidad. (Historia 16. Núm. 200).
60 Yuri Afanasley, director de( Instituto de Archivos históricos de Moscú, en: Perestroika,- la única salida, (Círculo de Lectores. Madrid, 1990. p. 209.
61 L Congreso de Historia de Castillo y León. El pasado histórico de Castillo y León. Vol. 1. Burgos, 1983, p. 9.
62 Julio Valdeón: Aproximación histórica a Castillo y León. Valladolid, 1982. p. 122.
63 Juan Pablo Fusi: De las aspiraciones históricas .1 EstaJo de las Autonomim. (Historia 16. Núm.200).
64 Elisco Aja: Balance polémico. (Historia 16. Núm. 200).
65 F. Tomás y Valiente: El desarrollo autonómica a través de¡ Tribunal Constitucional. (Historia 16.Núm. 200).
(Ansemo Carretero Jimenez. Castilla. Orígenes, auge y ocaso de una nacionalidad. Editorial Porrúa. México 1996, pp 779 –806)