LAS COMUNIDADES CASTELLANAS
EN LA HISTORIA Y SU ESTADO ACTUAL
POR
LUIS CARRETERO Y NIEVA
INGENIERO INDUSTRIAL
TRABAJO QUE ALCANZÓ EL PREMIO DONADO POR
LA COMUNIDAD DE LA CIUDAD Y TIERRA DE SEGOVIA
PARA EL CERTAMEN DE ESTUDIOS REGIONALES
CASTELLANOS, CELEBRADO EN DICHA CAPITAL
EN 21 DE ABRIL DE 1921, PARA CONMEMORAR
EL IV CENTENARIO DE LA MUERTE
DE' JUAN BRAVO
Lema:Nájera, Segovia, Calatayud
PRÓLOGO DEL
MARQUES DE LOZOYA
SEGOVIA.
MAURO LOZANO
IMPRESOR Y LIBRERO
1922
DEDICATORIA
En conmemoración del FUERO DE SEPÚLVEDA, retoño de democracia comunera nacido en el solar arévaco por los cuidados de Sancho García, él que con sus buenos fueros modeló la personalidad nacional de Castilla, cuando el Condado vivió independiente de la Monarquía de León.
En homenaje a NÁJERA y su FUERO, expresión de coincidencia espiritual de Aragón, Navarra y Castilla, y piedra fundamental de la organización comunera.
Como homenaje también a las CIUDADES y TIERRAS de CALATAYUD y de SEGOVIA en la memoria de DON VICENTE DE LA FUENTE y la persona de DON CARLOS DE LECEA.
ADVERTENCIA AL LECTOR
Uno de los más grandes obstáculos, tal vez el mayor, que se oponen a un exacto conocimiento de Castilla en su pasa, do y en su presente, es el prejuicio que suele acompañar eternamente a los que entran en el estudio de este« país: el confundir e involucrar en todo momento los antiguos reinos y actuales regiones de León y de Castilla, los atributos de ambos, sus condiciones, sus caracteres, sus fastos principa, les y la manera de producirse respectivamente en la historia y en la actualidad.
A los efectos de este prejuicio se suman los procedentes de aquel otro de desatender pertinazmente a las numerosas analogías que Castilla tiene con Aragón y con Navarra. En hechos sobresalientes de la historia de Castilla, la interven, ción de Aragón y de Navarra es transcendental, como lo fué la presencia navarra en la afirmación de la independencia de
Castilla.
Las creencias vulgares acerca del tema de este trabajo, padecen la acción errónea de tales prejuicios y se habla de Comunidades como de cosa propia en ciudades y países que, formados bajo la dirección hegemónica leonesa, jamás conocieron esta gloriosa institución.
La institución de las Comunidades de Ciudad y Tierra, incubada en fueros que aparecieron en Castilla sin colaboración ninguna leonesa, sino muy lejos de ella, como en Sepúlveda, o sobre cimientos navarros, como en Nájera, es institución que, con normas sacadas de fueros castellanos, Aragón desarrolla en coincidencia con Castilla, es institución que no atraviesa el Pisuerga ni aun siquiera se acerca a sus márgenes, pero es institución tan aragonesa como castellana y que prueba una vez más que, si es imposible reducir a una sola las historias respectivas de León y de Castilla, es también imposible llegar a conocer la esencia, situación y virtualidad de Castilla sin completar su estudio con una comparación con Aragón y con Navarra y sin tomar en consideración los residuos castellanos que quedasen en la organización del país vasco.
PRÓLOGO
Es el estudio histórico-crítico, que harto osadamente intentamos prologar, uno de los más sazonados y provechosos frutos del certamen dispuesto por la Junta formada en nuestra Ciudad, para organizar en ella la conmemoración de aquel alzamiento de las Comunidades que constituye la más interesante página de su noble historia. Aplicóse uno de los premios a recompensar el mejor estudio sobre la vieja institución de las Comunidades o Universidades de Ciudad y Tierra, mirando no solamente a su pasado, sino también a su presente y porvenir; entre todos los propuestos, era éste el tema más sugestivo y a la vez el que requería mayor preparación, pues se prestaba poco a los recursos de la fácil re, tórica frecuente en esta clase de certámenes. El nombre que apareció al ser rasgada la plica, en la cual se leían los de tres gloriosos Concejos medievales como lema del trabajo premiado, es conocido de cuantos amamos a nuestra gloriosa Castilla y nos apasionamos en el estudio de sus típicos caracteres, de sus castizas instituciones, de todo lo que determina su recia y clara personalidad.
El joven ingeniero segoviano D. Luis Carretero y Nieva, es un tenaz y fervoroso defensor de su región nativa, desamparada frente al egoísmo de otros pueblos que largamente la acusaron de causante, por su espíritu de dominación, de todas las malaventuras de España; de Castilla, la más olvidada y la más generosa de las regiones peninsulares, cuya dirección puso la Providencia en sus manos algún día, porque, por su elevación de miras 'y por su carencia de egoísmo regional, era la más apta para ello. Nuestro paisano comprendió que la vieja Castilla, de tanto difundir y esparcir su espíritu, ya no se encontraba a sí misma y que era de vital interés para ella, en esta hora de afirmaciones en que todos los pueblos manifiestan sus propios valores, sus intereses y sus ideales, el determinar y afirmar los suyos, constitutivos de una personalidad necesaria para una vida próspera y libre.
A esta empresa consagró D. Luis Carretero su inteligencia y su energía; en los accidentes geográficos de Castilla la Vieja, en las características etnográficas de sus habitantes, en los productos de su suelo, en las vicisitudes de su historia, en las modalidades de sus instituciones, buscó y encontró las determinantes de la región, las diferencias que las separan de otras afines que afanosamente se encubren con su gran nombre histórico. Los trabajos de nuestro conciudadano atrajeron pronto la pública atención por la novedad de sus puntos de vista, por la profundidad de sus estudios y por la agudeza de sus observaciones; si alguna vez incurrió en apasionamientos, bien liviano y aun disculpable es este pecado en un hijo que defiende a una madre nobilísima e injuriada.
El trabajo que obtuvo el premio en el certamen de que hemos hecho mención, viene oportunamente a renovar la cuestión, tan olvidada, del origen y de la esencia de las
Comunidades de Ciudad y Tierra, de su estado actual y de su porvenir. La asombrosa pobreza bibliográfica de terna tan sugestivo (1) hace que todo libro que venga a resucitar estas importantes cuestiones, sea recibido con singular interés y más cuando el nombre que lo suscribe es garantía de estudio detenido y de perspicacia crítica. Todo libro debe ser
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(1) Que traten exclusivamente de Comunidades de Ciudad y Tierra, no conocernos sino el excelente estudio de D. Carlos de Lecea, La Comunidad yTierra de Segovia y los de D. Vicente de la Fuente, Historia militar, política y económica de las tres Comunidades de Calatayud, Daroca y Teruel. (Dis curso de Recepción en la Real Academia de la Historia (1861) y otros. En diferentes obras de Costa, Giménez Soler y Altamira, se encuentran indica ciones e hipótesis interesantes sobre este asunto.
En cambio la bibliografía sobre los Concejos, el conocimiento de los cuales es imprescindible para estudiar las Comunidades, es abrumadora.Concretándonos a España, interesantísimos son los estudios de Hinojosa,Muñoz Romero, Puyol, Minguijon, cte. El número de cartas pueblas y de fueros municipales publicados, es ya considerable y su examen utilísimo para conocer esta materia.
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simiente de ideas y engendrador de nuevas observaciones; al margen de éste de D. Luis Carretero, queremos anotar los pobres discursos que su lectura nos ha sugerido.
Indica, muy atinadamente, nuestro paisano en las primeras páginas, la dificultad de atisbar el origen de las Comunidades en la Edad Media, ya que los Reyes reconquistadores no las crean, sino que las encuentran creadas y su actuación se reduce a favorecerlas y acrecentarlas, e insinúa la posibilidad de que sus principios sean mucho más antiguos, debiéndose buscar en la organización de los pueblos arévacos, anterior a la dominación romana; según modernas y muy autorizadas opiniones, esta organización permaneció mucho más que lo que suponen los manuales de historia, que miran estas cosas con un criterio demasiado simplista y suponen a las sucesivas civilizaciones colocadas en el tiempo con una estratificación perfecta; la dominación romana y las demás que padeció la península, no fueron a la manera de raseros que borrasen totalmente el modo de ser de los pueblos que la habitaban, sino que dejaron subsistir de ella lo más genuino, lo de más recia y arraigada vida y estas supervivencias son perceptibles en añejas instituciones y en usos y costumbres populares
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Antes de pasar adelante, debernos advertir que es grandísima la confusión respecto a la esencia, atribuciones y personalidad de las Comunidades de Ciudad y Tierra, pues, durante la Edad Media, es imposible distinguirlas de los de los Concejos con los cuales se confunden en absoluto; pretende D. Luis Carretero diferenciar la Comunidad del Concejo y esta diferenciación es, por lo menos refiriéndonos a las castellanas y hasta el siglo XIV, imposible. Así lo comprendió
D. Carlos de Lecea, el cual, en un párrafo de su magnífica obra La Comunidad y Tierra de Segovia, que es el mejor libro dedicado a estudiar una entidad de esta clase, afirma la identidad inicial de arribas instituciones y su separación progresiva (1). No creernos que exista un solo documento
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(1) Cita el insigne cronista de Segovia en sus obras de Martínez Marina,Sampere y Guarino y otros escritores que se ocuparon más o menos directamente de la organización concejil de León y Castilla, y a continuación añade:«Concejo o Comunidad usan indistintamente esos discretísimos escritores, creyendo nosotros que, si en un principio fue realmente igual, el tiempo y los sucesos establecieron una diferencia esencialísima». (Obra citada, pági, na 105).
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medieval que nos permita ver la Comunidad castellana como algo distinto del Concejo.
Antiquísimos orígenes tiene la unión de las ciudades con los pueblos de su territorio, en las cuales aquella aparece como dominadora y protectora de los labriegos comarcanos, que dentro de su recinto encontraban defensa contra extras ñas agresiones, santuario para su culto y mercado donde vender sus productos. Notaremos que en nuestra provincia de Segovia todos los Concejos o Comunidades tienen por cabeza una ciudad o villa en situación fortísima, bien amurallada y con algún indicio de ser su origen anterior o a lo menos contemporáneo, a la dominación romana (Segovia,Cuellar, Sepúlveda, Coca, Fuentidueña, Pedraza, Ayllón, Maderuelo). Indúcenos a pensar esto en una organización por la cual los pobladores del territorio en la Edad del Hierro (celtíberos, según la opinión corriente; celtas, según recientísimas hipótesis) (1) se mantenían sujetos a la Ciudad, bien por la fuerza o bien voluntariamente, a cambio de la protección que ésta les daba; esta organización pudo subsistir a través de las distintas ocupaciones militares de la península, acaso más superficiales de lo que generalmente se piensa; los pueblos contribuían con sus tributos al sostenimiento de la Ciudad, proveían el mercado con los frutos de sus tierras, sus habitantes estaban obligados a reparar las murallas, a contribuir a la creación y sostenimiento de los edificios públicos.
Refiriéndonos exclusivamente a Segovia, creemos ver en ella, patente todavía, una prueba de la unión de la Ciudad con sus pueblos en muy remotos tiempos; es este indicio su famoso Acueducto, construido para proveer de agua al peñón
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(1) A. Bosch Guimpera: Los celtas y la civilización céltica en la península
ibérica. B. de la S. E. de E., IV trimestre de 1921
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fortificado y que es una de las obras más insignes que de la antigüedad permanecen; romana es su maravillosa traza y la época de su construcción, pudo muy bien ser el siglo I de nuestra Era (1), pero ¿a qué generoso impulso, a qué tenaz esfuerzo debiose el levantamiento de tan útil fábrica? No puede atribuirse a la metrópoli la iniciativa de una obra costosísima, que no beneficiaba sino a. una pequeña colonia latina, de escasa importancia; los habitantes del recinto fortificado, por sí solos no pudieron llevarla a cabo; parécenos muy verosímil que la Ciudad dominadora obligase a los pueblos de su alfoz a emprender los trabajos conducentes a llevar hasta ella el agua de que tanto había menester. ¿Sería demasiado atrevido el considerar el famoso Acueducto segoviano corno la más insigne obra de una embrionaria Comunidad y Tierra de Segovia? (2).
Los Reyes medievales al reconquistar la meseta castellana, no del todo yerma ni abandonada, encontraron quizás el recuerdo de estas antiguas organizaciones, y como se compaginaban con la naturaleza del territorio, hubieron de respetarlas o restaurarlas y acrecentároslas ampliamente con pinares, dehesas y pastizales. La Comunidad concejil de Segovia recibió, en pago de su ayuda para la reconquista ultramontana, vastísimos territorios allende los puertos para que
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(1) Es muy corriente la atribución de este monumento al tiempo de Trajano; Somorrostro (El Acueducto y otras antigüedades de Segovia; Madrid 1820) lo cree mas antiguo, si bien de la época imperial. Por el carácter de su construcción y por la circunstancia de aparecer figurado en monedas y lápidas del siglo 1, puede remontarse su construcción a esa época. Véase
Federico Hernández y Alejandro: Monumentos Castellanos.—El Acueducto de Segovia (13. de la S. C. de E., Noviembre 1900).
(2) «Lo que no parece tan expuesto a dudas es que esta obra se hizo a expensas de los pueblos comarcanos y de la misma ciudad que disfruta el beneficio». (Somorrostro, obra citada, pág. 59). De alguna otra obra de la época romana (el puente de Alcántara) consta que fue construido a expensas de los pueblos vecinos.
Son interesantísimos los`' documentos que publica Somorrostro como apéndice de su hermosa obra en las cuales se demuestra como, al finar la Edad Media, contribuían los pueblos de la Comunidad y Tierra al sostenimiento del Acueducto.
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los repoblase y poseyese; y como los litigios sobre medianerías eran frecuentes con los concejos vecinos, los buenos Reyes andariegos, D. Alonso el Emperador, el otro D. Alonso, que venció en las Navas, el Santo Rey D. Fernando, no desdeñaron en señalar por sí mismos los hitos de sus cote ras.
Parece cierto, como tenemos dicho, que la Comunidad y el Concejo fueron un tiempo la misma cosa, pero también lo es que más adelante se separan y que aparecen como entidades bien distintas, con fines diversos y con funcionamiento autónomo. ¿Cuándo y de qué manera se hizo la separación? ¿Por qué solo en algunos Concejos, localizados en regiones determinadas, se forman Comunidades de Ciudad y Tierra independientes de los Ayuntamientos ciudadanos? Quizás en los documentos que duermen en los archivos de las Comunidades no estudiadas, haya datos bastantes para establecer el proceso de esta disgregación.
El libro de D. Luis Carretero nos da una orientación, que nos parece muy provechosa para el estudio de estas cuestiones. Niega el autor que el origen de las Comunidades o Universidades en las cuales las aldeas tienen los mismos derechos que la Ciudad, haya de buscarse en el deseo de los monarcas reconquistadores de favorecer a los que poblaran regiones fronterizas y cree más bien que su fundamento pueda estar en las mismas condiciones económicas de Castilla la Vieja, en la cual el terreno, poco favorable a la agricultura, es sobre todo propicio a los cultivos montaraces y a la cría de ganados, cuyo régimen se presta sobre todo a los aprovechamientos comunales. Tal vez en esta teoría, tan conforme con el espíritu de los anteriores libros de D. Luis
Carretero, está contenida la solución del problema.
A partir del siglo XII, el Concejo segoviano fué repoblando los inmensos territorios que, por concesión real, por compras o por otros títulos había adquirido. Como, por la pobreza de la tierra en que estos poblados se asentaban y por las asperezas del clima, era imposible la vida de los pobladores sin ganadería y sin aprovechamientos de leñas, la Ciudad hubo de hacer concesiones por las cuales otorgaba participaciones a sus lugares, no ya solamente en el aprovechamiento, sino en la administración de los bienes de los que dependía que la repoblación se mantuviese. La provisión de Alfonso XI (1345) (1), cambiando el régimen del Concejo de Segovia, cuya administración quedaba casi por completo en manos de la nobleza ciudadana, motivó una serie de protestas y de pleitos promovidos por los moradores de los lugares, que no querían abandonar su parte en la administración de los bienes comunes; quizás en estas protestas se fué afirmando la personalidad de un organismo, distinto del nuevo Concejo: la Comunidad, que reclamaba la gerencia de los cuantiosos intereses concejiles, en contra del Ayuntamiento aristocrático, nacido de la Provisión Real de 1345; esta distinción se perfecciona en la concordia celebrada entre la ciudad y los pueblos en 1371 y se veya completa en la ejecutoria dada por la Real Chancillería de Valladolid en 1579, que resolvió cierto pleito entre la Comunidad y el Ayuntamiento de Segovia (2).
Así pues, a nuestro parecer, la Comunidad y Tierra de Segovia es una supervivencia del antiguo Concejo popular, al cual ciertas razones de índole económica (la administración comunal de sus bienes, necesarios para la ganadería) hicieron sobrevivir a la reforma de los Concejos iniciada por los Reyes en el siglo XIV, distinguiéndose del Ayuntamiento nobiliario entonces formado, que absorbió las funciones políticas, quedando a la Comunidad así nacida un carácter exclusivamente económico (3).
Innumerables puntos de discusión nos ofrece el interesante trabajo de D. Luis Carretero: el área de dispersión de
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(1) Colmenares, Historia de Segovia (Segovia, 1637, pág. 272).
(2) «Citamos esa ejecutoria, no tanto por lo que resuelve, como por ser el pleito que la motiva el primero en que los Tribunales de Justicia reconocen la existencia legal de ese cuerpo jurídico, qué se llama Comunidad y Tierra, al apreciar sus acuerdos y definir sus mutuos derechos y obligaciones». Lecea, obra citada, pág. 114.
(3) Es curioso notar el nombre de Ayuntamientos generales o Universidades de Tierra que da a estas Corporaciones cierta Real Orden de 1837.
(Véase Lecea, obra citada, pág. 139.)
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las Comunidades, las analogías que existen entre las aragonesas y las castellanas, y las diferencias que las separan, la organización y régimen de estas Corporaciones, su división en sesmos, su vida actual y su porvenir. Sobre este último punto, no podemos menos de loar la orientación que nuestro paisano propone: La repoblación forestal:--dice en un pasaje de su libro—he aquí una misión que debiera encomendarse aestas meritisimas instituciones;—y más adelante:—Sean las
Comunidades el primer organismo forestal español.
Si las Universidades de Ciudad y Tierra contribuyesen a repoblar de arbolado a Castilla la Vieja, que tanto lo ha menester y restaurasen en ella su más genuino cultivo; ¡Cuán noblemente continuarían la gloriosa historia civilizadora de los Concejos medievales! ¡Cuán útil destino fuera el de aqueallos montes que nuestros antiguos Reyes por sí mismos deslindaban y acotaban! Que así sea algún día, pedimos fervorosamente a Nuestra Señora de la Fuencisla, ante quien rendían sus pendones los pueblos todos de la Comunidad.¡Ella bendiga y prospere a cuantos gastan sus bríos en defender y ensalzar a nuestra tierra, como lo hace este buen segoviano, paladín de antiguas instituciones y evocador de dormidas energías!
El Marqués de Lozoya.
Segovia 17 Enero 1922.
lunes, enero 17, 2011
Las Comunidades Castellanas en la Historia I (Luis Carretero Nieva 1922)
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