jueves, diciembre 01, 2022

Recuperar la democracia (Juanma Badenas)

 

Recuperar la democracia

 Juanma Badenas 21 de noviembre de 2022

Algo mal estamos haciendo cuando permitimos la subversión que significa que los partidos políticos determinen las cosas no en nombre sino en lugar de los ciudadanos.

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De acuerdo con ciertos estudios, el número de españoles afiliados a partidos políticos no supera el millón y medio. Cifra optimista (desde el punto de vista de los partidos), porque el Ministerio de Hacienda sólo registra poco más de noventa y cinco mil contribuyentes que manifiestan pagar cuotas a alguno cuando realizan su declaración del impuesto de la renta de las personas físicas, cada año.

Sea como fuere, aun aceptando los datos más optimistas, estas cifras demuestran el poco arraigo que los partidos políticos tienen entre los españoles. Sin embargo, pocos dudan de su utilidad en el juego democrático; pues, de momento, mientras no seamos capaces de inventar algo mejor, los partidos son el instrumento por medio del cual se articula la representación política en sus distintas vertientes ideológicas.

No obstante, los partidos que fueron concebidos por nuestra Constitución como instrumentos para la participación política (artículo 6) se han convertido en un fin en sí mismos y parecen haber secuestrado la participación y el interés público de los españoles. Incluso algunos militantes se sienten excluidos del debate político porque sus organizaciones no los tienen en cuenta, a veces, ni para pagar la cuota, pues los conservan como afiliados a pesar de no contribuir siquiera con un euro. De ahí la disparidad entre el número de afiliados que los partidos manifiestan tener y la cifra que registra cada año el Ministerio de Hacienda en las declaraciones del IRPF.

De manera que urge rescatar la democracia de los partidos políticos, devolviendo a los ciudadanos su capacidad de decidir. Por ello, me gusta la propuesta que realizó el presidente de Vox en el Viva 22 hace algunas semanas. Propuesta en la que propugna la celebración de referendos, donde se pregunte a los españoles sobre cuestiones políticas de especial trascendencia, tal y como prescribe el artículo 92 de la Constitución Española.

La Ley Orgánica sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum posibilita que las consultas a los ciudadanos se puedan realizar respecto de distintos ámbitos territoriales. Principalmente el nacional y el autonómico, que son los que de modo expreso menciona, aunque no descarta el provincial ni el municipal.

Las condiciones para la celebración del referendo son en extremo duras, por requerir que la propuesta sea realizada únicamente por el presidente del gobierno y aprobada por la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados. Me hubiera gustado que un grupo parlamentario suficientemente numeroso también tuviese la potestad de hacer la propuesta de referendo, aunque al final debiera ser aprobada por la mayoría del Congreso de los Diputados (pues la Constitución no dice que necesariamente haya de ser absoluta). Sin embargo, el tenor literal del artículo 92 de la Constitución y la ley orgánica que lo desarrolla no lo permiten.

Queda reservada la posibilidad de hacer la propuesta únicamente al presidente del gobierno. Si bien, me pregunto, qué tipo de imagen tendría un presidente del gobierno reticente a la convocatoria de un referéndum sobre alguna cuestión de especial relevancia para los ciudadanos, instada por un grupo parlamentario importante del Congreso de los Diputados, si no fuera capaz de expresar un motivo bastante convincente para no convocarlo. Y qué opinión podrían llegar a tener los españoles de ese mismo presidente del gobierno si con reiteración se negase a convocar referendos, sobre cuestiones verdaderamente importantes, alegando como único pretexto el que para resolver ese tipo de cuestiones ya están los partidos políticos que forman parte del Congreso de los Diputados y del Senado. Un presidente del gobierno que se comportase así tarde o temprano terminaría por parecer una especie de secuestrador de la democracia (de la verdadera democracia) a los ojos de los españoles. Y lo mismo se podría pensar respecto de los grupos parlamentarios que con pertinacia mantuvieran una actitud obstruccionista a la celebración de los mismos referendos, impidiendo que los españoles pudieran manifestar su parecer de manera directa sobre cuestiones de especial transcendencia.

Como es lógico, no se debe abusar de los mecanismos constitucionales y menos de uno tan particular como el referéndum. Y tampoco adoptar posiciones demagógicas (y fraudulentas), propias de independentistas catalanes. Como dijo Abascal, hay decisiones de especial relevancia que afectan al presente y al futuro de los españoles que no se pueden dejar al criterio ideológico u oportunista de la mayoría parlamentaria de turno. La capacidad energética, la educación y formación de las diversas generaciones, la independencia de los jueces, la manera en la que España debe formar parte de los organismos internacionales y otros que irán surgiendo, son asuntos de suficiente enjundia como para que los españoles puedan manifestar su parecer sin intermediarios.

Se puede y se debe devolver el protagonismo político a los españoles. Son demasiados los entes que están tomando decisiones que nos son impuestas en los que se vislumbran enormes déficits democráticos. La ONU, la Unión Europea, la OTAN, la OMS, el gobierno, el Congreso de los Diputados (tal y como han puesto de manifiesto las sentencias del Tribunal Constitucional) y los gobiernos autonómicos han tomado el poder y dado muestras de ser capaces de ejercerlo despóticamente. Parece como si hubiéramos retrocedido algunos siglos y vuelto al despotismo ilustrado: “todo para el pueblo, pero sin el pueblo”.

España debe decidir y la soberanía nacional no debería ser escamoteada por nadie desde dentro ni desde fuera de la nación. Algo mal estamos haciendo cuando permitimos la subversión que significa que los partidos políticos determinen las cosas no en nombre sino en lugar de los ciudadanos.

Todos los artículos de El Manifiesto se pueden reproducir libremente siempre que se indique su procedencia.



Rafa

lunes, octubre 10, 2022

Democracia directa (Fernando Sánchez Dragó)

 

Fernando Sánchez Dragó (Madrid, 1936) es escritor. Ha sido en dos ocasiones Premio Nacional de Literatura. Ha ganado el Planeta, el Fernando Lara y el Ondas. Como periodista de prensa, radio y televisión ha hecho de todo en medio mundo. Ha sido profesor de Lengua, Literatura e Historia en trece universidades de Europa, Asia y África. Sigue en la brecha.

Democracia 

directa

10 DE OCTUBRE DE 2022

O lo que viene a ser lo mismo: sobran

 los intermediarios.

Estuve el domingo por la mañana en el

 festival, con aires y vuelo de romería, 

organizado por Vox. Un gentío. Una 

caminata. Una solanera. Un do de 

pecho. El calor apretaba, pero aún

 más lo hacía el desbordante 

entusiasmo de la gente y la emoción

 transmitida por las intervenciones de

 quienes, cumplido ya el mediodía, 

pronunciaron discursos cargados de

 tradición y, simultáneamente, de futuro

 desde una tarima cuyo telón de fondo

 proclamaba que España Decide.

Es hora, en efecto, de que lo haga. 

Ha llegado el momento de recurrir a 

un mecanismo previsto por la 

Constitución, pero olvidado, arrinconado

 y pospuesto una y otra vez por los 

representantes de la partitocracia y de

 la camastronería que de ella se deriva.

Pocos se atreven a decir que el

 

Gobierno va desnudo y que urge

 

derogar buena parte de sus infames

 

leyes

Sobra decir que aludo al referendo

dicho quede así, castellanizado, 

porque si dijera referéndum, tendría 

que decir, en plural latino, referenda,

 y eso sería una pedantería y una 

cursilada de erudito a la violeta. 

Un escritor puede ser cualquier cosa, 

menos cursi,

Fue Santiago Abascal quien cargó 

la suerte en su discurso de clausura

 y hundió el acero sobre la necesidad

 de someter a referendo las cuestiones

 palpitantes y pendientes que las 

triquiñuelas e intereses partidistas 

impiden resolver en el ámbito de ese

 cervantino retablo de las maravillas 

que es el Parlamento y en el que 

pocos, desafiando las consignas de 

la voz (no Vox) campante, se atreven

 a decir que el Gobierno va desnudo

 y que urge derogar buena parte de

 sus infames leyes y salir al paso de

 los gravísimos problemas por ellas

 suscitados que ya no admiten 

dilación, y que ni siquiera es preciso

 mencionar, con otras nuevas que

 los atajen.

De todo lo que ayer sucedió

 

en la gran romería hispanocrática

 

de Vox, y no fue poco, me quedo

 

con la lucidez de este alegato

 

a favor del referendo

¿Por qué sus Señorías renuncian a 

su papel de portavoces del sentir 

y el desear de quienes, con

 mansedumbre, santurronería o 

resignación, los eligen –es un decir–

 sometiéndose al trágala de las listas

 cerradas, y arrinconan, cercenan 

posponen sine die el derecho 

al referendo que está presente

por poner dos ejemplos que Abascal 

también citó, en países tan civilizados

 y de tan asendereada tradición 

democrática como lo son Italia y Suiza? 

La respuesta es evidente como

 evidente es la necesidad de que

 decida el conjunto del país en todo

 aquello que a la totalidad de éste

 afecta sin que su voluntad encalle

 en la concupiscencia de quienes

 entienden la política como una

 actividad de feriantes que sólo 

quieren aprovechar su statu quo 

para dar salida a sus mulas tuertas.

De todo lo que ayer sucedió en la

 gran romería hispanocrática de Vox

, y no fue poco, me quedo con 

la lucidez de este alegato a favor

 del referendo, de la democracia

 directa y de la reducción de 

intermediarios en la lidia de

 la política.

domingo, octubre 09, 2022

CASTILLA

CASTILLA

15 septiembre, 2022 Fran de La Nao

La primera mención del término «Castilla», aparece en un documento del hoy desaparecido monasterio de San Emeterio de Taranco de Mena, situado en el valle de Mena, en el norte de la actual provincia de Burgos. El nombre de Castilla aparece en el documento notarial fechado el 15 de septiembre del año 800 y por el cual el abad Vitulo donaba unos terrenos. En ese documento aparece escrito «Bardulia quae nunc vocatur Castella» (Bardulia que ahora es llamada Castilla).


“et sancti Martini, quem sub subbicionem Mene manibus nostris fundauimus ipsam basilicam in ciuitate de area patriniani IN TERRITORIO CASTELLE et sancti Stefani, cuius basilicam manibus nostris fundauimus in loco qui dicitur Burcenia in territorio Mainense”

“y San Martín, cuya basílica fundamos con nuestras propias manos bajo la subordinación de San Esteban, patrón en el territorio de Castella, en el lugar que se llama Burcenia, cuya basílica fue fundada en el territorio de Mainensi”



El nombre toponímico de Castilla se refiere, todavía en el año 853, a un territorio muy pequeño del norte de Burgos diferenciado de los valles burgaleses de Mena y de Losa: “Et presimus presuras in Castella, in Lausa et in Mena”​. Este topónimo sería llevado al norte de Burgos por algunos de los repobladores de la “Bardulia” (que después se conocería como “Castilla”) en tiempos de Alfonso I y su hijo Fruela.

El origen de Castilla -que empezó siendo un condado del Reino de Asturias- se remontan casi con el inicio de la Reconquista, entre la Cordillera Cantábrica y la Meseta. Es una región con ciertas alturas y algunos desfiladeros. Por ello sirvió como una barrera defensiva para el reino de Asturias contra las incursiones de los moros, motivo por el cual estaba despoblada. Según se fue afianzando el Reino de Asturias, muchas personas comienzan a atravesar la Cordillera Cantábrica que, haciendo uso del derecho romano, comienzan a apropiarse de aquellos terrenos de nadie; restauran iglesias, recuperan molinos y se dan a la ganadería y la agricultura. Estos primeros pobladores tuvieron que soportar varias incursiones musulmanas sin apenas ayuda por su lejanía con la capital asturiana. Hubo tres núcleos iniciales de repoblación: el Valle de Mena desde Taranco, Valpuesta y el núcleo occidental, los tres en la provincia de Burgos.

En el año 842 los habitantes de este territorio decidieron crear los Jueces de Castilla, dos jueces propios para resolver sus pleitos. Para este honroso cargo fueron nombrados Nuño Rasura y Laín Calvo. Ambos impartieron justicia apoyándose en las costumbres sin tener en cuenta el Liber Iudiciorum, un código de leyes de herencia visigoda, que se respetaba en el resto del reino asturiano.

Poco a poco, se fue afianzando el nuevo territorio, hasta que en el año 850 Ordoño I de Asturias llega al trono y cree necesario formalizar aquel territorio y delega el gobierno de su territorio fronterizo a gente de la familia real, quien tendrá libertad de acción a cambio de su fidelidad y nombra a su hermano Rodrigo conde de Castilla. Ha nacido el Condado de Castilla. El conde Rodrigo es el encargado de recaudar los impuestos, cobrar las multas e impartir justicia en sus territorios. En los primeros años de su gobierno se reanuda la repoblación de nuevos territorios bajo la acción de eclesiásticos y señores.

En el año 860 el condado de Castilla se extendía hacia el sur por la Merindad de Sotoscueva, Espinosa de los Monteros, Bricia, Valdivielso, Valle de Mena, La Losa, Valdegovía y el Valle de Tobalina, y llegando por el este siguiendo el río Ebro hasta Puentelarrá y por el oeste hasta Brañosera y Aguilar de Campoo. En este año tuvo lugar la acción militar más importante del conde Rodrigo, al reconquistar y repoblar Amaya, lo que lleva a adelantar la línea de fortalezas hasta Úrbel del Castillo, Castil de Peones, Moradillo de Sedano, Oca y Cerasio (Cerezo de Río Tirón). La toma de la fortaleza musulmana de Pancorbo fue otro logro importante, pues debido a su estratégica situación era paso obligado entre Álava y Castilla y desde la cual, los moros tenían una importante base para sus ataques.

Pancorbo

El conde Rodrigo hizo una excelente labor en la Reconquista y durante su gobernación reorganizó la línea fronteriza y expandió las fronteras del Reino de Asturias (y con ello las del condado de Castilla) hasta los montes Obarenes y asegurar la frontera riojana. A su muerte, en el año 873, el condado de Castilla aparece ya perfectamente configurado como un territorio diferenciado tanto de León como de Álava y con una mirada puesta en su expansión hacia el Duero y La Rioja.

El relevo de Rodrigo lo tomó su hijo Diego Rodríguez, cuyo periodo de gobierno está marcado por cuatro acontecimientos importantes: el definitivo afianzamiento de la frontera en el valle del Ebro, la creación de una nueva línea defensiva más al sur, siguiendo el curso del río Arlanzón, la restauración de la antigua sede episcopal de Oca y la fundación de Burgos.

Oca es la antigua Auca Patricia, sede episcopal ya en época visigoda. Es posible que en esta zona siempre hubieran quedado poblaciones y fortificaciones. Sin embargo, es ahora cuando empieza a ser parte del reino asturiano gracias a la labor del conde Diego Rodríguez. La repoblación se hizo entre los años 873 y 880. La sede aucense está en pleno funcionamiento durante el gobierno del conde Diego y además se ve favorecida por numerosas donaciones del conde.

Poco antes de 882 construyó el castillo de Pancorbo, donde resistió el ataque de un gran ejército musulmán en las primaveras de los años 882 y 883. Los Anales Castellanos nos dan la fecha del 882 para la repoblación de Ubierna, Castrogeriz y Burgos.

In era DCCCCXX · populavit Didacus commes Burgus et Auvirna · pro iussionem domno Adefonso. Regnavit Adefonsus rex annos XVI · et migravit a secculo in mense decembris· et suscepit ipso regno filio eius Garsea.En la era 920 (año 882) el conde Diego pobló Burgos y Ubierna por mandato del señor Alfonso.

El rey Alfonso reinódieciséis años y se fue por los siglos en el mes de diciembre y le sucedió en el reino su hijo García.

Según la Crónica Najerense el 31 de enero de 885 el conde cayó muerto en la localidad burgalesa de Cornudilla, probablemente en batalla contra las fuerzas musulmanas. Según algunas fuentes, su cuerpo se encuentra enterrado en las ruinas de la ermita de Villafranca Montes de Oca. Después de su muerte, el condado de Castilla se divide en varios condados entre 885 y 931, fecha en que toma el control de todos los condados el conde Fernán González.


Diego Rodríguez. Conde de Castilla y fundador de Burgos

En el año 931 el Reino de Asturias había recuperado tanto terreno a los moros que ahora pertenecía al Reino de León, en cuyo trono estaba Ramiro II. El rey leonés vio necesario volver a organizar el reino y ello implicaba retomar el condado de Castilla y delegar a alguien de su plena confianza el gobierno del condado de Castilla, un territorio que había crecido bastante desde la muerte del conde Rodrigo en el año 885. El elegido para ejercer el gobierno fue el Señor de Lara, Fernán González

Los primeros documentos escritos sobre el mandato de Fernán González como conde de Castilla son del año 932. En dos de ellos queda confirmado que en la persona de Fernán González se vuelven a unir la gobernación de todos los territorios castellanos y además el condado de Álava, sin ningún tipo de contrapeso en dicho territorio y con la confianza plena del rey. En dicho documento se puede leer:

“Primo anno regni sui Ranimiri principis in Legione; Fredenandus comes in Castella et in Alapa”

Fernán González encarnó todos los valores que se le atribuyen al buen castellano: trabajador, con honor, combativo a favor de la fe católica e independiente. Es considerado el héroe defensor de Castilla. Esta tradición comenzará con el Poema de Fernán González. Su importancia en la historia castellana es innegable. Su actuación política en el reino de León dará lugar a que Castilla debilite los vínculos feudales con el reino leonés en un grado que no alcanzaron ningún otro de los territorios que también lo intentaron. Al final de su gobierno, Castilla actúa libremente en su política y se puede considerar el comienzo de la independencia de Castilla, aunque siempre estuvo ligado políticamente al Reino de León.

No vamos a extendernos en el gobierno del condado de Fernán González porque es un personaje histórico y su biografía castellana da para mucho. Durante su gobierno participó en la Batalla de Simancas en el año 939, una importante victoria que supuso un nuevo impulso en la reorganización del territorio más allá del río Duero. Por el oeste se repuebla el valle del río Tormes con gentes de León, con núcleos como Salamanca, Ledesma, Baños de Ledesma, Peñausende, Alhándega, etc. En la parte central se avanza hasta Íscar y Olmedo. Y por el este hasta Sepúlveda.

Fernán González llegó a enfrentarse al rey de León Ramiro II, lo cual le costó pasar un año preso y cesado como gobernador de Castilla. Resuelto su enfrentamiento con Ramiro II, volvió a ejercer su gobierno en Castilla. Muerto Ramiro II en el año 951, el reino de León quedó sumido en una crisis dinástica que Fernán González supo aprovechar en su favor. Subió al trono leonés Ordoño III, pero su prematura muerte permitió al conde castellano recuperar su capacidad de maniobra, aunque en esta ocasión tuvo que enfrentarse al reino de Navarra, siendo derrotado y capturado en el año 960, recuperando la libertad tras hacer diversas concesiones territoriales a Navarra.

El conde Fernán González falleció en el año 969. Su vida y hechos fueron magnificados en un poema anónimo, el Poema de Fernán González, escrito entre los años 1250 y 1271



El siguiente conde de Castilla fue García Fernández, hijo de Fernán González y apodado“el de las manos blancas”. Recibió un condado de Castilla en un momento de esplendor, con una paz pactada por el rey leonés con Al-Ándalus que se mantuvo hasta el 974 y que el mismo quebrantó, atacando varias ciudades musulmanas, incursionando hasta Sigüenza. Para hacer frente al peligro musulmán que se cernía sobre sus fronteras, amplió la base social del condado promulgando el Fuero de Castrojeriz, en el que se igualaba de condición a caballeros y campesinos; aquellos campesinos que dispusieran de un caballo para la guerra serían equiparados automáticamente con los nobles de segunda clase.

En el año 978 acudió a León en búsqueda de refuerzos, pero la corte leonesa no quería comprometerse. A pesar de esto, García aprovechó aquel mismo verano para conseguir que San Esteban de Gormaz se rindiese, incursionando hasta Atienza. El frío le obligó a retornar, aunque con un inmenso botín. Con tenacidad admirable, García cerró el paso al invasor y se quedó solo: Bermudo había pactado, Sancho Abarca se había sometido y Borrell había visto Barcelona saqueada e incendiada. Comprende que le era imposible conservar las plazas alejadas y por ello decide en 984 retirarse a Sepúlveda abandonando Atienza.

Después del ataque musulmán de 987 a León, el rey Bermudo II se retira a Galicia. García se presentó al otro lado del Cea con el intento de erigirse en defensor de aquella tierra desamparada por su señor legítimo. En junio del año 989, Almanzor atacó San Esteban de Gormaz, pero no pudo hacerse con el castillo y para colmo, su propio hijo se pasó al bando castellano, siendo acogido por el conde castellano. Al año siguiente Almanzor volvió con un ejército mayor para recuperar a su hijo, pero la frontera estaba bien defendida y entraba el otoño cuando se abrieron negociaciones: paz a cambio del hijo. García lo entregó siempre y cuando respetase su vida. No fue así y Almanzor ordenó decapitar a su propio hijo. Bermudo II aprovechó la tregua con los moros para regresar a León y agradecido, se casó con la infanta Elvira, hija del conde.

El fracaso militar de Almanzor le impuso un cambio de táctica buscando partidarios en el campo enemigo. Es lo que nos permiten suponer los cantares de gesta con el Romance de los siete infantes de Lara donde unos señores son captados por Almanzor que sabía aprovechar los rencores de los señores cristianos para asegurar sus campañas para culminar su venganza.

En la campaña de 994 García pierde dos plazas importantes: Clunia y San Esteban de Gormaz, pero restablece su autoridad sancionando la traición de los infanzones de Espeja y contraataca llegando hasta Medinaceli. Las noticias históricas vienen a confirmar la leyenda: Los Anales Toledanos hablan de la rebelión del hijo de García Fernández contra su padre, una parte de su gente no quiere seguirle, prefieren un acuerdo con Almanzor.

En mayo del año 995, perdidas las fortalezas de Clunia y Gormaz, habían quedado en primera línea los castillos de Peñaranda y de Langa. Los dos destacamentos enemigos se encontraron fortuitamente en el paraje actualmente denominado Piedrasillada. García luchó casi sin esperanza hasta que fue herido en la cabeza y tendido en el campo, los moros lo recogieron aún con vida. Fue llevado a Medinaceli, cuartel general de Almanzor y al terminar la campaña, ordenó Almanzor la vuelta a Córdoba, llevando entre el bagaje a su ilustre prisionero casi agonizante. El 29 de junio, cuatro días después de su llegada a Córdoba, murió. Almanzor entregó su cuerpo a los cristianos cordobeses, que le dieron honrosa sepultura, de donde fue trasladado cinco años después al monasterio de San Pedro de Cardeña, lugar que él había favorecido con especial devoción, gracias a las gestiones de su hijo Sancho García.

La prisión y muerte del conde de Castilla, García Fernández fue una de las noticias que más impresionó a sus contemporáneos y por eso aparece recogida en diversos anales.

Castillo de San Esteban de Gormaz

El siguiente conde de Castilla fue Sancho García, hijo del anterior conde y que se había rebelado contra su padre. Durante su gobierno tuvo que hacer frente a las terribles embestidas musulmanas, pero tras la muerte del líder moro, Córdoba vivió una guerra civil que Sancho García supo aprovechar. Apoyó a Sulaimán al-Mustaín en las luchas civiles cordobesas.​ Durante esta contienda, llegó a saquear Córdoba, el 14 de noviembre del año 1009.​ Para evitar que cambiase de bando, al-Mustaín y sus partidarios le cedieron varias villas; Osma, San Esteban de Gormaz, Clunia, Berlanga de Duero, Sepúlveda y Peñafiel.

Fue conocido como «el de los Buenos Fueros» por los privilegios que dio a diversas poblaciones de Castilla y fundó el monasterio de San Salvador de Oña en el año1011. Falleció en el año 1017, dejando heredero del condado de Castilla a su hijo García Sánchez, un niño de tan solo 8 años. La regencia fue ejercida por varios señores castellanos y Urraca, su tía.

En el año 1028 concertó el matrimonio con la infanta Sancha, hija del rey Alfonso V de León. Al año siguiente marchó a León para conocer a su prometida, pero fue asesinado junto a la iglesia de San Juan Bautista de León. El Romance del Infante García y las crónicas posteriores relatan que este asesinato fue perpetrado por integrantes de la familia Vela a la que el conde Fernán González (su bisabuelo) había arrebatado los dominios alaveses.

Tras el asesinato, el rey Sancho Garcés III de Pamplona se hizo con el gobierno de Castilla por el derecho de su esposa Muniadona de Castilla,​ hermana del difunto, y designó a su hijo Fernando Sánchez de trece años como conde de Castilla en el año 1029. Los nobles castellanos, a cambio de reconocer la autoridad de Sancho por su matrimonio con Muniadona, insistieron en mantener su identidad y en tener un señor que no fuese a heredar la corona navarra, condiciones que Sancho aceptó.​ Aunque nunca fue conde de Castilla, pasó de hecho a gobernar su territorio.​​ En la práctica fue él y no Fernando, quien rigió el condado hasta su muerte en el año 1035.


Fernando I Rey de León y último conde de Castilla

Tras la muerte del rey Sancho Garcés III de Pamplona, su hijo Fernando por fin puede hacer uso de su título de conde de Castilla. Sus primeros años de gobierno los pasó resolviendo conflictos internos. Llevó a cabo una enérgica actividad de Reconquista, tomando las plazas de Lamego, Viseo y Coímbra. Además, sometió a varios reinos musulmanes al vasallaje. En el año 1037 heredó el trono de León, convirtiéndose en Fernando I de León, cargo que junto con el de conde de Castilla, ostentó hasta su muerte, en el año 1065. Fernando I fue enterrado en el Panteón de Reyes de San Isidoro de León que él mismo había construido. Sobre la lápida de su sepulcro esculpieron el siguiente epitafio latino:

H. E. TUMULATUS FERNANDUS MAGNUS REX TOTIUS HISPANIAE. FILIUS SANCTII REGIS PIRENAEORUM ET TOLOSAE. ISTA TRANSTULIT CORPORA. SANCTORUM IN LEGIONE BEATI ISIDORI ARCHIEPISCOPI AB HISPALI VICENTIIMARTYRIS AB ABELA. ET FECIT ECCLESIAM HANC LAPIDEAM. QUAE OLIM FUERAT LUTEA, HIC PRAELIANDO FECIT SIBI TRIBUTARIOS OMNES SARRACENOS HISPANIAE ET CEPIT COLIMBRIAM, LAMEGO, VESEO, ET ALIAS. ISTE VI CEPIT REGNA GARSIAE ET VEREMUDI. OBIIT VI K. JANUARII. ERA MCIII.

Aquí está enterrado Fernando Magno, rey de toda España, hijo de Sancho rey de los Pirineos y Tolosa. Trasladó a León los cuerpos santos de San Isidoro arzobispo, desde Sevilla, y de Vicente mártir, desde Ávila, y construyó esta iglesia de piedra, la que en otro tiempo era de barro. Hizo tributarios suyos, con las armas, a todos los sarracenos de España. Se apoderó de Coímbra, Lamego, Viseo y otras plazas. Se adueñó por la fuerza de los reinos de García y Bermudo. Falleció el 27 de diciembre de 1103.

Fernando I de León, al morir, dividió sus reinos entre sus hijos: al primogénito, Sancho, le correspondió el condado de Castilla, que fue elevado a categoría de reino. Con esta maniobra, en el año 1065, el peligroso territorio tras la cordillera cantábrica donde algunos hombres libres se habían asentado en pequeños núcleos, resistiendo los embates de los moros, se convirtió en Reino. Un reino que en los siguientes siglos experimentará un auge territorial, social y cultural que irá más allá de la península ibérica por océanos desconocidos; Castilla.






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domingo, septiembre 25, 2022

¿Español o castellano?

 

¿Español o castellano?

Resumen

El criterio para decidir sobre la unidad o pluralidad de lenguas en el centro peninsular durante la Edad Media ha de ser lingüístico, y no literario o político. La lengua en que se comunican hoy la mayor parte de los españoles no se originó solamente al norte de Burgos, sino también en la Rioja. León y Aragón. Esta lengua ha de llamarse española desde sus orígenes, porque ya entonces se hablaba en la mayor parte de España.

Palabras clave: español, aragonés, riojano, leonés, castellano

 

Abstract

'Old Spanish' versus 'Old Castilian': Dialectological reflexions. Linguistics and not literature or politics should define singleness or plurality regarding languages in medieval Central Spain. The language used today by most Spaniards originated not only in northern Castile, but also in La Rioja, Leon, Aragon. This language has to be called 'español' or 'Spanish' from its origin, since it was already spoken then in most Spain.

Key words: Spanish, Aragonese, Riojano, Leonese, Castilian

 

 

 

 

1. Introducción

 

Aunque sigue habiendo división de opiniones sobre la manera de denominar la lengua en que se comunican hoy la mayor parte de los españoles -unos la llaman español, otros castellano, otros, en fin, castellano o español, según las situaciones-, existe una considerable uniformidad en el modo de denominar la lengua en que escribió Juan Ruiz: el castellano.

Ya es un lugar común entre los filólogos decir que esa lengua se originó al norte de Burgos, a los pies de la cordillera Cantábrica, y después, con la Reconquista, la unión de los reinos y la conquista de América, se extendió al resto del país y al Nuevo Mundo.

Desde esta perspectiva, la lengua de Castilla pasa, de ser una criatura minúscula e insignificante, alumbrada a los pies de la cordillera Cantábrica, a convertirse en un gigante colosal tras aniquilar o arrinconar a sus vecinos: de castellano pasa a ser y a llamarse español.

Ahora bien, ¿cuál es exactamente, dentro de este panorama. la situación lingüística del leonés y el aragonés medievales, esos viejos vecinos del castellano? En este caso, la respuesta dista mucho de ser clara y uniforme. En realidad, el tema no ha preocupado demasiado: vae victis!. Y, sin embargo, no podremos dar nombre adecuado a la lengua de Juan Ruiz o don Juan Manuel si no damos antes una respuesta aceptable a esta pregunta.

 

 

2. Respuestas tradicionales

 

Para unos, el leonés y el aragonés son dialectos del castellano. Es lo que de alguna manera afirma M. Batllori (1987: 4) en un pasaje de su obra Humanismo y renacimiento al referirse a la labor traductoria del gran maestre aragonés Juan Fernández de Heredia:

"El gran maestre de Rodas Juan Fernández de Heredia [...] hace traducir por primera vez a una lengua romance de estirpe hispánica -al castellano o a su dialecto aragonés- a Tucídides y a Plutarco."

Para otros, son dialectos del latín. Así se expresan, por ejemplo, F. Lázaro y V. Tusón (1987: 30-31) en un conocido libro de texto de lengua española:

"Pero hay casos en que las hablas locales de un territorio no han llegado a constituir un modelo de lengua culta, sino que sus hablantes han adoptado otra lengua como tal. Es lo que ocurrió en España en las áreas leonesa y navarro-aragonesa, donde el latín evolucionó de modo distinto a como lo hizo en Castilla. En dichas zonas, los modelos locales de hablar no salieron de su estado disperso, estado que continúa hoy [...]. Atendiendo a los rasgos comunes, se dan a tales conjuntos de modos locales de hablar, como dialectos que son del latín, los nombres de dialecto leonés y dialecto navarro-aragonés, respectivamente."

Para otros, en fin, son dos lenguas más. a la par del castellano, aunque con peor fortuna histórica. Es lo que sostiene R. Menéndez Pidal (1918: 3) cuando escribe:

"El término "castellano'" puede tener un valor preciso para designar la lengua del Poema del Cid, cuando la unidad nacional no se había consumado, y cuando el leonés y el aragonés eran lenguas literarias."1

Al afirmar que el aragonés de Juan Fernández de Heredia es un dialecto del castellano, no quiere decirnos M. Batllori que el aragonés sea una ligera diferenciación producida históricamente en el seno de la lengua de Castilla. Lo que hace Batllori es proyectar al pasado medieval la situación idiomática actual y la denominación utilizada por él para referirse a esa situación presente: en la Edad Media, como hoy, se hablaría en Aragón el "castellano", entendido como sinónimo de español. El aragonés sería, desde esa perspectiva, una modalidad regional de esa lengua común a Aragón y Castilla. La comprensión de la realidad parece acertada, pero la formulación es inadecuada. porque castellano y aragonés proceden. independientemente, del latín, y nada justifica llamar, en la Edad Media, castellano a la manera de hablar aragonesa.2

Cuando F. Lázaro y V. Tusón afirman que el leonés y el aragonés son dialectos del latín no quieren decir, como es obvio, que los hablantes de estos "dialectos" comprendan el latín por una especial proximidad a esa lengua; quieren decir sencillamente que sus formas de hablar, procedentes del latín, no tienen categoría de lengua por carecer de escritura o de tradición literaria. Pero negar al leonés y al aragonés medievales categoría de lengua por no poseer tradición literaria es desfigurar la realidad histórica, sobre todo en el caso del aragonés. Sabido es que Juan Fernández de Heredia, en el último tercio del siglo XIV, desempeñó para las letras aragonesas una función similar a la desempeñada por Alfonso X, un siglo antes, para las castellanas. En lo que respecta al leonés, dejando a un lado casos menos claros, no es justo incluir, como hacen estos autores (1987: 64-65), el Fuero Juzgo en los documentos castellanos.

Afirmar, como hace R. Menéndez Pidal, la existencia de tres lenguas en el seno del iberorromance central por la presencia de tres literaturas es dirimir un problema lingüístico en instancias foráneas. La lengua y la literatura no son magnitudes isométricas, y el hecho de que dos modalidades lingüísticas tengan sendas expresiones literarias no decide que sean lenguas distintas. De hecho, hoy hablamos con toda naturalidad de literatura hispanoamericana, sin que por ello afirmemos la existencia de una lengua hispanoamericana distinta de la española.

 

 

3. Cambio de visión y de denominación

 

La salida del laberinto viene dada por la adopción de un punto de vista estrictamente lingüístico: si las lenguas son básicamente sistemas de comunicación, y los leoneses,castellanos y aragoneses del medievo se entendían sin dificultad hablando cada cual a su manera, se está diciendo implícitamente que hablaban la misma lengua, a pesar de las diferencias regionales3. Esta lengua en que se comunicaban y entendían leoneses, castellanos y aragoneses no nació solamente al norte de Burgos, a los pies de la cordillera Cantábrica, sino también en tierras leonesas, aragonesas, riojanas... Y esto es perfectamente compatible con el lugar de honor que le corresponde a la variedad castellana en la historia de la lengua y la literatura. Pero sólo una visión deformada de la realidad lingüística ha podido hacer que esta lengua en que se entendían sin dificultad leoneses, castellanos y aragoneses se llame castellana. Si lo que hacía que se entendieran las gentes de esas tres zonas peninsulares era el fondo idiomático común, la denominación debiera dirigirse a ese fondo común, y no a un elemento diferencial, en este caso, el castellano. Si las lenguas tuvieran que denominarse por lo diferencial, y no por lo común, se podrían distinguir en el iberorromance central no tres lenguas, como quería R. Menéndez Pidal. sino seis o más: leonés oriental. leonés occidental, aragonés oriental, aragonés occidental, castellano norteño, castellano meridional... Y lo mismo podríamos hacer hoy,. en España y en América, con las distintas modalidades del español.

Dada la coincidencia de las tres denominaciones idiomáticas con las de los tres reinos del centro peninsular, cabe pensar que esas denominaciones idiomáticas -leonés, castellano y aragonés- tienen en su origen una fuerte inspiración política. Pero, como es bien sabido, los límites de las lenguas no tienen por qué coincidir con los de los reinos o estados: el español moderno sigue siendo una y la misma lengua. aunque se hable en veinte estados diferentes4.

Se impone, pues, como solución al problema que nos ocupa, cambiar, primero, el punto de vista, y después, la denominación. Hay que renunciar al uso de castellano como denominación de la lengua en que escribió Juan Ruiz, ya que lo hizo en la misma que los traductores y compiladores de la obra herediana o que el traductor del Fuero Juzgo. Podemos, sí, seguir diciendo que El conde Lucanor está escrito en castellano. que Juan Fernández de Heredia hizo traducir las Vidas paralelas de Plutarco al aragonés, o que el Fuero Jugo fue traducido al leonés, pero conscientes de que con esos adjetivos no expresamos el nombre de la lengua, sino el del dialecto o variedad regional. El nombre de la lengua ha de ser genérico y distinto de cualquiera de las variedades dialectales. ¿Cuál será, pues?

Una solución, colmada de inocencia, sería apelar a la pura geografía y llamar a este complejo dialectal del centro peninsular iberorromance central. El nombre es correcto, y en algún momento puede ser de utilidad: pero es demasiado largo, tiene poca tradición y ninguna esperanza de prosperar. La solución más adecuada podría ser extender a la época medieval la denominación antonomástica español o lengua española, que, referida al período moderno, cuenta ya con una notable aceptación en los ambientes filológicos. De este modo. se consumaría totalmente la sustitución del castellano o lengua castellana por español o lengua española. Conviene recordar que ya R. Menéndez Pidal (1918: 3) condenó la "mala preferencia" que la Real Academia había dado a castellano para el período moderno.

La razón fundamental de esta opción es que ya en la Edad Media esta lengua se hablaba en la mayor parte de España5. Por eso. el empleo de español para referirnos a la lengua medieval no responde, como dice R. Lapesa (1981: 299), a una "antonomasia demasiado exclusivista", sino al hecho elemental de que esta lengua tenía una extensión geográfica y demográfica mucho mayor que cualquiera de las otras lenguas peninsulares.

Esta denominación es de origen, una vez producida la diversificación idiomática del primitivo romance (es decir, una vez pasada la etapa del romanice fabulare/ parabolare, en que aún era posible la comunicación fluida entre todas las gentes de la Romanía a través de una sola lengua: el latín tardío), y no tiene por que verse afectada por los acontecimientos de los siglos posteriores, aunque tampoco se excluya la posibilidad de cambio en la denominación. Queremos decir que, si el español hubiera tenido que cambiar de nombre al compás de su expansión geográfica y política, ya le vendría corto ese nombre, y habría que llamarlo hispánico o algo parecido6. Pero, así como podemos seguir llamando griego a la lengua de Hornero y a la hablada hoy en Atenas, a pesar de los incrementos y decrementos territoriales que ha experimentado a lo largo de su historia, así podemos seguir llamando español a la lengua de Juan Ruiz y de Cervantes, a pesar de que haya rebasado los límites geográficos y políticos de España.

 

 

4. Historia de la nueva visión

 

La idea de la unidad idiomática del leonés, el castellano y el aragonés en el período medieval es demasiado obvia como para que pueda ser un descubrimiento nuestro. Aparece con plena claridad en el autor (anónimo) de la Gramática de la lengua vulgar de España (1966), publicada en Lovaina en 1559. Para él, en León, Castilla y Aragón se hablaba lo que él denomina la "lengua vulgar de España" por hablarse y entenderse en toda ella7. Pero, curiosamente, frente a la tesis convencional, que afirma la primacía de Castilla, nuestro autor otorga la primacía a León y Aragón, alegando, entre otras razones, que, en un tiempo en que en Castilla "no se hablaba sino arávigo", ya se hablaba esa lengua en León y Aragón. Evidentemente, la aseveración del autor tiene validez para la Castilla reconquistada, pero no para la Castilla originaria, que mantuvo siempre el romance, por lo que su razonamiento carece de valor. Debiera haberse limitado a probar que León y Aragón no recibieron su lengua de Castilla: pero parece que un punto de indignación le llevó más allá de lo que era menester. Probablemente esto le dio pie a R. Menéndez Pidal (1918: 3) para descalificarle globalmente diciendo que su rechazo de la denominación "lengua castellana" se basa en "razonamientos incorrectísimos", y el propio A. Alonso (1958: 50) le califica de muy "razonador" pero poco "razonable". Sin embargo, la posición de este gramático es correcta en lo esencial, y descansa en una intuición muy certera: la intuición de que la lengua que habla la mayoría de los españoles no nació en Castilla y después se extendió por el sur, este y oeste de España, sino que es también, en razón de su origen, la lengua de León y Aragón...

La idea de la unidad idiomática del centro peninsular en la Edad Media aparece también explícitamente formulada en D. Alonso (1964: 14) cuando escribe, en referencia a la glosa número 89 del Aemilianensis 60:

"He aquí este venerable trozo [...],. que es, hoy por hoy, el primer texto, no podemos decir que de la lengua castellana, pues hay algún matiz dialectal, pero sí el primero de la lengua española".

Hasta R. Menéndez Pidal (1918: 3), a pesar de su proclividad a admitir tres lenguas distintas en el centro peninsular durante la Edad Media, se acerca en algunos casos a la idea de la unidad idiomática. Eso sugiere el título de su obra Crestomatía del español medieval (1965-66), obra en que se reúnen textos leoneses, castellanos, mozárabes y aragoneses bajo el común denominador "español". Y ese mismo sentido parece tener el denominador "español" de su obra magna Orígenes del español (1950), en la que, además de aparecer reunidos textos leoneses, castellanos y aragoneses, se narra la protohistoria de los respectivos dialectos. Es menos probable que haya que entender el título de esta obra como descripción de los orígenes y circunstancias de una lengua - el "castellano"- que con el tiempo iba a convertirse en español.

Esta idea de la unidad idiomática del centro peninsular es capital en el ensayo de A. López García (1985): El rumor de los desarraigados. Conflicto de lenguas en la península ibérica. Para él, ya en la Edad Media existía una única lengua en el centro peninsular que conocían incluso las gentes de la periferia. Pero esa lengua no es para él el resultado de una evolución, sustancialmente idéntica, del latín en los distintos territorios del centro peninsular, sino fruto de la expansión, en sentido este->oeste y oeste->este, de una lengua franca creada por los vascos en el valle del Ebro. En esta lengua habrían sido escritas, entre otras obras, las de Berceo, el Libro de Alexandre, el Libro de Apolonio, Elena y María, e incluso el Mio Cid; no el Fuero Juzgo (p. 60).

En esta hipótesis no se explicitan suficientemente las relaciones entre los distintos dialectos del centro peninsular, y en particular las de esta koiné con el castellano norteño prealfonsí. Resulta particularmente extraña su afirmación de que "Castilla era el único reino que carecía de un basamento romance derivado de la escisión espontanea del latín in situ" (p. 71).

Más allá de las palabras, la presencia del director de la Real Academia Española en los actos conmemorativos de las Glosas Emilianenses en San Millán de la Cogolla (27-101992) es también un voto a favor de la tesis que propugna la existencia de una unidad idiomática en el centro peninsular ya en la Edad Media 8. Porque, si la lengua de Juan Ruiz y de Cervantes nació al norte de Burgos, y sólo después se extendió por el resto de España y por el ancho mundo, ¿qué sentido puede tener el vincular su nacimiento a unas glosas del siglo X que ni se hicieron en Castilla ni están en castellano? Sólo admitiendo que esta lengua ya en sus orígenes es transcastellana -antes hemos dicho española-, tiene sentido esa presencia y esa conmemoración.

 

5. Historia de la denominación

 

Aunque la denominación español (o equivalentes) empezara a "cundir" (A. Alonso 1958: 15) en el siglo XVI. tal vez sea excesivo decir que en la Edad Media sólo se usó de vez en cuando. La denominación lenguaje de España aparece tres veces en las Siete Partidas (Part. II, VII, 4; II, IX, 27; y II, XVIII, 1 [J. Mondéjar Cumpián 1981: 33-34]), y una vez en el Setenario (Set. 187. 10 [H. J. Niederehe 1975: 82]). "Espannol" aparece en el cap. 183 de la Primera crónica general (Alfonso X 1977: 136a, 20), y su equivalente francés "espaignol" se documenta en el Román de Gaufroy (J. Mondéjar Cumpián 1981: 16) y en la versión francesa de la Escala de Mahoma (H. J. Niederehe 1975: 82). Y, en los textos latinos, parece que no era infrecuente referirse al romance central con la denominación "hispanicum (idioma)" (G. Menéndez Pidal 1951: 365, 367, 377). Hasta Nebrija, que cuando se expresa en romance usa el adjetivo "castellano", utiliza en sus textos latinos los adjetivos "hispanus" o "hispaniensis" para referirse a su lengua9.

Se podrá decir que las denominaciones "espannol/espaignol, hispanum, hispanicum, Hispaniense o lenguaje de España" denotan la misma realidad que castellano (J. Mondéjar Cumpián 1981: 33), aunque sea distinta la connotación. Sea de ello lo que fuere, lo único que interesa señalar aquí es que estos términos no fueron rarae aves antes del siglo XVI, y que, si estos términos fueran aptos para referirse a las formas lingüísticas castellanas, a fortiori lo serían para referirse, inclusivamente, a las leonesas y aragonesas10.

 

 

6. Nuevo significado de español

 

Nuestra denominación -siempre español- coincide en un tramo temporal con la de los que, a partir del siglo XVI, llaman española a nuestra lengua. Pero esta coincidencia en el significante oculta diferencias en el significado. De hecho, para los defensores del patrón castellano antiguo->español moderno, el español es castellano expandido; es decir, el español es la lengua de la Castilla norteña que se ha extendido por toda España y gran parte del Nuevo Mundo. Eso explica el que A. Alonso (1958: 163) diga que "castellano y español nombran a un mismo objeto con perspectivas diferentes". Vistas así las cosas, las formas lingüísticas leonesas y aragonesas habrían sido sustituidas en la mayor parte de su territorio por la "lengua castellana". La acción habría sido tan intensa y eficaz que, en el caso del leonés, por ejemplo, si hemos de creer a R. Cano, al final sólo quedan algunos rasgos leoneses "dentro de una estructura castellana" (R. Cano 1988: 206). Nuestra imagen de la realidad es en alguna medida distinta: el español moderno es español expandido, y las áreas leonesa y aragonesa no cambiaron de lengua con la creciente castellanización. Abandonaron, sí, algunos de sus rasgos a cambio de otros castellanos; pero su léxico, su gramática y su pronunciación siguieron siendo mayoritariamente los de antes: León no aprendió a decir pan, vino, amor, cielo, tierra, vida, muerte, amo, amas, ama, amamos... de Castilla. Eso se podría haber producido si el agente exterior hubiera sido, por poner un caso extremo, el árabe o el vasco. Pero el castellano, al no ser lengua distinta, no produjo en León y Aragón un cambio de lengua.

Por otra parte, como muy bien señala V. García de Diego, el "castellano" fue especialmente inhábil para defenderse de los dialectos vecinos; en célebre expresión de este autor, "el castellano es un complejo dialectal" (V García de Diego 1950: 330). El propio R. Lapesa reconoce que "el castellano drecho" alfonsí "respondía en general al gusto de Burgos, pero con ciertas concesiones al lenguaje de Toledo y León" (R. Lapesa 1981: 241).

Apenas es posible exagerar la presencia de lo castellano en la expansión del español: pero no se deberían silenciar o minusvalorar otras presencias. En el andaluz, a pesar de su indudable ascendencia castellana, hay tantos rasgos de índole leonesa que, para la zona central y occidental, hasta se ha acuñado la denominación de "Andalucía leonesa" (A. Zamora Vicente 1974: 330). De origen leonés parecen ser, entre otros rasgos, la ascensión de /-e/ a /-i/ y de /-o/ a /-u/, la esporádica sustitución de /1/ por /r/ en los conjuntos prenucleares (por ejemplo, /pr/ y /br/ por /pl/ y /bl/), la velarización de la /n/ final de palabra, e incluso el tan extendido y perturbador de la aspiración de la /s/ implosiva (P. M. Lloyd 1993: 556-557). Esto no es nada sorprendente si tenemos en cuenta que la conquista de la Andalucía central y occidental fue una empresa conjunta de Castilla y León11. En la Andalucía oriental, es sobradamente conocida la presencia de numerosos elementos aragoneses (A. Zamora Vicente 1974: 327).

 

 

7. Conclusiones

 

De lo expuesto hasta aquí pueden extraerse las siguientes conclusiones:

1) El criterio para decidir sobre la unidad o pluralidad de lenguas en el centro peninsular durante la Edad Media ha de ser de carácter lingüístico, y no literario o político.

2) La lengua en que se comunican hoy la mayor parte de los españoles no se originó solamente al norte de Burgos, sino también en la Rioja. León y Aragón. Sólo así tiene sentido decir que la glosa 89 del Aemilianensis 60 es el primer texto de la lengua española.

3) Esta lengua ha de llamarse española desde sus orígenes, porque ya entonces se hablaba en la mayor parte de España. Esta denominación es antonomástica, y es, en el fondo, tan ingenua como la de "selección española" en el ámbito deportivo.

4) Al ser denominación de origen, no tiene necesariamente que cambiar por el hecho de que el español haya rebasado los límites geográficos y políticos de España.

 

 

 

 

 

Bibliografía

 

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Notas

 

1 Sin embargo, cf. apartado 3 de este trabajo.

2 Es posible también que con la expresión "su dialecto aragonés" se refiera M. Batllori al dialecto que hablaba Juan Fernández de Heredia, sobrentendiendo que es el latín la lengua de referencia. En este caso, su posición sería sumamente confusa, ya que, por una parte, admitiría que el aragonés tiene tradición literaria, y, por otra, le negaría la categoría de lengua.

3 No podemos estar de acuerdo con Coseriu (1981: 8) cuando afirma que, "aun no habiendo intercom-prensión, puede tratarse de dialectos de la misma lengua histórica".

4 Un caso ilustrativo es también el del valenciano con respecto al catalán: ni porque pertenezca a distinta comunidad autónoma, ni porque tenga gramática escrita "propia", deja de ser la misma lengua que el catalán.

5 A. López García (1985: 70. 77-78. 90) aduce como razón justificativa de español -para él la única- la particularidad de ser la lengua de comunicación entre todos, o casi todos, los habitantes de la Península. La razón es óptima, pero no la única. La observación ya aparece en el autor de la Gramática de la lengua vulgar (1966: 6). aunque rechaza la denominación española.

6 Hispánico era precisamente la denominación que sugería Ricardo Rojas en 1923: cf. A. Alonso 1958:139.

7 En un primer momento incluye también el portugués dentro de esta "lengua vulgar de España": después, teniendo en cuenta que el portugués "tiene tantas y tales variedades en algunas palabras y pronunciaciones", admite que "bien se puede llamar lengua de por si" (p. 7).

8 En sus palabras ("A la lengua castellana la han hecho española y de dimensión universal los españoles que permanecieron entre el Mediterráneo y el Atlántico y los que fueron a Ultramar" [ABC. 28-10-92. p. 5]), el Director de la Real Academia se atiene al patrón mas extendido en los ambientes filológicos: castellano antiguo-español moderno.

9 Cf. Nebrija 1946, prólogo y colofón, y 1951 s. castellano.

10 A. López García (1985) rechaza reiteradamente la denominación castellano para el constructo vasco-rrománico que, según él, llegó a ocupar el centro peninsular ya en la Edad Media (cf. sobre todo, pp. 36, 61 y 69). Al convertirse en el medio normal de comunicación entre los distintos pueblos de la Península,

11 Concretamente, entre los repobladores de Jerez de la Frontera, el 45% eran oriundos de zonas leonesas o gallego-portuguesas, y, entre los pobladores de Sevilla, después de su conquista por Fernando III, había un numeroso contingente de gentes noroccidentales (Lloyd 1993: 556-557).