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miércoles, octubre 09, 2024

Tiempo de conmemoraciones: de los 550 años de Isabel a los 1200 de Brañosera, en el origen de Castilla, Jesús Fuentetaja

 

Tiempo de conmemoraciones: de los 550 años de Isabel a los 1200 de Brañosera, en el origen de Castilla

Castilla, lecho de Procusto. Jesús Fuentetaja

 

Castilla, lecho de Procusto

https://www.eladelantado.com/opinion/tribuna/castilla-lecho-de-procrusto/

Castilla, lecho de Procrusto

JESÚS FUENTETAJA

En el Diccionario de Mitología Griega y Romana de Pierre Grimal, se narra el mito del bandido Procrusto o Procrustes, también conocido como Damastes y Polipemón. Este vivía en el camino de Mégara a Atenas. Se trataba de un posadero del Ática, que disponía de dos lechos, uno corto y otro más largo, y obligaba a los viajeros a tenderse en uno de ellos: a los de alta talla, en el corto y a los de baja estatura en el largo. Para adaptarlos a la cama, a los primeros les cortaba los pies que sobresalían y a los segundos les estiraba las piernas a golpe de martillo. Según el mito, fue muerto por el héroe griego Teseo (el vencedor del minotauro de Creta), administrándole a él la misma medicina que recetaba a los demás. Este mito se ha convertido en un símbolo del conformismo y uniformización, que puede ser aplicable a toda falacia en la que se tratan de deformar los datos de la realidad para que se adapten a la hipótesis previamente establecida. Incluso, da nombre a un síndrome en psiquiatría, cuando alguien se muestra intolerante con todos los demás que no son capaces de ajustarse a lo que aquel dice y piensa. Si, ya me imagino en que enfermo actual pueden ahora estar pensando. En nuestro rico refranero español tenemos un dicho que lo define también perfectamente: que te obliguen a comulgar con ruedas de molino.

Ruedas de molino son las que llevamos tragando y no desde hace poco tiempo en esta parte del llamado Estado español que genéricamente se ha venido conociendo como Castilla. Los castellanos hemos soportado que se nos estiren hasta la extenuación la carga fiscal que históricamente venimos padeciendo, a la vez que nos han venido recortando nuestro patrimonio geográfico y humano, para adaptarnos a las sucesivas organizaciones territoriales que han concluido en el actual Estado de las Autonomías, en el que quedaron aventados, no a los cuatro sino a los cinco vientos, los pedazos de la antigua y otrora poderosa Castilla. No, no es de ahora. Ya el jesuita Baltasar Gracián, autor de El Criticón, una de las novelas de referencia de la literatura española, afirmaba en pleno siglo XVII, que: “no se veía un real de a ocho en toda Castilla”. El lecho establecido por los Austrias para estirar los impuestos a los castellanos tenía su destino en la financiación de las guerras europeas exigidas para mantener las sucesivas políticas imperialistas de sus monarcas. Impuestos que al parecer no se exigían en la misma medida en otros lugares de España.

En el otro lecho, en la cama más corta, se fue colocando a las instituciones más genuinamente populares de Castilla como eran las Comunidades de Villa y Tierra, a las que fueron cercenando extremidades de sus dominios territoriales. Desde los Reyes Católicos, con la expropiación del sexmo de Valdemoro de la de Segovia, hasta la política económica de Felipe II, que para conseguir los fondos necesarios para hacer frente a los empréstitos concertados, principalmente con los banqueros genoveses, implantó la venta de jurisdicciones y de baldíos de estas corporaciones. Ello, sin contar el recorte de libertades tras Villalar, protagonizado por el padre de este último y nieto de los primeros. No solo fueron las monarquías absolutistas las cercenadoras de bienes y derechos, la expropiación de los pinares de Valsaín por Carlos III fue otro ejemplo, sino que la persecución a las Comunidades la completaron los liberales, los progresistas del siglo XIX, que a través de sendos procesos desamortizadores fueron enajenando sus bienes, al mismo tiempo que disponían su disolución cuasi definitiva.

Así llegamos al pasado siglo XX, en donde un régimen dictatorial surgido de un enfrentamiento civil, pero salvaje entre españoles, se quiso apoderar de los valores universales de Castilla, a la vez que sus políticas económicas vinieron a vaciarla de población, para facilitar la mano de obra barata al crecimiento industrial de la periferia, potenciado desde aquel régimen, entre otras medidas, con un protector sistema arancelario que impedía la competencia exterior de sus productos, destinados mayormente al consumo interior.

En la actualidad, Castilla, al igual que puede haber sucedido con otras regiones, después de haber sido históricamente esquilmados sus habitantes a impuestos y estirados hasta la saciedad; y de haber visto recortadas sus libertades, derechos y población; divididos sus antaño límites territoriales, y cuando esperaba que al menos se cumpla la solidaridad interterritorial que históricamente la deben y que además aparece contenida en los artículos 2 y 138 de la Constitución de 1978, estamos viendo que aquel principio solidario puede quedar seriamente amenazado si finalmente llegan a cumplirse los pactos alcanzados para formar gobierno en una de aquellas regiones periféricas más favorecidas por la política económica franquista. Lo triste es que esto lo pueda permitir un gobierno de izquierdas que, como no puede ser de otra manera, lleva en su ideología y en su razón de ser el reparto equitativo de la riqueza nacional, con el objetivo último de acercarse al concepto de igualdad que, implícito en su propia naturaleza, llevan siglos persiguiendo.

En “Castilla Canto de Esperanza”, que al narrar la epopeya comunera nos ha venido cantando magistralmente el Mester, se añora a una Junta y se espera a un capitán. La primera parece ser que ya existe, al menos eso dicen, pero no sé si aún nos pueda faltar el Teseo del mito, que como buen capitán acabe con la existencia de la doble vara de medir y con las camas de dos usos, en las que nos echamos a descansar pero no sabemos si nos vamos a levantar más estirados o más recortados, o incluso si vamos a ser capaces de levantarnos.

viernes, julio 12, 2024

Autonomías a la fuga: a propósito de lo de León Por Jesús Fuentetaja

 

Autonomías a la fuga

Por  Jesús Fuentetaja

https://www.eladelantado.com/opinion/tribuna/autonomias-a-la-fuga-a-proposito-de-lo-de-leon/



Autonomías a la fuga: a propósito de lo de León

En el inicio del proceso de implantación del Estado de las Autonomías contenido en el Título VIII del texto constitucional, cobró fortuna el eslogan que definía a la percepción los principios inspiradores de su desarrollo. La fórmula de café para todos extendía la obligación de convertir, sin excepción alguna, el rico mosaico regional en territorios autonómicos y para aquellos que pretendieran salirse de la linde ya estaba ahí el artículo 144 con el cierre del sistema. A nadie se le escapa que la principal justificación de este modelo fue la de intentar diluir las reivindicaciones de las llamadas nacionalidades históricas, en el puzle conjunto de la nueva ordenación territorial del Estado.

Transcurridas más de cuatro décadas venimos observando no sin preocupación, que aquella fórmula plagada de buenas intenciones y zurcida a toda la prisa por la necesidad de cerrar el mapa autonómico impuesta por el intento de golpe de estado del 23F, dejó alguna costura sin cerrar que luego empezaría a deshilacharse. Los que reivindicaban con mayor virulencia su derecho a ser diferentes, pronto pudimos observar que no se conformaban con lo que habían conseguido, cuatro veces más que con lo que se hubieran contentado al principio de la transición. Porque no se han cansado de restregarnos por la cara, que no podemos ser todos iguales y como ya no tienen cabida sus exigencias en la Constitución, esta ya no les sirve y están llevando al límite al pusilánime gobierno de la nación, con sus presiones y chantajes para conseguir la ansiada finalidad de ser diferentes a los demás, como paso previo a justificar su independencia de un Estado que ya no precisan.

Tampoco pudo evitarse en aquellos inicios, que surgiera algún imprevisto con el que no se contaba, como fueron los casos excepcionales de las provincias de Segovia y de Almería. Una y otra no se plegaron a lo que de ellas se esperaba y forzaron dos medidas legislativas “ad hoc” para reconducirlas por el carril autonómico del que nunca debían haberse apartado. La historia de lo que sucedió en Segovia, ya debiera ser debidamente conocida por estos lares y no pretendo volver a marear a nadie con ella, para tranquilidad de mis detractores.

Algo similar sucedió también con la provincia de León, anestesiada entonces por el cloroformo institucional de Martín Villa, pero pasados aquellos efectos parece que ha vuelto ahora a despertar con una mayor virulencia. El acuerdo adoptado hace unos días por el pleno de la Diputación leonesa, no ha sido más que la crónica de una decisión anunciada. Porque nunca ha estado León cómoda formando comunidad con el resto de las provincias castellanas. Su incorporación al proceso autonómico iniciado el 26 de octubre de 1979 por el Consejo General de Castilla y León, fue forzada por la intervención ya aludida del leonés Rodolfo Martín Villa, a la sazón ministro en los gobiernos de UCD y principal responsable de que León entrara con fórceps en aquel proceso y casi ya con el control cerrado, puesto que la Diputación no adoptó el acuerdo de adhesión hasta unos pocos días antes a que concluyera el plazo de los seis meses previsto en el artículo 143. Conviene recordar a este respecto, que el régimen preautonómico y preconstitucional de Castilla y León, fue establecido por el Real Decreto Ley 20/1978, de 13 de junio de 1978, que incluía inicialmente en su ámbito territorial, a las once provincias que venían formando parte de las regiones de León y de Castilla la Vieja, esto es: León, Zamora, Salamanca, Valladolid, Palencia, Santander, Burgos Logroño, Soria, Segovia y Avila. Sin embargo, en el momento de configurarse el Consejo General previsto en aquella disposición y que fue llevado a cabo el día 22 de julio de 1978 en la localidad palentina de Monzón de Campos, ya no hacen acto de presencia los representantes de las provincias de Santander, Logroño y León, constituyéndose entonces, el órgano preautonómico con las ausencias de estas tres díscolas provincias que ya tenían pensados otros planes diferentes para sus respectivos territorios.

Que León no se ha sentido a gusto uniendo sus destinos a Castilla no es de ahora. Cuando con ocasión de proclamarse la I República en 1873, se trazaron las líneas de lo que sería la conversión del Estado unitario de los Borbones en otro de configuración federal, en agosto de ese mismo año los republicanos leoneses remitieron un escrito a las Cortes constituyentes en el que se oponían a la inclusión de la provincia en el Estatuto de Castilla la Vieja, cosa que parecía lógica puesto que ni siquiera se había respetado el nombre de León en el título de aquel proyecto, por otra parte abocado al fracaso. Más recientemente, hay otro intento de abandonar el barco autonómico que de mala gana compartía con Castilla, cual fue el acuerdo de la Diputación Leonesa del día 13 de enero de 1983, por el que se revocaba el inicial de integración en Castilla y León de 16 de abril de 1980. A este seguiría la multitudinaria manifestación del día 4 de mayo de 1984, a favor de la segregación de la provincia y puede que como medida de presión al Tribunal Constitucional, que tenía que resolver el recurso interpuesto por 53 senadores del Grupo Popular contra la Ley Orgánica 4/1983, de 25 de febrero, por la que fue aprobado el Estatuto de Castilla y León y en cuyo ámbito territorial figuraba incluida. Como ya es conocido, dicho recurso fue desestimado por la sentencia de 23 de septiembre de 1984.

Estos son, a grandes rasgos, los antecedentes históricos del reciente acuerdo de la Diputación de León, coyunturalmente adoptado en un tiempo turbio en donde la confusión se ha acabado por adueñar de toda actividad política, más pendientes de dirimir sus diferencias ideológicas y de mantenerse en las instituciones a viento y marea, que de solucionar los problemas diarios de los ciudadanos. En estas aguas revueltas son los pescadores más osados los que suelen obtener mayores beneficios y no es descabellado pensar que la cuestión leonesa se haya planteado en estos momentos jugando con esa posibilidad y contando con la utilización partidista que puedan ejercer cada fuerza política en su propio interés, más que en el fortalecimiento del Estado del que las Comunidades Autónomas, no olvidemos, son partes constituyentes.

Es difícil aventurar qué pueda pasar con esta reivindicación leonesa, porque aunque la iniciativa autonómica corresponde a los entes locales: diputaciones y ayuntamientos, son las Cortes Generales quienes tienen reservada la última palabra constitucional y con la actual composición de estas cualquier cosa podría ser ahora mismo posible; y aunque no consiguieran sus legítimas aspiraciones de lograr la segregación autonómica que pretenden, sí que podrían forzar una situación alternativa negociable, con un reparto de las cuotas de poder entre Valladolid y León. Si esta última circunstancia llegara a producirse, casi seguro que provocaría a su vez, una reacción identitaria y en cascada en las siete provincias restantes, lo que nos devolvería a la casilla de salida con la vieja pretensión de Segovia de formar una mancomunidad de provincias, ya intuida en las Bases firmadas en nuestra ciudad en 1919 y cuya negativa, fue el motivo principal para que Segovia decidiera no integrarse en un principio en Castilla y León, cuando en 1979 se inició aquel proceso autonómico. Estaremos expectantes.

lunes, julio 03, 2023

Autonomías a la fuerza: los casos de Segovia y de Almería (Jesús Femtetja, El Adelantado de Segovia lunes 3 junio 2023)

 

https://www.eladelantado.com/ensayo/autonomias-a-la-fuerza-los-casos-de-segovia-y-de-almeria/


Autonomías a la fuerza: los casos de Segovia y de Almería


 Jesús Fuentetaja

La integración de Segovia en la Comunidad de Castilla y León
Se acerca la fecha del día 1 de marzo y con ella la puesta en escena de las efemérides que vendrán a celebrar el 40 aniversario de la Ley Orgánica de aprobación del Estatuto de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, promulgada el 1 de marzo de 1983; así como del apéndice, también en forma de ley orgánica y como morcilla anexionada a la primera, cual fue la de la integración de la provincia de Segovia. Una y otra Ley aparecieron insertas en el BOE del día siguiente.

Si se trata de conmemorar y sin otra pretensión que la de evocar la historia, será ocasión de recordar una vez más, la forma en que se produjo la incorporación de Segovia a la comunidad castellano-leonesa, que lo fue de manera forzosa y contraria a la voluntad de la inmensa mayoría de sus Ayuntamientos, mediante una interpretación cuanto menos controvertida del artículo 144.c) de la Constitución, que permitía a las Cortes Generales sustituir la iniciativa autonómica de las Corporaciones locales, es decir la de las Diputaciones y Ayuntamientos, reconocida a su vez en el artículo 143. En aquellos momentos, fue objeto de disputa doctrinal si podía ser sustituida una iniciativa que ya se había ejercido, aunque en un sentido radicalmente distinto, puesto que de los más de doscientos municipios que forman la provincia de Segovia, únicamente dieciocho se mostraron favorables a la integración en Castilla y León, cuando su Consejo General decidió iniciar el proceso autonómico regional en el mes de octubre de 1979 y que concluiría seis meses después, con un sonado batacazo en Segovia.

Una vez fracasado el proceso autonómico regional, la Diputación año y medio después, iniciaría la vía de la autonomía uniprovincial, esencialmente como reacción a la amenaza ya cumplida para incorporar forzosamente a la provincia a Castilla y León, contenida en el acuerdo del día 31 de julio de 1981 alcanzado entre la UCD y el PSOE, para cerrar el mapa autonómico. Acuerdo, que sería llevado a la práctica por los socialistas, con la mayoría absoluta alcanzada en las elecciones de octubre de 1982, mediante la aprobación de la Ley Orgánica 3/1983 de 1 de marzo, sin dar tiempo a que se cumpliera el plazo de cinco años previsto en el citado artículo 143, para que hubiera podido reiterarse la iniciativa autonómica. Segovia reclamaba tiempo para meditar, para estudiar y para sopesar cuál debía ser la opción que resultara más favorable para sus intereses; y ese tiempo le fue denegado, al amparo de un presunto interés nacional que nunca llegó a ser concretado, al menos en el texto de la Ley.

Porque, en que hubiera afectado que se dejara transcurrir pacíficamente el plazo de cinco años previsto constitucionalmente, de los que ya habían transcurrido tres, para que se hubiese podido volver a reiterar aquella iniciativa y permitir que las nuevas corporaciones locales, surgidas de las elecciones que habrían de celebrarse unos meses después (mayo de 1983), hubieran podido ejercer su derecho a replantearse la cuestión autonómica de la provincia. ¿Hubiera resultado tan seriamente afectado el interés de la nación, en el caso que Segovia permaneciera dos años más en el régimen en el que estaba? ¿Le iba a resultar más gravoso económicamente al Estado? ¿Afectaría a la defensa nacional? ¿A la seguridad ciudadana? ¿Se podrían haber visto afectados los derechos fundamentales de los ciudadanos españoles? En todo caso estos motivos de interés nacional deberían haber quedado expuestos de manera tangible en el texto de la Ley Orgánica que decidió aplicar a Segovia el artículo del cierre del sistema recogido en el artículo 144, para que al menos, el Tribunal Constitucional hubiera tenido la posibilidad de controlar si realmente se podrían considerar aquellos como suficientes para evitar la aplicación de preceptos constitucionales que debieran entenderse de obligado cumplimiento.conocida. El Tribunal Constitucional mediante sentencia del día 8 de noviembre de 1984, declaró ajustada a la Constitución la Ley Orgánica por la que se integró a Segovia en Castilla y León. Y aunque la Audiencia Territorial de Madrid, dictó la suya con fecha 15 de abril de 1985, declarando nulo de pleno derecho el segundo acuerdo del Ayuntamiento de Cuéllar, por el que se había revocado el primero, adoptado a favor del proceso autonómico provincial y, por lo tanto, llegando a cumplirse de facto con los dos requisitos exigidos en el artículo 143 para acceder a la autonomía: superar los dos tercios de los municipios (178) y que estos representaran más del cincuenta por ciento del censo electoral (50,69); esta última resolución judicial llegaría tarde y cuando ya todo estaba decidido. De todos modos hubiera dado lo mismo, porque las Cortes Generales ya habían dado a entender que nunca se iba a reconocer a la provincia de Segovia identidad histórica suficiente, como para permitirla acceder a su autonomía.

La afrenta estaba hecha, porque no se trataba tanto de decidir en qué lugar le correspondía estar a Segovia: si sola, si con Castilla y León, o con Madrid, o incluso rizando el rizo también con Castilla la Mancha; puesto que con todas era limítrofe y con todas compartía características históricas, culturales y económicas comunes y, conforme a la Constitución, con cualquiera de ellas hubiera podido formar comunidad. Como decimos por aquí, no fue tanto el hecho de reclamar el huevo, sino de defender el fuero. Es decir, el derecho de la provincia de Segovia a ser dueña de su propio destino, dentro de los marcos constitucionales fijados y no verse obligada a penetrar en un redil a la fuerza, en el que entraba trasquilada y no iba a salir ya con lana del evento.

La integración de Almería en la Comunidad de Andalucía
Más grave aún que lo de Segovia, fue posiblemente lo que sucedió con la provincia de Almería, puesto que allí no fue la voluntad de las corporaciones locales lo que se dejó a un lado, sino la de los propios ciudadanos llamados a participar en el referéndum que debería haber ratificado la iniciativa autonómica andaluza, conforme a lo previsto en el artículo 151 de la Constitución, que exigía que la misma fuera convalidada por el voto afirmativo de la mayoría absoluta de los electores de cada provincia, lo que no llegó a producirse en la de Almería.

Recordemos que la autonomía andaluza fue dirigida hacia el procedimiento más exigente regulado en el citado artículo 151, después de la polémica surgida con Manuel Clavero Arévalo, ministro de Cultura del Gobierno de Adolfo Suárez, quien llegaría a dimitir de su cargo en la defensa de esta opción para el territorio andaluz. Finalmente, el referéndum fue convocado para el día 28 de febrero de 1980 y el mismo no llegó a prosperar en Almería, donde los votos favorables representaron el 42,07% del total de los emitidos por los electores almerienses, con una abstención cercana al 50%, concretamente el 48,98% del censo electoral de la provincia.

En resumen, no se logró la mayoría absoluta en la provincia de Almería y, en aplicación directa del art. 151 CE y del art. 8.4 de la LO 2/1980, Reguladora de las distintas modalidades de referéndum, el llevado a cabo en Andalucía no quedaba ratificado y no podría repetirse hasta que no transcurrieran cinco años. Es decir, la vía andaluza por el art. 151 de la Constitución debía considerarse fracasada y al igual que debería haber ocurrido con Castilla y León (si bien esta por la del artículo 143), no podría repetirse la iniciativa autonómica hasta que no hubieran transcurrido cinco años.

Ante esta situación, fueron varias las propuestas alternativas que se barajaron: bien, repetir el referéndum únicamente en la provincia de Almería, o bien reconducir el proceso autonómico andaluz por el procedimiento menos rígido del artículo 143, que no precisaba de la celebración de referéndum alguno.

Finalmente, y al igual que ocurriera con la provincia de Segovia, se buscaron soluciones pragmáticas de espaldas al texto constitucional. Los dos partidos mayoritarios, otra vez la UCD y el PSOE, acordaron modificar la Ley Orgánica del referéndum, mediante la LO 12/1980, de 16 de diciembre, añadiendo dos párrafos al artículo 8.4 del siguiente tenor: «Esto no obstante, la iniciativa autonómica prevista en el artículo 151 se entenderá ratificada en las provincias en las que se hubiere obtenido la mayoría de los votos afirmativos previstos en el párrafo anterior, siempre y cuando los votos afirmativos hayan alcanzado la mayoría absoluta del censo de electores en el conjunto del ámbito territorial que pretenda acceder al autogobierno. Previa solicitud de la mayoría de los Diputados y Senadores de la provincia o provincias en las que no se hubiera obtenido la ratificación de la iniciativa, las Cortes Generales, mediante Ley Orgánica, podrán sustituir la iniciativa autonómica prevista en el artículo 151 siempre que concurran los requisitos previstos en el párrafo anterior.»

Es decir, legislación “ad hoc” para resolver la cuestión almeriense. Y para que no quedara duda alguna de ello, la Disposición Transitoria de la Ley Orgánica, de 16 de diciembre, por la que se modificaba el párrafo anterior de la que regulaba las distintas modalidades de referéndum, estableció la aplicación retroactiva de esta modificación: “a los referéndum de ratificación de la iniciativa autonómica celebrados con anterioridad a su entrada en vigor y desde la vigencia de la Constitución.»

Finalmente el círculo se cierra con la promulgación de una nueva Ley Orgánica, la 13/1980, de la misma fecha que la anterior, es decir de 16 de diciembre, de sustitución en la provincia de Almería de la iniciativa autonómica, con un artículo único que disponía lo siguiente: “Habiéndose producido la solicitud de los Diputados y Senadores de la provincia de Almería, a la que alude la Ley Orgánica sobre la regulación de las distintas modalidades de referéndum, las Cortes Generales, por los motivos de interés nacional a los que se refiere el título VIII de la Constitución, declaran sustituida en esta provincia la iniciativa autonómica con objeto de que se incorpore al proceso autonómico de las otras provincias andaluzas por el procedimiento del artículo ciento cincuenta y uno de la Constitución.”
Ambas leyes orgánicas, la de modificación del referéndum y la de sustitución de la iniciativa autonómica en la provincia de Almería, curiosamente se publicaron el mismo día en el Boletín Oficial del Estado, el de la Nochebuena de 1980. Y ni tan siquiera se guardaron las formas mínimas exigidas en derecho, puesto que no se quiso esperar a que la primera entrará en vigor (conforme a lo establecido en su Disposición Final, no debería haberse producido su vigencia hasta al día siguiente al de su publicación en el BOE). Y sin estar vigente la ley habilitante, la segunda de las leyes, publicada en el mismo día, parte del hecho que ya se había producido la solicitud de los parlamentarios almerienses, prevista en una norma todavía no efectiva. ¿En qué momento entre una y otra ley llegaron a formalizar estos su solicitud?

Ah, y como en el caso de Segovia, los motivos de interés nacional que justificaron la promulgación de la segunda ley orgánica, tampoco resultaron explícitos en el texto de la misma. ¿Cuáles eran estos, para que no se cumplieran las determinaciones del artículo 151, en el caso de Almería y las del 143 en el de Segovia?

Así quedó suplantada la voluntad popular de los almerienses expresada en las urnas, con la utilización de métodos legislativos ciertamente chapuceros, por lo que no resulta extraño que cuarenta y dos años después de aquellos hechos, el 68% de los almerienses piense que Almería tiene una identidad diferente a la de Andalucía, y que un 60% estaría a favor de la creación de un partido que represente y defienda a la provincia en las instituciones andaluzas, según los datos recogidos por la entrevistadora GAD3 y que aparecieron publicados en el Diario de Almería del día 25 de febrero de 2022. Desconozco si en Segovia se han llegado a realizar encuestas de este tipo.

miércoles, marzo 01, 2023

sábado, febrero 20, 2021

“Segovia fue hacia la uniprovincialidad en legítima defensa” (Jesús Fuentetaja)

 

“Segovia fue hacia la uniprovincialidad en legítima defensa”

 Entrevista a Jesús Fuentetaja Sanz, Jurista, investigador histórico y autor del libro ‘La Utopía de Segovia’

Marcelo Galindo -31 enero, 2021 - El Adelantado de Segovia.



Jesús Fuentetaja ante la estatua del comunero Juan Bravo. / N. Llorente

Aunando sus dos pasiones, la jurídica y la histórica, Jesús Fuentetaja Sanz ha puesto negro sobre blanco a uno de los momentos cruciales en la historia de Segovia, que fue el frustrado intento de conseguir la autonomía uniprovincial.

‘La utopía de Segovia’ es el libro que plasma el relato histórico escrito por un testigo presencial que vivió en primera persona el devenir de los acontecimientos que, en plena eclosión del sistema autonómico actualmente en vigor, estuvieron a punto de unir a la provincia en el mismo destino que otras como Santander, La Rioja o Murcia, pero los avatares y presiones políticas de la época frustraron este intento.

Editado por Librería Cervantes, el libro reúne datos, documentos e informes que desvelan las claves de aquellos hechos que ya forman parte de la historia de la provincia.

— Se ha escrito mucho sobre esta aventura uniprovincial que usted llama la “utopía de Segovia”. ¿Qué aporta este libro al conocimiento de este hecho?

­— Sobre todo, lo que creo es que aporta información y un enfoque distinto al que se ha venido manteniendo hasta ahora. Porque los enfoques historicistas que se han hecho hasta el momento han sido basándose en las consecuencias de un proceso que muere con la declaración de autonomía, pero que viene de atrás.

Así, se han centrado en el hecho de por qué Segovia iba hacia la uniprovincialidad y la conclusión es que se encaminaba a un sitio a donde no se podía ir y que cuatro pelagatos como los segovianos pretendían ser algo distinto a lo que deberían ser, y han venido a decirnos lo equivocados que estábamos. El análisis académico y doctrinal ha sido ajeno a nosotros por personas que proceden del otro lado del Duero, y yo quiero aportar una visión desde dentro, de alguien que lo vivió asépticamente, porque en ese momento era un administrativo de la Diputación que por mi mano pasaron todos los documentos que tramitamos, y archivamos.

Ahora estamos donde estamos, no podemos salir de ello, pero tenemos derecho a conocer la historia y a contar la historia de porqué estamos aquí, basada en hechos reales, ciertos y contrastados.

En el libro cuento una anécdota sobre el acta del pleno de la diputación del 31 de julio de 1981 que acordó el inicio del proceso autonómico. En esa época las vacaciones de agosto en los funcionarios eran sagradas porque no había ‘moscosos’, y el secretario de la Diputación no contaba con el acta transcrita de las intervenciones del pleno, y hasta que no las transcribimos con un magnetófono de ocho pistas del que yo era encargado, no podía irse, pero se fue unos días después. El presidente de la Diputación preguntó por el acta y le dijimos que estaba sin terminar por las vacaciones del secretario y ordenó que nos trasladáramos a Pontevedra con un conductor en un largo viaje de varias horas en un ‘Supermirafiori’ hasta su lugar de descanso un viernes por la tarde, con el consiguiente enfado del secretario, que tuvo que validar el acta del pleno porque el lunes quería trasladarlo a los ayuntamientos, y quería tramitarlo cuanto antes para que no pasara el plazo de seis meses.

Cuento esto porque es un proceso en el que me comprometí personalmente por mi trabajo, y por ello poseo información básica, y siempre he tenido presente que tenía que hacer algo con esto, por mi formación jurídica e histórica. Llegué a pensar en hacer una tesis doctoral, pero este libro me ha dejado tranquilo porque he cumplido con algo que llevaba años pendiente.

— En el caso de Segovia, el inicio del proceso autonómico ¿fue una decisión provinciana o provincialista?

­— Yo creo que fue una decisión provincialista. Uno de los objetivos era potenciar los municipios y las diputaciones. El abandono de los parlamentarios de UCD del Consejo General de Castilla y León se interpretó como una salida de pata de banco o una pataleta porque nadie salió a recibirlos en Burgos, pero lo cierto es que se hizo a una hora tardía y con retraso. Las relaciones venían desgastadas porque UCD en una asamblea general acuerda la aprobación de unos requisitos para participar en el proceso autonómico, que eran el respeto a la autonomía de los municipios, la potenciación de las diputaciones y el respeto a las comunidades de villa y tierra con principios de igualdad en la representación y solidaridad interterritorial entre las provincia. Con ello, estaban proyectando las bases de Segovia provincial, que ya pretendía una mancomunidad de diputaciones en 1919, que no era muy desencaminado con el informe de los expertos, aunque finalmente dan otras instrucciones que para nada se cumplieron.

La junta ha tratado muy mal a Segovia en este tiempo, la fidelidad de Segovia no ha sido correspondida por los gobiernos regionales a lo largo de la historia de la Comunidad

— Pero daba la impresión que Segovia remaba contracorriente en un proceso de eclosión del estado autonómico y como algo negativo.

­— Y así era. Así sucede cuando te opones a quienes quieren imponer una decisión que no respeta la voluntad de adonde queremos ir. Segovia siempre ha sido parte de Castilla y la castellanía de Segovia no se ha puesto en duda en ningún momento, pero la Castilla histórica que estaba integrada en el Estado de las autonomías queda rota por todos los lados, y sus trozos se desperdigan hacia el norte: Santander y Logroño se van, Madrid queda solo, y eso rompe muchos esquemas que llevan a preguntarse por qué nosotros nos dejamos llevar a un sitio en donde no sabemos si queremos o no queremos estar, y teníamos la duda razonable de cual era la mejor opción para asociarnos.

De hecho, los acuerdos de la Diputación no era el de ir solos, porque el desarrollo autonómico era incipiente y muy distinto al actual modelo, y lo que pedíamos era tener transferencias y poder hacer pactos y acuerdos de colaboración, mantener una independencia para decidir, y después asociarte, pero nunca quedar solo. Así, Modesto Fraile, al defender la ley de integración dijo: “no hemos estado defendiendo la uniprovincialidad, que fue un paraguas que se puso para evitar que pactos políticos llevaran a Segovia donde la constitución prohibía que fuera”.

Finalmente no salió porque el Ayuntamiento de Segovia y su alcalde López Arranz se pasó al otro lado. En marzo de 1980 adopta el acuerdo de abstenerse de participar en este proceso, y un año después cuando la Diputación iba a iniciar el proceso autonómico, hubo un pleno municipal con una moción socialista para pedir a las Cortes de Castilla y León la integración de Segovia al amparo del 144, y López Arranz con otros tres concejales votaron a favor de ello, por lo que el acuerdo de la Diputación nacía muerto.

Fue una puñalada de pícaro o una puñalada trapera. El PSOE tenía una estrategia de partido y cumplía las instrucciones a rajatabla, y en UCD, antes de parlamentarios de partido eran parlamentarios de su tierra, y el propio Modesto Fraile se jugó su carrera política.

La estrategia del PSOE era presentar mociones en los grandes ayuntamientos para evitar la mayoría de los ayuntamientos y del censo. A Cuéllar se le puso entre la espada y la pared, lo que provocó una reacción entre los vecinos que no querían romper lazos con Valladolid, la izquierda se organizó un acto días previos en el cine la Muralla de apoyo a la integración, con la participación del Mester. Y hubo un revuelo tremendo que obligó al alcalde a retractarse de su decisión, y finalmente dio marcha atrás.

— De este modo, la lucha por la uniprovincialidad ¿fue una causa o una consecuencia?

­— El proceso autonómico uniprovincial fue una consecuencia; a la uniprovincialidad se fue en defensa propia, en legítima defensa. Cuando se confirmó el informe de los expertos en 1981, que eran excelentes administrativistas, decidieron que el proceso autonómico no se podía parar, no había tiempo para meditar, y que pasaba de ser voluntario a ser obligatorio y que el que no se hubiese incorporado tenía que entrar por la fuerza.

Y cuando se inició el proceso autonómico, Segovia dijo ‘quietos y a esperar’, porque no sabíamos que nos interesaba más, si estar en Castilla y León, con Madrid o solos respetando nuestra identidad; el 143 daba cinco años para poder madurar esta decisión.

Después, el pacto UCD-PSOE determinó que Segovia tenía que integrarse a Castilla y León porque sí, y la UCD, a excepción de los oficialistas, dice que a la fuerza no, y por ello decidieron iniciar el proceso uniprovincial.

Segovia demandaba tiempo para pensar, no tenía claro si tenía que ir con Castilla y León o con Madrid. En 1976 hay un precedente con la creación de la comisión interadministrativa para la creación de una entidad económica y no política en torno a la región centro que incluía Madrid, Toledo, Ciudad Real, Cuenca, Guadalajara, Ávila y Segovia con el fin de que los beneficios económicos de Madrid se expandieran en estas provincias, mientras que estas provincias aportan territorio; pero se quedó en agua de borrajas pero la gente en Segovia se quedó con ello.

Por razones históricas, hasta 1833 un tercio de la provincia de Madrid era de Segovia. Muchos ayuntamientos pertenecen ahora a la Comunidad de Villa y Tierra de Segovia, y lo llevan en su escudo, y en el escudo de la antigua provincia de Madrid está el acueducto de Segovia. El mercado segoviano va a vender sus productos a Madrid; las empresas y los empresarios tienen relaciones con en Madrid.

Es importante saber dónde está el cambio de ritmo en este proceso, y es el 23-F el que cambia el paso. Con ocasión del Golpe de Estado, para intentar calmar a los militares se les dijo que el proceso autonómico no iba a separar a las regiones sino que íbamos a pasar de un estado centralista a uno autonómico, y en ese sentido era café para todos. Lo que antes era un derecho se convierte en un deber por el interés nacional subyacente para garantizar que España no se va a romper.

Por ello, el tiempo de Segovia para reflexionar se terminó, y no pasó nada distinto a otras provincias como Almería, donde se inventaron una ley que sustituía la voluntad popular por lo que decidieran sus representantes.

El comportamiento de la Junta con Segovia se asemeja mucho al que tuvo Carlos V con los nobles comuneros que apoyaron a Juan Bravo

— Segovia nunca ha sido bien tratada por los gobiernos regionales en su historia. ¿Se nos pasa factura por este conflicto?

­— Es posible. Yo a mis allegados les digo que el comportamiento de la Junta con Segovia se asemeja mucho al que tuvo Carlos V con los nobles comuneros que apoyaron a Juan Bravo, que no solo les quitó sus haciendas, sino que desmochó sus escudos de armas, dejando su marca.

La Junta ha tratado muy mal a Segovia en este tiempo, la fidelidad de Segovia no ha sido correspondida por los gobiernos regionales a lo largo de la historia de la comunidad.

En Burgos está la sede del TSJ, en León la del Procurador del Común y el Museo de Arte Moderno, en Palencia el Consejo de Cuentas, en Zamora el Consejo Consultivo y el Museo Etnográfico, en Salamanca está la filmoteca y en Segovia no hay ninguna, solo el centro ecuestre; no sé con qué sentido si para enseñarnos a ser jinetes o a ser montura.

¿Cómo nos hubiera ido a Segovia siendo uniprovincial? Yo tengo una formación jurídica e histórica, pero no tengo vocación de ser adivino, no lo sé, pero lo que sí que sabemos es cómo estamos ahora, cada segoviano debe pronunciarse si se considera bien tratado por la Junta.

Han venido muy poquitas cosas a Segovia e incluso instalaciones y edificios de la Junta que les llegaron del paquete de transferencias del Ministero de Cultura se han negado a Segovia.

— En la actualidad, hay partidos regionalistas o provinciales que tienen representación parlamentaria o incluso responsabilidades de Gobierno en sus regiones. ¿Esto sería posible en Segovia? ¿De qué dependería su éxito?

­— Si lo hacen ahora y lo abanderan con proyectos como un segundo hospital o la radioterapia, no lo sé… no soy adivino, teniendo en cuenta los precedentes de dónde venimos y lo que nos está pasando. En Segovia nos dio fama la lana de las ovejas merinas, pero ahora los segovianos nos estamos comportando como borregos, vamos a donde nos llevan y con muy poca respuesta ciudadana, agachamos la cabeza.

La partitocracia parece que se ha roto para bien o para mal, pero no sé si habría mercado para todos. No creo que fuera una fuerza dominante pero podría tomar decisiones contando con ellos, como en el actual gobierno estatal. Una fuerza política seria, que no quiera vivir de la política, podría ser posible en un primer momento, pero entrarían en la dinámica de cualquier partido, me temo.

Castilla y León es una región basada en un hecho geográfico que es la cuenca del Duero, de Valladolid, que está en el centro, necesita que en su seno aflore un poder político que atraiga el económico y precisa de un amplio territorio donde ejercer el primero para administrar el segundo. Creo que no hay sentimiento regional castellanoleonés, o te siente castellano o leonés, y eso es un poco lo que está forzado desde Valladolid

jueves, febrero 04, 2021

LA UTOPÍA DE SEGOVIA (Jesús Fuentetaja)

 

Buenas noches amigos.

 

Os informo que desde el pasado jueves día 21 de enero ya está a la venta el libro en la librería Cervantes de Segovia, que es quien ha editado la obra.

 

Si alguno estáis interesado en adquirirle y no queréis esperar a que nos podamos reunir, la librería tiene venta por internet en el siguiente enlace: https://libreria-cervantes.com/

 

Me parece que os dije que el libro tiene una extensión de 541 páginas y su precio en librería es de 20 euros.

 

Saludos cordiales.

 

Jesús F.