EL ENGENDRO DE “CASTILLA Y LEÓN”
El conglomerado que llaman «Castilla y León» es, obviamente, una mera invención tecnocrática, que no responde más que a motivaciones e intereses políticos.
«Castilla y León» es un híbrido extraño en el que «Castilla» es lo que cuenta y León queda reducido a un papel subalterno y residual. Se entiende la falsa Castilla, la «grande e imperial, que subyace en esta concepción -teorizada en la elucubración totalitaria de Onésimo Redondo-, y que implica la anulación de la identidad leonesa. Hecho lamentable, atendida la relevancia de la personalidad histórica y cultural del reino de León o País leonés y su muy destacada significación en el conjunto de los pueblos de España.
Los partidarios de este artificio, para nombrar a la pretendida región hablan indistintamente de Castilla y León o de Castilla, nunca de León. Para ellos se trata de una hipóstasis «castellana»; usan, increíblemente, la dualidad «Castilla y León» como sujeto singular, y han llegado a inventar la entelequia de «lo castellano-leonés»: el pueblo castellano-leonés, la cultura castellano-leonesa. Para ellos ya no hay castellanos o leoneses, netos y claros, cada uno en su propia identidad, sino sólo esa miscelánea de «castellano-leoneses». Nos preguntamos: ¿es posible, para un hombre de León o Zamora, de Burgos o Soria, ser y sentirse castellano-leonés?
Su argumento consiste en que, desde el siglo xIII, Castilla, y León están unidos, mezclados y confundidos en una sola entidad histórica, ya homogénea, y que no hay dos regiones diferentes, sino una sola, que coincide con la cuenca del Duero. (No tienen empacho alguno en excluir de Castilla, sin contemplaciones, a tierras o provincias tan esencialmente castellanas como las de Santander y Logroño.)
Parece claro que no es así. Tradicionalmente, a efectos culturales, administrativos, oficiales, etc., se ha reconocido siempre como un hecho natural la existencia de las dos regiones, hasta que arbitrariamente, en nuestros días, las han fusionado los partidarios de esta «duerolandia», centrada en Valladolid. (Territorio, por otra parte, desde el punto de vista práctico o político, demasiado extenso y heterogéneo para permitir una administración autónoma eficaz.)
León y Castilla no pueden confundirse o identificarse con la Corona o Estado de ese nombre. Solamente son partes, regiones, países o reinos de esa Corona; juntamente con otros: Galicia, Asturias, Extremadura, Toledo-Mancha, Andalucía, Murcia, etc. Todavía en los siglos xIv y xv -reconoce Valdeón--, el reino de Castilla «estaba integrado por un mosaico heterogéneo de regiones, cada una de las cuales presentaba sus propios rasgos no sólo desde el punto de vista físico, sino también en cuanto a los aspectos económicos, sociales y culturales. En la meseta norte había profundos contrastes entre León y Castilla la Vieja, sin olvidar las peculiaridades del territorio comprendido entre el Duero y el Sistema Central, zona caracterizada por la repoblación concejil y el peso decisivo de la orientación ganadera».
Además, León y Castilla, no son tampoco identificables entre sí, sino que, aun formando parte integrante y destacada de una misma Corona y Estado, conservaron su propia y respectiva individualidad.
Como señalan certeramente Carretero Jiménez y el inolvidable maestro Bosch-Gimpera, la unión definitiva de las coronas de León y Castilla, producida en 1230 bajo Fernando III, no implicó la fusión de sus diversos pueblos ni la uniformación de sus leyes e instituciones. El Fuero Juzgo, profundamente romanizado, continuó siendo la legislación fundamental en los países de la corona de León, mientras que Castilla -en tanto pudo mantener sus identidades peculiares frente al creciente unitarismo regio- conservó sus derechos forales, usos y costumbres, es decir la tradición jurídica de la tierra, de honda raíz germánica. Las Cortes de ambos reinos se reunieron y legislaron de modo separado para cada uno de ellos; en todo caso hasta comienzos del siglo xIv, y frecuentemente después. Entonces, cuando se convocaron Cortes generales, éstas no eran ya específicamente las de los prístinos reinos de León y Castilla, sino conjuntamente las de todos los territorios pertenecientes a la Corona.
Notable, a este respecto de la diferenciación institucional de León y Castilla después de su unión política, es el hecho de las Hermandades. En 1282, para apoyar la rebelión del infante don Sancho contra Alfonso X y propugnar la derogación de la nueva legislación alfonsina, reivindicando los fueros, privilegios, cartas, usos y costumbres que tenían los pueblos en tiempos de Alfonso VIII y Fernando III, se formó la «Hermandad de los concejos de los reinos de León y Galicia» y, separadamente, la «Hermandad de los concejos del reino de Castilla». A la muerte de Sancho IV, en 1295, para protestar de los agravios que habían recibido de los monarcas y reclamar sus fueros, nuevamente se formó una Hermandad de los concejos del reino de Castilla, que redactó sus capítulos en Burgos el 6 de junio de este año, y el 12 del mismo mes, reunidos en Valladolid los procuradores de los concejos leoneses, asturianos y gallegos, sellaron la carta de Hermandad de los reinos de León y de Galicia. La Hermandad de Castilla reconoce como cabeza a la ciudad de Burgos, donde quedaron depositados el sello y el original de la carta y donde se celebraría la reunión anual de los personeros, y, del mismo modo, la Hermandad de León reconoce como su cabeza. y sede al concejo de León. El mismo sistema rige en los ordenamientos de las Hermandades del siglo xIv (Cortes de Burgos 1315, Carrión 1317, etc.).
En varias reuniones de Cortes, por ejemplo las de Burgos, 7 de febrero de 1367, reinando Enrique II, se pide y acuerda que los alcaldes que se pusiesen en tierras de Castilla fuesen del reino de Castilla, y en tierras de León que fuesen del reino de León, y para mejor guardar y mantener los fueros de las ciudades, villas y lugares, se instituye el Consejo Real, constituido por doce hombres buenos: dos del reino de Castilla, otros dos del de León, otros dos de Galicia, otros dos del reino de Toledo, otros dos de las Extremaduras y otros dos de Andalucía.
El reconocimiento oficial de la existencia de las dos regiones de León y de Castilla -,ésta subdividida en Castilla la Vieja y Castilla la Nueva-- es una constantede la tradición legal española, hasta la caprichosa invención del «ente castellano-leonés» en nuestros días.
Por citar un ejemplo significativo, recordemos la composición del Tribunal de Garantías Constitucionales de la segunda República española. Como es sabido, los artículos 121, 122, 123 y 124 de la Constitución de 1931 establecieron ese Tribunal con jurisdicción en todo el territorio de la República, para conocer, entre otras materias de su competencia, del recursos de inconstitucionalidad de las leyes, y del que formaría parte «un representante por cada una de las regiones españolas, elegido en la forma que determine la ley».
La Ley de 14 de junio de 1933, que regula la estructura y funcionamiento del Tribunal, determina en su artículo 10 que cada región autónoma, una vez aprobado su estatuto, tendrá derecho a nombrar un vocal que la represente en el Tribunal de Garantías, y en su artículo 11 establece que para la representación de las regiones no autónomas se considerarán como regiones las' siguientes: Andalucía, Aragón, Asturias, Canarias, Castilla la Nueva, Castilla la Vieja, Extremadura, Galicia, León, Murcia, Navarra, Vascongadas y Valencia. Cada una de estas regiones designará un representante que será elegido por los concejales de todos los Ayuntamientos.
Como se advierte, para los legisladores de la segunda República española, a nivel de la organización constitucional de España, León y Castilla sí que eran dos regiones diferentes, cada una de ellas con su propia personalidad político-administrativa.
(Memorial de Castilla, Manuel González Herrero, Segovia 1983.pp 35-39)
Caray, interesante el artículo. No me esperaba encontrar además este blog. Desgraciadamente la actual CCAA está configurada así y poco podemos hacer. Un saludo para los que aún luchan por la verdad. Mi blog:
ResponderEliminarhttp://valhalex.blogspot.es
Castilla y León disolucuón ya!!!
ResponderEliminarRegalaibus collaciu.