viernes, marzo 27, 2009

La reforma del estatuto y la recuperación de León y de Castilla


Ante la manifiesta artificiosidad y debilidad de la comunidad autónoma de «Castilla y León», de vez en cuando se alza alguna voz, interesada en su sostenimiento, para intentar alguna fórma de justificación racional, teórica o política del ente. Estos días se ha podido leer, en escrito publicado en algunos medios de comunicación, comenzando por el diario de Valladolid, que «la configuración territorial de Castilla y León como comunidad autónoma está cerrada, ya que ni es de sentido común crear mayores divisiones en España, con la separación de alguna de sus provincias, ni resulta posible la reforma del estatuto de autonomía»; y que esta comunidad tiene la peculiaridad de «convivir en ella dos regiones que, aun siendo bien diferentes, se han unido en un proyecto común de futuro».

Razón tiene esa opinión de que León y Castilla son, en efecto, dos regiones históricas, dos pueblos bien caracterizados y diferenciados en el conjunto español. Pero yerra, lamentablemente, cuando afirma, contra toda evidencia, que estos dos pueblos se han unido para desarrollar una empresa autonómica común.

Unidos están, desde luego, y fraternalmente, como con todos los demás pueblosde España, en el gran proyecto nacional español, el de España, nuestra patria común. Pero en la organización del Estado en comunidades autónomas no se han unido libremente, no se ha contado con el sentir de los pueblos interesados, sino que se les ha incluido arbitrariamente, y en el caso al menos de dos provincias, las de León y Segovia, contra su declarada voluntad, en esa amalgama castellano-leonesa, incómoda y perjudicial.

Como se proclamó en la Declaración de Burgos, suscrita por las entidades regíonalistas de las provincias de León y de Castilla, la comunidad «castellano-leonesa», como la «castellano-manchega», son entes ficticios, híbridos inventados por el centralismo político dominante, que mezclan y confunden dos regiones históricas tan significativas como León y Castilla, con loque se tiende a disolver la identidad de uno y otro pueblo, se dificulta el despertar de su respectiva conciencia regional y, por supuesto, se les niega el derecho a la autonomía que a las nacionalidades y regiones garantiza el artículo 2º de la Constitución española.

Al tiempo, se configura como espacio de esta entidad político-administrativa un territorio tan extenso y heterogéneo que, por la propia naturaleza de las cosas, ni puede dar lugar aun sentimiento comunitario ya una vida verdaderamente autonómica de las colectividades humanas que abarca, ni cabe que funcione en la práctica con la eficacia y fluidez a que precisamente aspira todo sistema autonómico. El ente se convierte en un armatoste desmesurado, centralista, pesado, sumamente costoso y descaradamente ineficaz.

Esta situación, en extremo perjudicial para las provincias leonesas y castellanas, no es irreversible o irremediable. El mapa autonómico no está cerrado. Entre otras razones porque, diga lo que diga cierta clase politica, León y Castilla siguen existiendo:

¡vaya si existen! desmemoriados, las leyes se derogan por otras leyes posteriores, y nada hay definitivo en el mundo de las normas, ni siquiera aquellos principios que tan enfáticamente se proclaman permanentes e inalterables. En suma, ni todo está «atado y bien atado» ni el mapa para los leoneses y los castellanos, está para siempre cerrado. por supuesto, legalmente. El Estatuto de Castilla y León, en su artículo 43, contempla la posibilidad de su propia reforma. Se puede, y creemos que se debe, reformar el artículo 2, que define el ámbito territorial del ente. Están legitimadas para ello las Cortes «castellano-leonesas», y lo harán sin duda, bien las actuales o las venideras, cuando los parlamentarios tengan la sensibilidad popular necesaria.

El horizonte ideal no es que se separen cíertas provincias del ente, como Segovia o León o Burgos; sino el reconocímiento de su carácter dual -León y Castilla, dos regiones histórícas, dos pueblos- y su institucionalizacíón autonómica.

En estos momentos, la vigorosa contestación de la provincia de León y la firmísima posición jurídica de la de Segovia -que después de la reciente sentencia dictada por la jurisdicción contencioso-administrativa, que se comenta en otro lugar de este mismo número mantiene legalmente abíerta la vía de su propio proceso au-tonómico- ,determinan una situación sumamente fluida, en el contexto de general desapego y disconformidad hacia el ente, que necesariamente ha de conducir a la reconsideración del Estatuto y del propio ente, en el sentido en el que venimos propugnando.


Informativo Castilla nº26. Julio 1985

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